http://dx.doi.org/10.35381/r.k.v4i2.471
Estrategias de Planeación Tributaria en el Sector Automotriz del Ecuador
Tax planning strategies in the automotive sector of Ecuador
Edwyn Williams Marín Tapia
Universidad Católica de Cuenca, Cuenca
Ecuador
https://orcid.org/0000-0003-4144-5359
Cecilia Ivonne Narváez Zurita
Universidad Católica de Cuenca, Cuenca
Ecuador:
https://orcid.org/0000-0002-7437-9880
Juan Carlos Erazo Álvarez
Universidad Católica de Cuenca, Cuenca
Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-6480-2270
Maribel del Carmen Machuca Contreras
j maribel.machuca05@ucacue.edu.ec
Universidad Católica de Cuenca, Cuenca
Ecuador:
https://orcid.org/0000-0001-5576-6394
Recibido: 1 de septiembre de 2019
Aprobado: 30 de septiembre de 2019
RESUMEN
La presente investigación tiene como Unidad de análisis a la empresa F1 Autos Cía. Ltda., perteneciente al sector automotriz, dedicado a la intermediación de vehículos usados. El estudio se efectuó con la finalidad de formular estrategias tributarias basadas en hechos prácticos y reales que se desprenden de las operaciones empresariales; mediante una investigación multimetódica; no experimental; con enfoque de corte transversal y descriptivo; así mismo, mediante el uso la entrevista, encuesta y la revisión documental, se recabó información fiscal, se analizó los estados financieros y declaraciones tributarias; con esto se obtuvo los hallazgos que fueron contrastados con la normativa tributaria y leyes especiales, a fin de poder determinar el cumplimiento del contribuyente, con énfasis en las deducciones, exenciones, ingresos y gastos, concluyendo que el contribuyente puede planificar sus obligaciones tributarias, beneficiándose de manera legal, disminuyendo la carga impositiva, controlando los riesgos fiscales, sociales, laborales y penales.
Descriptores: Impuesto a la renta; Planeación tributaria; Base imponible; Exenciones; Deducciones.
ABSTRACT
The present investigation has as an Analysis Unit the company F1 Autos Cía. Ltda, Belonging to the automotive sector, dedicated to the intermediation of used vehicles. The study was carried out with the purpose of formulating tax strategies based on practical and real facts that arise from business operations; through a multimethodic investigation; non experimental; with cross-sectional and descriptive approach; Likewise, through the use of the interview, survey and documentary review, tax information was collected, financial statements and tax returns were analyzed; With this, the findings that were contrasted with the tax regulations and special laws were obtained, in order to determine the taxpayer's compliance, with emphasis on deductions, exemptions, income and expenses, concluding that the taxpayer can plan their tax obligations, benefiting legally, reducing the tax burden, controlling fiscal, social, labor and criminal risks.
Descriptors: Income tax; Tax planning; Tax base; Exemptions; Deductions.
INTRODUCCIÓN
La planificación tributaria como una herramienta legal ha sido aprovechada técnicamente por los distintos sectores de la economía, como una forma de cumplir con las obligaciones tributarias, considerando la vigencia y aplicación de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno (LRTI) y su Reglamento (RALRTI).
El conocimiento de la planeación tributaria y sus beneficios, permitirá a los empresarios, inversionistas estar un paso adelante en relación con los que la desconocen, debido a que esto les permitirá prever sus obligaciones, conociendo con antelación el impacto positivo que provocará en la estructura económica y financiera de su organización, adoptando e implementando políticas tributarias, utilizando las vías legales correctas e interpretando éticamente la norma jurídica.
La apropiada interpretación y aplicación de la norma permitirá cumplir con las declaraciones tributarias oportunamente, con veracidad y confiabilidad, aplicando los beneficios tributarios e incentivos; evitando la realización de planificaciones viciadas, que traería inconvenientes futuros de las firmas ante la autoridad rectora tributaria.
Una estrategia apropiada impedirá imposiciones y sanciones económicas, mismas que pueden ser evitadas mediante un manejo adecuado de las estrategias tributarias a fin de reducir la carga fiscal o difiriéndola (Martínez Prats, 2019), y por tanto, incrementado el ahorro, utilidades y declaración más justa de los impuestos.
Estrategias de planeación tributaria en el sector automotriz del Ecuador
La palabra estrategia proviene de dos términos griegos strategos que significa jefes del ejército y stratego que quiere decir planificar la destrucción eficientemente (Rojas y Medina, 2012). En terminos tributarios, es responsabilidad de los gerentes planificar adecuadamente el cumplimiento de los tributos. Al pasar el tiempo ha venido adquiriendo una variación en su significado, que ha dependido de los diferentes contextos y épocas transcurridas a lo largo del tiempo; de esta manera se puede ilustrar en la tabla 1 las distintas concepciones dadas conforme a varios autores.
Definiciones de estrategia.
Tabla 1.
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Autor |
Definición |
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(Diccionario Larousse , 2007) |
Arte de dirigir operaciones militares, habilidad de dirigir; es sinónimo de rivalidad y competencia. |
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(Von Neumann y Morgenstern, 1953) |
Serie de actos empresariales seleccionados de acuerdo a una situación concreta. |
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(Drucker, 2000) |
Acción gerencial de analizar una situación presente, a fin de cambiarla si es necesario; requiere saber que recursos posee y cuales debe tener. |
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(Chandles, 1962) |
1.- Determinante para alcanzar metas básicas empresariales, 2.- adopción de cursos de acción, 3.- asignación de recursos para alcanzar metas. |
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(Andrews, 1986) |
Comprende: patrón de objetivos, propósitos o metas, políticas y planes. |
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(Ansoff, 1986) |
Como una regla para tomar decisiones; hilo de cuatro componentes: alcance del producto/mercado, vector de crecimiento, ventaja competitiva y sinergia. |
Fuente: Rojas y Medina (2012).
Con esa revisión, se puede definir a la planeación tributaria como un proceso constituido por una serie de actuaciones lícitas del contribuyente, para optimizar los impuestos, basada en la aplicación correcta de las normas contables y tributarias para lograr el ahorro fiscal adecuado (Moreno, 2009).
Para que las normas tributarias resulten eficientes al realizar la planeación tributaria supone el conocimiento de algunos aspectos concernientes a tributación, como el giro del negocio, contabilidad, administración financiera, planeación estratégica, entorno económico del negocio; orientadas principalmente a tres objetivos: económico financiero y fiscal (Cabrera, 2000).
Se puede concluir que planeacion tributaria es una forma de cumplir las obligaciones tributarias con el Estado, de forma legal (Segarra, Narváez , Erazo, y Giler, 2019), justa y eficiente; haciendo uso de las exenciones disminuyendo la carga impositiva (Parra, 2007) y deducciones que brindan la normativa tributaria y otros beneficios de las leyes especiales; sin dejar de lado un manejo solvente contable y tributario, que permitirá contribuir con minimizar o eliminar los riegos (García, Narváez, Giler, y Erazo, 2019).
Para lo cual se basaen los principios: interdisciplinario que concierne a toda la empresa, seguridad para lo cual estima los riesgos, integridad de todos los colaboradores y accionistas, temporalidad en detreminados periodos, realidad que es la existencia del negocio y materialidad (Mena, Narváez , y Erazo, 2019).
Estos aspectos, se pueden trasladar y aplicar también al sector automotriz. Conocido como un importante ícono manufacturero; es una industria exigente y encierra un dinamismo impresionante, que requiere estar a la vanguardia para ser eficientes, competitivos, con alta coordinación de su cadena productiva y comercial. (Revista Estudios Industriales, 2017).
Dentro del mercado automovilístico se ha identificado la categoría seminuevo; hace referencia a un auto de segunda mano o usado, que reúne algunas características para su comercialización: menos de cinco años de antigüedad, recorrido inferior a cien mil kilómetros y estado óptimo mecánico o de funcionamiento (Diario El Comercio, 2017).
Instituciones de administración, regulación y control público
El Servicio de Rentas Internas (SRI), es el órgano Rector en materia tributaria, creado el 02 de diciembre de 1997, como resultado de la evasión de impuesto, malas prácticas tributarias, y enfocada en el mejoramiento permanente que beneficie a los contribuyentes mediante la innovación tecnológica, facturación electrónica, servicios en línea, SRI móvil, reducción de costos indirectos al contribuyente y debido a una alta carencia de cultura tributaria en los contribuyentes (Servicio de Rentas Internas, 2019).
El Código Tributario (CT) (2013) expresa el ejercicio de las facultades de la Administración tributaria:
Implica el ejercicio de las siguientes facultades: de aplicación de la ley; determinadora de la obligación tributaria; resolución de los reclamos y recursos de los sujetos pasivos; potestad sancionadora por infracciones de la ley tributaria o sus reglamentos y de recaudación de los tributos (Asamblea Nacional, 2005, p. 17).
En cuanto a las superintendencias, la Constitución Nacional (2008) manifiesta:
Las superintendencias son organismos técnicos de vigilancia, auditoría, intervención y control de las actividades económicas, sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general. (Asamblea Nacional, 2008, p.112).
Los impuestos son los ingresos de mayor importancia que cuenta el Estado para dar cumplimiento con sus responsabilidades conferidas en la normativa (Vargas y Castro, 2012).
Personas naturales y sociedades
Las personas naturales son aquellas personas nacionales o extranjeras que ejercen alguna actividad económica dentro del territorio nacional. Están obligados a llevar contabilidad las personas naturales que desempeñen actividades productivas como: agrícolas, forestales, o similares y sucesiones indivisas (herencia) cuando:
Operen con un capital propio de 9 fracciones básicas desgravadas del Impuesto a la Renta (I R); sus costos y gastos anuales sean superiores a 12 fracciones básicas desgravadas del IR; sus ingresos brutos sean mayores a 15 fracciones básicas desgravadas del IR del año inmediato anterior; deben hacerlo al inicio de sus actividades económicas o el 1 de enero de cada año (Servicio de Rentas Internas, 2015, p. 6).
A continuación se describe a una sociedad con fines tributarios, y según el Art. 98 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno (LRTI), define a la sociedad como una sociedad de hecho, una persona jurídica, un consorcio d empresas, los fideicomisos mercantiles y los patrimonios independientes o autónomos con personería jurídica o no, los fondos de inversiones, o cualquier organización que no tenga personería jurídica pero que sea una entidad económica o un patrimonio independiente de sus dueños. (Asamblea Nacional, 2016, p.50).
Contribuyente, sujeto activo, sujeto pasivo, no obligados y obligados a declarar el Impuesto a la Renta (IR)
Se define al contribuyente como aquella persona natural o jurídica sobre la cual se ejerce una imposición tributaria, esta no perderá su condición, así efectué su traslación a terceros (Manya y Ruiz, 2014).
El sujeto activo es aquel que tiene las facultades y derechos para exigir el pago de impuestos a los contribuyentes; el Estado ecuatoriano lo hace a través del SRI (Sánchez y Hablich, 2018). La jurisdiccion es a nivel nacional, mediante las direcciones provinciales, como unidades administrativas locales.
El sujeto pasivo es la persona natural o juridica que está obligado al cumplimiento tributario con el Estado, ya sea como contribuyente o responsable; además comprende herencias yacentes, comunidades de bienes; como también las que corresponden a una estructura económica o propiedad independiente (Asamblea Nacional, 2005).
Al referirse a los sujetos pasivos, se encuentran los obligados y no obligados a llevar contabilidad. Según establece el Art. 42 de la LORTI, no estan obligados a declarar el IR: aquellos contribuyentes que posean rentas suceptibles a retención en la fuente (RF), con domicilio fuera del país y que carezcan de representante en el territorio nacional, los ingresos brutos de personas naturales que no superen 11.290,00 dólares de los Estados Unidos de América (Asamblea Nacional, 2016).
Deben presentar sus declaraciones del IR todas las sociedades que hayan obtenido ingresos gravados, sean estas nacionales o extranjeras, de acuerdo a los valores que se obtenga de la contabilidad, en el ejercicio fiscal comprendido entre el 01 de enero al 31 de diciembre del año que se encuentre en curso; las declaraciones del IR debe realizarse conforme al noveno digito del RUC de acuerdo al calendario tributario (Servicio de Rentas Internas, 2019).
Impuesto a la Renta (IR): los tributos, base imponible, ingresos de la fuente ecuatoriana, exenciones y deducciones.
Los tributos tienen una concepción amplia y variada, en todo caso, se concibe como la participación que tiene las personas para con el Estado; estos tributos se clasifican en: impuestos, tasas y contribuciones especiales (Troya, 2014).
Para el cálculo de la base imponible de las personas jurídicas, se procede de la siguiente forma: la suma de las rentas gravadas recibidas en el ejercicio impositivo, a esto se le resta los costos y gastos deducibles incurridos en relación al giro del negocio y que le permita seguir operando (Sánchez y Hablich, 2018).
De manera mas ampliada, el Reglamento a la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno (RALRTI), en su Art. 46 da a conocer la forma de cálculo para que los contribuyentes que tienen la obligación de llevar la contabilidad y las sociedades puedan declarar sus impuestos mediante la conciliación tributaria.
Para fines de declaración y pago del IR, se aplica a todos los ingresos de fuente ecuatoriana en dinero, especies o servicios, obtenidos de forma gratuita u onerosa, originados del trabajo, capital o de ambas formas. Así mismo, de los ingresos adquiridos en el exterior, ya sea por personas naturales o jurídicas, que constituyan una unidad económica, estas personas naturales que sean domiciliadas en el país (Sánchez, 2002).
Con la finalidad de conocer las exenciones del IR, es preciso considerar los rubros, como se puede observar en la tabla 2.
Exenciones Tributarias
Tabla 2.
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Normativa y Aplicación |
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LORTI. Ingresos de: Art. 9. Los dividendos y utilidades, calculados después del pago del impuesto a la renta; los obtenidos por las instituciones del Estado; en virtud de convenios internacionales; bajo condición de reciprocidad; instituciones de carácter privado sin fines de lucro; intereses por ahorro de personas naturales; beneficiarios del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS); institutos de educación superior estatales; provenientes de premios; viáticos de servidores del Estado; percibidos por ciudadanos que sobrepasan los sesenta y cinco años; para la exploración y explotación de hidrocarburos; por la enajenación ocasional de inmuebles; que obtengan los fideicomisos mercantiles; beneficios de plazo fijo; que obtengan los fideicomisos mercantiles; beneficios por plazo fijo; indemnizaciones de seguro; intereses de trabajadores por prestamos; salario digno; utilidades y excedentes en torno a la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria (LOEPS), sujetos pasivos acreditados ante la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT); transferencias del Estado para programas ambientales; rendimientos financieros originados en la deuda pública; originadas en títulos representativos; por la enajenación directa o indirecta de acciones, participaciones. Art. 9.1. Inversiones nuevas y productivas, fuera la parte urbana de Quito (UIO) y Guayaquil (GYE), en los siguientes sectores: producción de alimentos frescos, congelados e industrializados; cadena forestal y agroforestal y sus productos elaborados; metalmecánica; petroquímica; farmacéutica; turismo; energías renovables incluida la bioenergía o energía a partir de biomasa; servicios Logísticos de comercio exterior; biotecnología y Software aplicados; y, los sectores de sustitución estratégica de importaciones y fomento de exportaciones. Art. 9.2. Inversiones nuevas y productivas en industrias básicas, la exoneración del IR será hasta 10 años, puede ampliarse por 2 años más. Art. 9.4. Sujetos pasivos que realicen actividades exclusivas de cualquier tecnología digital libre. Art. 24. Recursos usados en la explotación o actividad lucrativa, el monto de operaciones en un periodo fiscal producto de las ventas, los réditos de años inmediatos anteriores; los gastos generales; el volumen de importaciones y compras locales de mercadería; el alquiler locativo; cualesquiera otros permitidos por la ley. |
Fuente: Asamblea Nacional (2016).
Como determina el Art. 10 de la LORTI, en el que está regulado 23 deducciones para determinar la base imponible para el pago del IR; así mismo el Art. 13, pagos al exterior y Art. 28, ingresos por contratos de construcción, determina los deducibles para efectos de dicho impuesto (Asamblea Nacional, 2016).
El Art. 10, numeral 11, de la LORTI, expresa que se puede provisionar el 1% anual de cuentas incobrables concedidas durante el periodo fiscal y que aún no se haya hecho efectivo el cobro al final de dicho periodo, se debe tomar en cuenta que la provisión acumulada no sea superior al 10% del total de las cuentas a favor; y por lo tanto se considera al gasto provisión cuentas por cobrar como deducible; (Asamblea Nacional, 2016).
El Art. 42 del CT, establece algunas obligaciones del trabajador en relación con alimentación, ropa de trabajo, transporte de carácter social (Asamblea Nacional, 2015); dichas obligaciones guardan concordancia con el Art.14 de la Ley de Seguridad Social (LSS), que las considera como exenciones, así como el seguro de vida; estos como beneficios del trabajador que están exentos (Asamblea Nacional, 2011).
El Estado busca incentivar la producción, impulsar nuevos emprendimientos, motivar la generación de empleo, desarrollar ciertas zonas geográficas y crear una cultura tributaria mediante las exenciones, exoneraciones y creación de leyes especiales, que proporcionen un beneficio a los contribuyentes, a la vez que dinamiza la producción y se desarrolla económicamente el país (Segarra, Narváez, Erazo y Giler, 2019).
Evasión y elusión tributaria
De esta manera, en materia tributaria se tiene dos términos que emplean los contribuyentes: elusión y evasión (Villasmil, 2014). Con la finalidad de poder comprender la diferencia de estos dos conceptos, se ilustrará en la tabla 4 las definiciones:
Definiciones de evasión y elusión.
Tabla 4.
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Autor |
Definición |
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Fraga L. |
Elusión. - Maniobras tributarias del contribuyente a fin de evitar el cumplimiento del pago de impuestos, permitidas por la ley y tomando ventaja de sus vacíos. |
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Rosemburg J. |
Evasión. - Es un acto ilegal que viola la ley, por el que el contribuyente, incumplen con sus obligaciones tributarias, total o parcialmente. |
Fuente: Villasmil (2014).
En resumen, la elusión son mecanismos que buscan aprovecharse de los vacíos legales a fin de reducir la base imponible o no contribuir con los impuestos; la evasión en una forma de no pagar impuestos de manera ilícita, produciendo un perjuicio al Estado (García, Narváez, Giler, y Erazo, 2019).
METODOLOGÍA
La metodología utilizada en la presente investigación se detalla a continuación, en la tabla 5.
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Tipo de Investigación. Tabla 5. |
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Indicador |
Tipo de Investigación |
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Según la Finalidad: |
Aplicada |
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Según el Tipo de Diseño: |
No Experimental |
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Según el Tiempo: |
Corte Transversal |
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Según su Naturaleza: |
Mixto (Cuali-cuantitativa) |
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Según el Alcance: |
Descriptiva |
Fuente: Hernández, Fernández y Baptista (2006).
Se formularon estrategias tributarias mediante el análisis de las transacciones u operaciones de la empresa (Daza, 2004); en la que no se manipuló las variables; y se analizó con enfoque de corte transversal; la investigación que se aplicó fue la mixta, para lograr un mejor entendimiento del comportamiento de las cuentas frente a los tributos (Hernández , Fernández , y Baptista , 2014); con enfoque descriptivo sobre los hechos y eventos importantes de trascendencia tributaria y aspectos con ésta transcendencia relacionada (Cortés e Iglesias , 2004).
MÉTODOS, TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE INVESTIGACIÓN
El método histórico – lógico permitió analizar sus antecedentes financieros, contables y poder entender de mejor manera la situación actual como contribuyente (Daniel, 2008); Se aplicó el método analítico – sintético descomponiendo en sus partes los estados financieros, para luego medir la incidencia en el sujeto pasivo mediante la conciliación tributaria (Rodríguez, 2007).
Así mismo, con el método inductivo-deductivo se pudo llegar a establecer el impacto para la empresa, partiendo de enunciados generales, que en este caso es los artículos específicos de la respectiva normativa tributaria y leyes especiales, para determinar si estaban aplicando sus beneficios tributarios o no; se aplicó también el método deductivo partiendo de la presentación de los estados financieros y las cantidades que conforman sus cuentas contables y de la conciliación tributaria.
De esta forma se pudo establecer conclusiones y recomendaciones plasmadas en estrategias (Revista Escuela de Administración de Negocios, 2017). Sin dejar de considerar al comportamiento de la empresa como un sistema complejo o de totalidad (Martínez, 2006) y que cuyas partes se relacionan entre sí (Gay, 2019).
En cuanto, a las técnicas e instrumentos empleados para la investigación, se tiene las siguientes.
Técnicas e instrumentos de investigación.
Tabla 6.
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Técnica |
Instrumento |
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Entrevista |
Guía de la entrevista |
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Revisión documental |
Ficha de revisión documental |
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Encuestas |
Cuestionario estructurado |
Fuente: Hernández, Fernández y Baptista (2006).
Las técnicas empleadas para recabar información fueron la entrevista, con una apropiada interacción y unión en la comunicación (Cortés y Iglesias, 2004), con el presidente de la empresa; la revision docuemental permitio obtener informacion de tipo especifico en cada una de las cuentas contables en los estados financieros y declaraciones del sujeto pasivo (Gómez, 2012). Así mismo, se recopiló datos mediante la encuesta de forma anónima (López y Fachelli , 2015).
RESULTADOS
· La empresa si reporta las declaraciones con sus anexos tributarios periódicamente, para evitar multas y por ser una norma tributaria de cumplimiento.
· La carga impositiva de la compañía es alta.
· A los directivos si les gustaría invertir en la empresa como por ejemplo en ampliación del negocio y capacitación, de modo que la base imponible para el cálculo del IR disminuya.
· La empresa no aplica totalmente las normas de contabilidad en sus operaciones y cuentas contables que permitan disminuir la carga impositiva.
· El presidente, gerente y el personal administrativo desconocen y no aplican en gran parte la normativa o legislación tributaria actualizada que permite disminuir la carga impositiva de forma legal, sólo aplican gastos deducibles.
· Desconocen los beneficios que se obtiene con la aplicación leyes especiales, y que benefician también para la disminución de la carga impositiva.
· Desconocen los beneficios que brinda la planeación tributaria.
Mediante un diagnóstico a varios aspectos como: cumplimiento de las obligaciones tributarias, uso de un sistema con módulos tributarios, contables y financieros; aplicación de provisiones, cumplimiento del pago de beneficios sociales, exenciones y deducciones, se obtuvo los resultados que se visualizan en la figura 1.
Nivel de confianza.
Figura 1.

Fuente: Elaboración propia.
Se evidencia un nivel de confianza del 32% y un nivel de riesgo de control del 68%; estos resultados invitan a formular de manera oportuna las estrategias tributarias orientadas también a gestionar el riesgo tributario.
Con estos antecedentes, se plantea una propuesta que se representa en la figura 2. Se observa dos bloques; el superior que refleja los aspectos que se diagnosticaron en la investigación, y el inferior que establece las dimensiones a tomarse en cuenta en la propuesta.
Propuesta para el análisis de la planeación tributaria.
Figura 2.

Fuente: Elaboración propia.
Desarrollo de las estrategias de planeación tributaria
Con estos acápites señalados y analizados en los hallazgos, se recomienda la aplicación de las estrategias que se muestran en la tabla 7.
Matriz de estrategias sector automotriz – intermediación de vehículos usados.
Tabla 7.
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Orden |
Objetivo / Marco legal / Estrategia |
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Actividad / condiciones / aclaraciones / metodología |
Meta |
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1 |
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Actividad -Analizar los Roles de Pago y Roles de Provisiones. -Analizar las Planillas de Aportación Mensual, Planillas de Fondo de Reserva, liquidadas en el año 2018 en el IESS. -Revisar la Declaración del Impuesto a la Renta y los valores de gastos aplicados por sueldos y beneficios sociales. -Solicitar el Anexo de Relación de Dependencia del año 2018 en formato digital.
Condiciones -Los valores aplicados como gastos deducibles en la Declaración del Impuesto a la Renta del ejercicio económico, están subvaluados, pues no se consideran la totalidad de beneficios sociales -Las planillas de aportación al IESS se liquidan sin considerar los valores adicionales que según la ley son parte integrante de la Remuneración Unificada. -La empresa al considerar gastos deducibles como no deducibles, liquida al SRI valores superiores a los que legalmente debería pagar.
Aclaraciones -El personal que realiza las declaraciones menciona que existió un desconocimiento respecto de la forma de calcular la base imponible.
Metodología -Realizar una matriz en donde se compare los valores de los componentes del Rol de pagos y Rol de provisiones del año 2018; con los valores consignados y reportados en el Anexo de Relación de Dependencia del año 2018; y establecer las diferencias si lo hubiera. -Establecer la base imponible para la generación y pago de los aportes al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. -Establecer el monto de los valores deducibles por concepto de sueldos y salarios de acuerdo con lo que determina la Ley de Régimen Tributario Interno. -Realizar un cuadro comparativo entre los valores declarados como gastos deducibles por concepto de sueldos y beneficios sociales; y el valor determinado de acuerdo a la aplicación de la LORT, para determinar el impacto que tiene en forma directa en el pago del IR. |
Evitar que en el futuro los empleados demanden a la empresa por el incumplimiento del Código de Trabajo y la Ley de Seguridad Social.
Evitar la erogación de valores adicionales a los legales y que surjan de posibles demandas laborables.
Reducir los riesgos tributarios que permitan reducir a futuro la carga fiscal. |
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2 |
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Actividad -Analizar el libro mayor de la cuenta otros gastos, para determinar los egresos de recursos en función de su naturaleza y función. -Analizar el impacto de la NIC 1, en la presentación de los estados financieros. -proponer la restructuración de un plan de cuentas de acorde a la actividad de la empresa.
Condiciones -El libro mayor de la cuenta otros gastos incluyen rubros relativos a gastos por obligaciones personales del gerente. -Los estados financieros no estuvieron correctamente estructurados de acuerdo a la NIC 1. -Las cuentas reúnan las condiciones y características de acuerdo a la intermediación de vehículos usados
Aclaraciones -Los gastos personales de los directivos no se debe incluir en los estados financieros. -La cuenta otros gastos se debe declarar en la conciliación tributaria como gasto no deducible -Mitigar para que en futuras auditorias este rubro de otros gastos no sea considerado como evasión de impuestos.
Metodología -Realizar un análisis del libro mayor de la cuenta otros gastos y la incidencia en el estado de resultados. -Analizar el impacto de la cuenta otros gastos respecto a la carga tributaria; en función a lo que la normativa de comprobantes de venta y LRTI, de acuerdo a la actividad de la empresa. -Formular un plan de cuentas de acuerdo a la actividad económica. -Realizar una reestructuración de los diferentes rubros que integran la cuenta otros gastos a su correspondiente de cuenta, en el nuevo plan de cuentas. |
Evitar que a la cuenta otros gastos sean incluida para el cálculo de la conciliación tributaria
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3 |
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Actividad -Planificar las actividades de promoción y publicidad de bienes y servicios que se desee realizar en el año fiscal.
Condiciones -El rubro de gastos de publicidad contempla valores ínfimos respetos a los gastos. -Se debe contemplar el 4% del total de los ingresos como techo máximo, para la deducibilidad de los rubros de publicidad y propaganda.
Aclaraciones -Se debe calcular el 4% de los ingresos gravados, como recomendación tomar en cuenta el valor del periodo inmediato anterior. -La inversión que realiza la empresa en los rubros de propaganda y publicad deben estar sustentados con comprobantes válidos de acuerdo al reglamento de facturación.
Metodología -Analizar el mayor de la cuenta propaganda y publicidad y determinar el monto del 4% de total de ingresos gravados proyectados. -Proyectar los gastos de propaganda y publicidad, tomando como base de referencia el periodo inmediato anterior. -Establecer el monto deducible por concepto de propaganda y publicidad DE ACUERDO A la LORTI-
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Considerar el monto del 4% del total de ingresos gravados, para reducir la carga impositiva planificando con anterioridad su ejecución. |
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4 |
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Actividad -Solicitar la programación anual de las actividades que realicen los altos directivos. -Socializar ante los directivos un instructivo sobre los rubros que se consideran como gastos de gestión.
Condiciones - La empresa no registra gastos de gestión, -La mayor parte de los valores que integran los gastos de gestión, son erogados directamente por los directivos; por lo que su registro no se contempla en la contabilidad.
Aclaraciones -Se debe calcular el 2% de gastos generales, como recomendación tomar en cuenta el valor del periodo inmediato anterior. -Los valores por gastos de gestión deben estar sustentados con comprobantes válidos de acuerdo al reglamento de facturación.
Metodología -Calcular el 2% de total de costos y gastos del estado de resultados. -Proyectar los gastos de gestión, tomando como base de referencia el periodo inmediato anterior. -Tomar como techo máximo lo equivalente al 2%, para erogar recursos por concepto de gastos de gestión.
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Considerar el monto del 2% del total de costos y gastos totales que incurre una empresa en un periodo para disminuir la carga fiscal.
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5 |
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Actividad -Solicitar los roles de pagos a contabilidad, y solicitar a talento humano o a quienes realicen sus veces, un listado del personal que trabaje en la empresa, con las fechas de ingreso.
Condiciones -A futuro la empresa prevé contratar a personas discapacitadas
Aclaraciones -El beneficio no es aplicable en contrataciones a familiares del empleador en cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad o de partes relacionadas en los tres años anteriores --Esta deducción tiene vigencia durante el tiempo que dure la relación laboral con el discapacitado o con sus sustitutos. – La ley determina que es obligatoriedad de cada empresa que tenga una nómina mayor a 25 empleados, contratar un discapacitado.
Metodología -Calcular y establecer el monto pagado como remuneraciones y beneficios sociales, a los empleados con discapacidad, o sus sustitutos en base a la nómina de empleados que tiene cada compañía, con un tiempo de permanencia de al menos seis meses. -Este monto se multiplica por el 150% y cuyo producto se restará en la conciliación tributaria.
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Se recomienda contratar al menos un colaborador con discapacidad a fin de tener el beneficio permanente de reducir la carga impositiva. |
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6 |
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Actividad -Solicitar al ministerio respectivo, la calificación de la condición de migrante retornado
Condiciones -Al momento de realizar la investigación, la empresa no cuenta con emigrantes retornados mayores de 40 años.
Aclaraciones -Emigrantes retornados ecuatoriano mayores de 40 años de edad. - Beneficio no aplicable en contrataciones a familiares del empleador en cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad o de partes relacionadas en los tres años anteriores -El tiempo que se aplica este beneficio es durante dos años, contados desde la suscripción del contrato laboral y por una sola ocasión -El beneficio tributario se aplicará en el periodo fiscal posterior al que se realicen los pagos de sueldos a los migrantes retornados.
Metodología -Determinar el valor total de remuneraciones y beneficios sociales cancelados a colaboradores emigrantes retornados, este valor se multiplica por 150%, y cuyo resultado deducible, se resta en la conciliación tributaria. |
Considerar como gasto deducible a la contratación de emigrantes retornados y reducir el pago del IR. |
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7 |
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Actividad -Solicitar el estudio actuarial del cálculo de jubilación patronal y desahucio del ejercicio fiscal. -Analizar la normativa contable vigente de la NIC 19, Beneficios de empleados.
Condiciones -La empresa no cuenta con estado actuarial según lo que determina la NIC 19 -Según el análisis documental, se pudo evidenciar que la empresa no realiza las provisiones por desahucio y jubilación patronal y tampoco se refleja en los estados financieros.
Aclaraciones -El ajuste por jubilación patronal y desahucio deberá ser calculado a los trabajadores que consten en nómina de la empresa. -Los ajustes por valores de jubilación patronal y desahucio deberán registrarse periódicamente, es decir, cada mes.
Metodología -Analizar los valores asignados en el cálculo actuarial -Determinar los valores a ajustar producto de cálculo actuarial por efectos de jubilación y desahucio, y establecer la provisión contable respectiva dentro de los estados financieros de la empresa. -Establecer el monto del gasto deducible, a ser aplicado en la conciliación tributaria para el pago del IR. |
Amortizar la provisión originada por el cálculo actuarial de jubilación patronal y desahucio, y considerar como gasto deducible |
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8 |
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Actividad -Solicitar al área comercial o a quienes hagan sus veces, la planificación de viajes previstas para el nuevo periodo fiscal. -Elaborar un manual de gastos de viaje en el que conste también el formato para liquidación de viaje (anexo 1).
Condiciones -Los estados financieros de la compañía no refleja la existencia de la cuenta gastos de viaje
Aclaraciones -Tomar como techo máximo lo equivalente al 3% de los ingresos gravados, para erogar recursos por concepto de gastos de viajes. -Los gastos de viaje no deben sobrepasar del techo máximo; en su defecto, la diferencia será considerado como gasto no deducible.
Metodología -Calcular el 3% del total de ingresos grabados, del periodo que se declare el IR. -Comparar el monto del 3% respecto el total del mayor de la cuenta de gastos de viajes del estado financiero y establecer el monto de deducibilidad de este rubro a ser aplicado en la conciliación tributaria. -Definir un formato valido para los gastos de viajes en función a lo que determina la LORTI y su Reglamento. |
Evitar que los gastos de viaje sean considerados como gastos no deducibles.
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9 |
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Actividad -Realizar un muestreo del libro mayor de la cuenta de gastos. -Analizar el tratamiento contable que maneja la empresa para el uso del efectivo, en la compra de bienes y servicios.
Condiciones -La empresa realiza pagos en efectivo a los proveedores por la compra de bienes y servicios. - Aclaraciones - Todos los pagos superiores a 1.000,00 dólares, deben ser bancarizados a efectos de deducibilidad del IR - la obligatoriedad tiene vigencia desde el 01 de enero del 2018. -La inobservancia de esta disposición en los pagos, se considera como gastos no deducibles.
Metodología -Establecer una política en donde se socialice la obligatoriedad estricta de que todos los pagos o compras de bienes y servicios sean bancarizados (cheques – transferencias) |
Evitar incurrir en gastos no deducibles a causa de no utilizar los medios de pago del sistema financiero nacional. |
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10 |
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Actividad -Solicitar a contabilidad el cuadro auxiliar de propiedad, planta y equipo, en el que contenga un detalle de la depreciación de cada bien en forma específica. -Analizar si los porcentajes que aplica la empresa para la depreciación de propiedad, planta y equipo tiene concordancia con lo que determina la LORTI
Condiciones -En el estado financiero de la empresa, no está clasificado en forma correcta las diferentes cuentas de los gastos de depreciación. .
Aclaraciones -La LORTI determina los porcentajes máximos a ser considerados para la depreciación de los rubros que integran la propiedad, planta y equipo. -La NIC 16, propiedad, planta y equipo, establece el alcance y metodología para cargar los gastos por depreciación de propiedad, planta y equipo.
Metodología -Elaborar una matriz en donde se determine los valores que son deducibles para efectos de depreciación de propiedad, planta y equipo, según la LORTI y comparar con el detalle de los valores de depreciación de propiedad, planta y equipo calculados según la metodología de la NIC 16. -Establecer en forma específica los valores que son deducibles y los gastos que no son deducibles a efectos del pago del IR.
|
Obtener la razonabilidad de los rubros que integran propiedad, planta y equipo, dentro de los estados financieros de la empresa. |
Para el cumplimiento de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo, es importante tomar en cuenta algunos impuestos, su periodicidad y fechas de declaración, para lo cual es oportuno tener presente el resumen de obligaciones que ilustra la tabla 8 y el calendario tributario que muestra la tabla 9.
Resumen de obligaciones tributarias sociedades, sector automotriz – intermediación de vehículos usados.
Tabla 8.
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Ord. |
Obligación / declaración |
Periodo de imposición |
Plazo / fecha |
Como hacerlo |
Contribuyente |
Periodicidad |
Norma |
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1 |
Impuesto a la renta |
1-01/31-12 |
12 cada mes, desde febrero-abril |
En línea, formulario 101, conforme el 9° dígito RUC |
Sociedades |
Anual |
Art. 37 LRTI; Art. 72, RALRTI |
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2 |
Impuesto al valor agregado |
Mes |
12 del mes siguiente |
En línea, formulario IVA, conforme 9° digito RUC. |
Sociedades |
Mensual |
Art. 67, LRTI; Art. 158, RLRTI; Resolución NAC-DGERCGC15-00000284. |
|
3 |
Retención en la fuente |
Mes |
12 del mes siguiente |
Formulario RF en línea, conforme 9° digito RUC |
Sociedades (Agentes de retención), * |
Mensual |
Art. 45, LRTI; Art. 92, 93 y 100 RLRTI |
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4 |
Anexo transaccional simplificado (ATS) |
Mes |
12, mes subsiguiente |
Anexo ATS. Información: compras, ventas, comprobantes anulados y retenciones del giro del negocio. En línea, conforme 9° digito RUC |
Sociedades |
Mensual |
Resolución No NAC-DGERCGC12-00001 |
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5 |
Impuesto a la propiedad de vehículos motorizados |
Año |
Desde el 10 de enero hasta el último día hábil de cada mes |
Conforme terminación de número de placa se paga en el mes programado por el SRI (solo en vehículos a nombre de la compañía). |
Sociedades |
Anual |
Capítulo I, Impuesto a los vehículos de la ley de reforma tributaria |
|
6 |
Impuesto a la transferencia de vehículos |
Mes |
30 días |
Graba la compra de vehículos usados en el país; 30 días siguientes a la suscripción de contrato de compra venta (solo en vehículos a nombre de la compañía) |
Sociedades |
Mensual |
Art. 1 de la Ley Sustitutiva a la Ley de creación del Fondo de Vialidad para la Provincia de Loja |
*en caso que un sujeto pasivo que no esté obligado a llevar contabilidad realice una liquidación de compra y servicios, está obligado a elaborar la retención y declarar en el formulario.
Calendario tributario, sector automotriz – intermediación de vehículos usados
Tabla 9.
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Meses del año |
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Ord. |
Obligación / declaración |
Enero |
Febrero |
Marzo |
Abril |
Mayo |
Junio |
Julio |
Agosto |
Septiembre |
Octubre |
Noviembre |
Diciembre |
|
1 |
Impuesto a la renta |
|
12 |
12 |
12 |
|
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|
|
|
|
|
|
|
2 |
Impuesto al valor agregado |
|
12 |
12 |
12 |
12 |
12 |
12 |
12 |
12 |
12 |
12 |
12 |
|
3 |
Retención en la fuente |
|
12 |
12 |
12 |
12 |
12 |
12 |
12 |
12 |
12 |
12 |
12 |
|
4 |
Anexo transaccional simplificado (ATS) |
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12 |
12 |
12 |
12 |
12 |
12 |
12 |
12 |
12 |
12 |
12 |
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5 |
Impuesto a la propiedad de vehículos motorizados |
|
10. ** |
10. ** |
10. ** |
10. ** |
10. ** |
10. ** |
10. ** |
10. ** |
10. ** |
10. ** |
10. ** |
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6 |
Impuesto a la transferencia de vehículos *** |
30 d. |
30 d. |
30 d. |
30 d. |
30 d. |
30 d. |
30 d. |
30 d. |
30 d. |
30 d. |
30 d. |
30 d. |
**Impuesto anual, desde el 10 de enero hasta el último día hábil de cada mes. El programa ordinario de pago se realiza en un mes específico por cada número de terminación de la placa.
***El plazo es de 30 días después de haber suscrito el contrato de compra venta.
DISCUSIÓN
Se puede disminuir el gasto no deducible por cálculo erróneo de la base de aportación al IESS; mediante la estrategia de cálculo correcto de la base para la aportación del seguro social por concepto de sueldos y beneficios sociales y estableciendo los montos de gastos deducibles por conceptos de sueldos y beneficios sociales legales de los empleados, para ser aplicados en la liquidación y declaración del IR anual de la empresa; y de esta manera evitar que en el futuro los empleados demanden a la empresa por el incumplimiento del CT y LSS, así mismo, evitar la erogación de valores adicionales a los legales, y reducir los riesgos tributarios que permitan disminuir a futuro la carga fiscal.
Clasificando correctamente la cuenta otros gastos de acuerdo a la naturaleza y función contable y tributaria en el estado de resultados, considerando el giro del negocio de la empresa, y haciéndolo conforme a lo que determina la NIC 1 respecto a la presentación de estados financieros, se puede reducir la carga impositiva, y de esta forma evitar que la cuenta otros gastos sea incluida para el cálculo de la conciliación tributaria.
Es factible contraer la carga impositiva por promoción de bienes y servicios, mediante la deducción de gasto de propaganda y publicidad, considerando el monto del 4% del total de ingresos gravados, reduciendo la carga impositiva planificando con anterioridad su ejecución, y de esta manera no se genere valores no deducibles.
Considerando el monto del 2% del total de costos y gastos que incurre una empresa en un periodo fiscal, se puede aminorar la carga impositiva mediante la deducción y se puede también controlar que los desembolsos por gastos de gestión, no genere valores no deducibles.
Sujetándose a la contratación de discapacitados o sus sustitutos, se puede deducir la carga impositiva del IR por el 150% adicional, durante el periodo que dure la relación laboral, por el monto resultante de la remuneración y beneficios sociales.
Contratando emigrantes retornados ecuatorianos mayores de 40 años de edad, se puede mermar la carga impositiva del IR durante dos años, deduciendo el 150% adicional del valor resultante de la remuneración y beneficios sociales.
Se puede deducir la provisión por desahucio y jubilación patronal, que por ley se considera gasto deducible para el pago del IR, con la aplicación de las NIC 19, amortizando la provisión originada por el cálculo actuarial de jubilación patronal y desahucio, y considerar como gasto deducible.
Mediante la determinación de legalidad de los rubros que integran los gastos de viaje como deducibilidad para efectos del IR, se puede evitar que los gastos de viaje sean considerados como gastos no deducibles, y por tanto disminuir la carga impositiva.
Logrando que todas las transacciones comerciales que tiene la compañía con proveedores sean respaldadas conforme a lo q determina LORTI para efectos de deducibilidad de impuesto a la renta, bancarizando los pagos en montos superiores a 1.000,00 dólares en las transacciones que sustente compras de bienes y servicios, se puede evitar incurrir en gastos no deducibles a causa de no utilizar los medios de pago del sistema financiero nacional.
Mediante la depreciación de propiedad, planta y equipo, y determinando la forma y cálculo de los porcentajes de depreciación a efectos de pago del IR, se puede obtener la razonabilidad de los rubros que integran propiedad, planta y equipo, dentro de los estados financieros de la empresa.
Mediante la depreciación de propiedad, planta y equipo, y determinando la forma y cálculo de los porcentajes de depreciación a efectos de pago del IR, se puede obtener la razonabilidad de los rubros que integran los estados financieros de la empresa, a fin que se obtenga los valores totales deducibles de esta cuenta.
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