https://doi.org/10.35381/s.v.v8i15.3248

 

El bioderecho en las Ciencias de la Salud

 

El bioderecho, es una forma de trabajo que promueve un accionar interdisciplinaria entre las ciencias jurídicas (derecho), la ética, las ciencias de la vida y salud (biología, medicina, genética y psicología, entre otras), con la finalidad de que el derecho sea capaz de llegar a la práctica con una convivencia social pacífica y aceptable, para que se pueda trabajar las tres ramas y, en ese sentido se pueda conjuntamente dar respuestas con fundamentos científicos y con una alta carga valorativa, ética y legal.

Un concepto que nació en la década de los setentas, como una fórmula para reaccionar ante algunos acontecimientos trascendentales que se suscitaron y fueron mediáticos en aquella época, constituyéndose en una forma de afrontar la búsqueda de soluciones a los conflictos por medio de los planteamientos éticos, con el aval de la ciencia y bajo el marco de un derecho cercano a la sociedad cuyo referente final radica en el imperativo sustentado por los Derechos Humanos. El concepto de bioderecho, se trata entonces de la respuesta jurídica a los avances científicos y tecnológicos de los últimos años y la necesidad de regulación de las situaciones nuevas, por ejemplo: la referente a cuestiones biológicas vegetales, animales o humanas, y tiene en muchos casos una perspectiva más salud-comercial, relacionada con la biotecnología y las patentes que se producen en este campo. Dentro de este marco Parra (2006) define;

 

El papel del derecho es abordar los temas bioéticos y los nuevos conceptos jurídicos, como el de persona, que están en plena reelaboración, con el ánimo de trazar los lineamientos para que exista compatibilidad entre los avances biomédicos y el reconocimiento y el respeto por la humanidad como portadora de la herencia genética y de los valores que se deben asegurar y respetar (Parra, 2006, 52).

 

 

 

Aunque, para algunos es un tema desconocido, la visión del bioderecho estudia el marco jurídico vinculado en lo social, la filosofía, política, antropología y otras, para saber el aspecto ético normativo de las diferentes disciplinas que aborda las ciencias de la vida. Dentro de este marco, la importancia de discutir y establecer documentos reguladores que prevén la forma de efectuar la prácticas e investigaciones, como la relación médico – paciente, partiendo de nuevos métodos o tratamientos.

Sobre las bases expuestas, el Derecho, la ética, las ciencias de la vida y salud se unifican para iniciar una nueva disciplina jurídica, para dar respuesta jurídica a los problemas que plantea la bioética, en este orden la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, expresa que estas regulaciones deben estar fundadas en los valores universales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad y la solidaridad, y debe basarse en los principios de la democracia y del Estado de Derecho, creando un espacio de justicia, libertad y seguridad, al situar a la persona humana en el centro de toda actuación, con el respeto a la vida como valor supremo.

Los campos de acción del bioderecho son muchos y resulta de suma importancia en virtud, de la vinculación al estudio al ser humano, formando parte de salvaguarda y proteger el equilibrio de los sistemas naturales, la protección de la materia viva en su estado natural y sus hábitats en la intervención en la misma, manteniendo la seguridad de la investigación hasta la distribución con fines comerciales. Por ende, la importancia de conectar el derecho con la ciencia de la salud es, una relación para la protección que se caracteriza por su autonomía en la terminología y lo conceptual donde se identifica el objeto de los contenidos clínicos de la medicina, incluyendo los aspectos y aportaciones de la biología humana.

Por último, es conveniente anotar, que se evidencia los vacíos normativos en algunos Estados dejando al margen un tema que requiere de construcción legal para ser reconocido como una disciplina efectivamente autónoma donde se pueda desarrollar una dogmática propia, con principios, objeto y metodología propia, en ese orden, se puede acentuar que a reconocer el bioderecho, como una rama autónoma no es con la finalidad de limitar los espacios de discusión más bien, es proponer la construcción defendiendo la permanencia de la dialéctica entre derecho y bioética, por ello no es limitar el estudio del derecho a las cuestiones de la vida y de la existencia humana, sino de establecer un debate jurídico sobre las repercusiones jurídicas de las cuestiones bioéticas.

 

 

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

 

Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea”, disponible en http://www.europarl.europa.eu/charter/pdf/text_es.pdf, fecha de consulta: 18/02/2024.

 

Parra, I. (2006). Consideraciones biojurídica sobre la vida en el embrión humano.

 

Schaefer Rivabem,  Fernanda (2017) . Bioderecho: ¿una disciplina autónoma? Disponible en: https://www.scielo.br/j/bioet. Fecha de consulta: 18 de febrero de 2024.

 

 

 

 

Carmen-del-Valle Sánchez-Zavala

sanchezzavala1973@gmail.com

Universidad Bolivariana de Venezuela, Punto Fijo, Falcón

Venezuela

https://orcid.org/0009-0007-4685-5396