https://doi.org/10.35381/racji.v10i19.4678

                                                                                                       

El maltrato animal como una manifestación de la violencia doméstica

 

Animal abuse as a manifestation of domestic violence

 

Gladis Proaño-Reyes

gladisproano@gmail.com

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0003-1653-5889

 

Holger Enrique Proaño-Reyes

holenpror8@gmail.com

Universidad Técnica Particular de Loja, Loja, Loja

Ecuador

https://orcid.org/0009-0004-7341-6872

 

 

 

 

 

 

Recepción: 14 de marzo 2025

Revisado: 23 de abril 2025

Aprobación: 15 de junio 2025

Publicación: 01 de julio 2025

 

 


 

RESUMEN

El objetivo general de la investigación fue analizar el maltrato animal como una manifestación de la violencia doméstica. El desarrollo del método fue mediante la indagación, recolección y análisis crítico documental y referencial bibliográfico, basándose en la exploración metódica, rigurosa y profunda de diversas fuentes documentales conformadas por artículos y leyes, describiendo los hallazgos encontrados. La técnica la revisión documental, permitió obtener información valiosa para encuadrar los acontecimientos, problemas que fueron objeto de análisis. Se recurrió, además, al método inductivo-deductivo. Se concluye que, El maltrato animal es una manifestación que puede propiciar la violencia de género y requiere una atención urgente en el ámbito de la investigación académica y la práctica legal. Si bien la legislación ecuatoriana sanciona penalmente el maltrato animal y protege a las víctimas de violencia doméstica, existe una falta de integración entre ambas normativas.

 

Descriptores: Violencia doméstica; animal; sistemas jurídicos. (Tesauro UNESCO).

 

 

 

ABSTRACT

The general objective of the research was to analyze animal abuse as a manifestation of domestic violence. The development of the method was through the inquiry, collection and critical analysis of documents and bibliographic references, based on the methodical, rigorous, and deep exploration of various documentary sources made up of articles and laws, describing the findings. The documentary review technique made it possible to obtain valuable information to frame the events and problems that were the object of analysis. The inductive-deductive method was also used. It is concluded that animal abuse is a manifestation that can lead to gender violence and requires urgent attention in the field of academic research and legal practice. Although Ecuadorian legislation punishes animal abuse as a criminal offense and protects victims of domestic violence, there is a lack of integration between the two regulations.

 

Descriptors: Domestic violence; animal; legal systems. (UNESCO Thesaurus).

 

 

 


INTRODUCCIÓN

La violencia de género en el ámbito doméstico se manifiesta de diversas maneras, incluyendo agresiones físicas, verbales y psicológicas. Recientemente, el maltrato animal ha surgido como una forma adicional de esta violencia, utilizada para infligir angustia y control sobre las víctimas. Numerosos estudios sugieren una relación directa entre el maltrato a las mascotas y la violencia de género, considerándolo un factor de riesgo que puede escalar a situaciones más graves, como el suicidio o el femicidio.

En este sentido, la violencia de género no surge de manera espontánea, sino que es el resultado de la interacción de múltiples factores a nivel individual, relacional, comunitario y social. (Vacacela Márquez, & Mideros Mora,2022). Así mismo, el abuso animal no es un evento aislado, sino un factor de riesgo y un indicador crítico de la violencia doméstica. La crueldad hacia los animales y la violencia contra los humanos a menudo están interconectadas y son perpetradas por el mismo agresor. (Mota-Rojas et al., 2022). En este orden, la violencia intrafamiliar es un problema social y legal complejo que requiere una respuesta integral. Sus causas son multifactoriales, incluyendo la falta de comunicación, los patrones culturales de dominación, y la inestabilidad económica. (Morocho-Hidalgo et al.,2024).

En cuanto a la relación, del maltrato animal, la violencia contra los animales en el ámbito doméstico a menudo coexiste con la violencia contra la pareja o la familia. Los autores argumentan que los agresores utilizan el maltrato animal como una herramienta de control, intimidación y coerción contra las víctimas de violencia de género, infligiéndolo para castigar o amenazar. (Jordá Sanz y Janosch González, 2022). La importancia de tener en cuenta estos indicios se evidencia en la medida en que se pueda prevenir una escalada de la violencia de género, o en caso de ocurrencia de sucesos fatales, como suicidio de la mujer o femicidio, por encontrarse las situaciones de maltrato a la mascota de la mujer como una forma primaria de amenaza e intimidación. Ante esta problemática surge la siguiente pregunta: ¿De qué manera el maltrato animal, puede ser un indicador de violencia domestica? En este contexto, la investigación tiene como objetivo general analizar el maltrato animal como una manifestación de la violencia doméstica. Buscan considerar una relación directa entre la violencia contra los animales de compañía y la violencia de género, particularmente se atiende a considerar esta violencia contra las mascotas como un factor de riesgo del cual podría derivarse otros actos de violencia en el ámbito intrafamiliar o doméstico.

 

MÉTODO

El planteamiento realizado por los investigadores para el desarrollo del método es mediante la indagación, recolección y análisis crítico documental y referencial bibliográfico, basándose en la exploración metódica, rigurosa y profunda de diversas fuentes documentales conformadas por artículos y leyes, describiendo los hallazgos encontrados. En la investigación, se ha empleado como técnica la revisión documental, la cual permite obtener información valiosa para encuadrar los acontecimientos, problemas y reacciones más usuales de personas y culturas que son objeto de análisis. (Sánchez et al, 2021).  Se recurre, además, al método inductivo-deductivo, el cual propone que para hallar una verdad se deben escudriñar los hechos y no basarse en meras especulaciones, igualmente a partir de afirmaciones generales para llegar a las específicas. (Dávila, 2006).

 

RESULTADOS

Se muestra a continuación los resultados obtenidos luego del desarrollo del método planteado por los investigadores.

 

Caracterización de la violencia doméstica

En la violencia doméstica pueden encontrarse presentes tanto la violencia contra la mujer así como los maltratos y las agresiones hacia los infantes y las personas mayores; en líneas generales el aspecto doméstico es el ámbito en el cual puede tener lugar la violencia de género, que se puede expresar de formas físicas o psicológicas, por medio de comportamientos, acciones u omisiones que pueden llegar a involucrar actos de naturaleza sexual, financiera o económica, entre otras, ya que cada caso que es denunciado o del que se tiene conocimiento presenta sus características propias, así como sus consecuencias y derivaciones en la salud física y psicológica de las personas que resulten ser víctimas.

A este respecto, Morfín y Sánchez (2015) aluden que la violencia doméstica afecta la salud mental de las mujeres víctimas de ella, en tanto que una mujer víctima de violencia física tendrá mayor riesgo de sufrir malestar emocional; y, si es víctima de agresión verbal o física de su pareja, tiene mayor probabilidad de padecer depresión; lo cual conlleva a la creación de un patrón producto de la interdependencia entre violencia doméstica y depresión; puesto que según estos autores las mujeres deprimidas se involucran en relaciones violentas, y a pesar de las situaciones de violencia, estas mujeres se sienten con el deber de ayudar a su familia o su pareja, dejando de lado su bienestar físico, mental y económico.

Como se menciona no solo la mujer es la víctima de la violencia doméstica, puesto que ésta tiene lugar en el hogar, todas las personas que conviven en este núcleo resultan de forma directa o indirecta violentados por estas situaciones de maltrato o agresiones físicas o psicológicas, si bien tradicionalmente la violencia doméstica tiene implicaciones de género, en el cual la pareja masculina resulta ser el sujeto activo y la mujer el sujeto pasivo de los comportamientos, acciones u omisiones que generan la violencia doméstica.

En este sentido, se puede indicar que la violencia doméstica es una forma de manifestación de poder, de control y de manipulación en la relación familiar, tanto entre la relación de pareja como en las relaciones de padres e hijos, puesto que atiende al maltrato y a las agresiones en contra de personas vulnerables, destacando junto a la mujer, los niños y niñas, los adolescentes y los adultos mayores.

Al respecto, la violencia doméstica atenta contra lo que describen González et al. (2019) como un ambiente familiar funcional, en el cual se promueve una buena salud mental en sus miembros; se trata de ambientes que procuran la salud familiar, la cual no es la suma mecánica de la salud de cada miembro, sino que se encuentra referida a la percepción integral de cada persona para satisfacer sus necesidades familiares de tipo biológico, psicológico y social.

Por lo tanto, las medidas de protección son decisivas para garantizar que las mujeres puedan alejarse de situaciones de peligro y reconstruir sus vidas sin la constante amenaza del agresor. (Núñez-García et al., 2023).

 

Los animales víctimas instrumentales de la violencia doméstica

Antes de entrar al análisis en el punto sobre los animales como víctimas instrumentales de la violencia doméstica, resulta pertinente advertir que la doctrina consultada (Hernández y Fuentes, 2018) diferencia entre los términos animales domésticos y animales de compañías o mascotas, identificando entre los primeros, aquellos que han sido objeto de domesticación, proceso por el cual los animales pierden, adquieren o desarrollan ciertos caracteres morfológicos, fisiológicos o de comportamiento, los cuales son heredables y son producto del contacto prolongado con el ser humano.

Mientras que cuando se habla de animal de compañía o mascota, se hace referencia a un animal que ha pasado por ese proceso y se encuentra domesticado, pero el elemento esencial lo reviste el hecho de que se conserva con el propósito de brindar compañía o para disfrute del poseedor, siendo seleccionados como animales de compañía principalmente por su comportamiento y adaptabilidad, a la vez de su capacidad de interacción con los humanos. A los efectos de esta investigación, se empleará de manera indistinta ambas expresiones.

Los autores, Caravaca y Sáez (2022) describen tres sucesos que permiten ilustrar la situación de los animales en casos de violencia doméstica, un hombre robó y mató al perro de su exnovia para cocinarlo y “dárselo de cena”; otro hombre disparó contra los caballos de su mujer al errar el disparó contra sus hijos; y otro agresor estampó contra el suelo al cachorro que había regalado días antes a su mujer y le pisó la cabeza provocándole la muerte.

Además, en algunos casos de violencia contra los animales en el entorno doméstico, el agresor tiene conocimiento de la falta de protección legal de los animales, y en otros, dadas las dificultades en atención por parte de las autoridades, ya que estos hechos ocurren tras puertas cerradas, en el fuero privado de la familia o de la pareja.

En este sentido, Herbert (2020) afirma que el maltrato animal en los hogares con violencia doméstica es considerado un tipo de abuso emocional, debido a que las amenazas de daño y actos de maltrato generan angustia en los miembros de la familia. Continuando con el autor, plantea que existen cada vez más estudios que revelan como en los hogares en los cuales existe violencia doméstica y abuso infantil se muestran niveles elevados de maltrato animal en comparación con aquellos en los cuales no hay manifestaciones de violencia. También informa un dato alarmante según el cual en su investigación las mujeres víctimas de violencia doméstica que reportaron maltrato a sus animales de compañía, experimentaron mayores niveles de abuso físico, sexual y psicológico dirigido a ellas en comparación con mujeres que no informaron maltrato a sus animales por parte de su pareja.

Por su parte, Caravaca y Sáez (2022) plantean que el maltrato animal puede ser considerada como una de las formas en que se expresa la violencia de género, particularmente identificada como del tipo de violencia ambiental, la cual comprende toda aquella violencia que se ejerce contra el entorno material, como destrozar objetos personales entre los que se incluyen los animales domésticos, a los que se maltratar, con la finalidad de quebrantar y aleccionar a la persona que los quiere y se ocupa de ellos.

Sin embargo, para aquellos que consideran al animal, especialmente las mascotas o los animales de compañía, como parte del núcleo familiar; es decir, como un miembro de la unidad familiar bajo el concepto amplio de la familia, que la identifica como una agrupación “interespecie o multiespecie”, el animal de compañía se convierte en la víctima directa de la agresión, y requerirá una protección particular dado el nivel de vulnerabilidad, así como la tipificación como delito del maltrato animal independientemente de si se encuentra relacionado con la violencia doméstica o la violencia de género.

Por otro lado, según refiere Arregui (2022) existe cada vez un cambio de sensibilidad social producto de los avances científicos que afirman la sintiencia animal, que promueve la “descosificación” de los animales y una legislación autónoma e independiente cuyo objetivo es lograr el bienestar animal, todo lo cual da cuenta de una evolución de la sociedad hacia la intolerancia al maltrato animal, no obstante, tal tendencia no se ha recogido de forma unánime ni global.

Desde la perspectiva de práctica veterinaria Fernández y María (2022) sostienen que se han establecido un conjunto de criterios que permiten realizar la clasificación del maltrato animal, ya que, si bien se ha indicado que existen múltiples tipologías del maltrato, estos autores destacan las referidas al maltrato activo, y al maltrato por negligencia.

Se entiende por maltrato activo todas aquellas prácticas de maltrato físico en las que interviene el agresor de forma dinámica, provocando un daño físico y mental, el cual es ocasionado por acciones físicas, voluntarias e intencionadas hacia el animal, y que en definitiva conllevan a la generación de lesiones físicas que causan severas consecuencias sanitarias, así como daño mental en el animal afectado. El maltrato físico suele ser el más fácil de detectar y demostrar, resultan ser lesiones visibles y detectables en exámenes físicos, o tienen lugar en situaciones en las cuales hay presencia de testigos.

Por su parte, el maltrato psicológico comporta las actitudes o acciones e incluso omisiones del agresor que generan trastornos graves en el conducta de la víctima, ya que altera su relación con el entorno y/o su capacidad de relacionarse con otros seres; Fernández y María (2022) describen este tipo de maltrato como un disconfort psicológico del animal, a causa de expresiones verbales o corporales amenazantes dirigidos hacia la mascota, dentro de los que resultan más comunes los gritos  o  gestos  de  ira.

El maltrato animal por negligencia corresponde a los comportamientos de maltrato asociados a la falta de cuidado básico, como no cubrir las necesidades fisiológicas de alimentos, agua y refugio del animal, que éste no reciba atención sanitaria cuando haya lesiones o enfermedades y/o abandono de éste. Como todo acto de negligencia, puede tener como origen la ignorancia o el descuido.

La importancia que tiene la atención de los indicadores y de los factores de riesgo de la violencia doméstica se encuentra en las consecuencias de ésta; ya que, en la mayoría de los casos de suicidios de mujeres, así como de femicidios, y otros sucesos fatales que ocurren en el hogar, son la conclusión de un largo tiempo de padecimiento de actos de violencia doméstica que escalan a un nivel superlativo. Por lo que, como ha mencionado la doctrina, dentro de los indicadores de la presencia de violencia doméstica de índole psicológica propinada por la pareja masculina contra la mujer, tiene como víctimas directas del maltrato o la agresión no solo a los infantes y a los adultos mayores, sino cada vez más a los animales de compañía pertenecientes a la mujer.

 

La investigación del maltrato animal en casos de violencia doméstica

Los investigadores Sánchez et al. (2022) sostienen que la violencia de género tiene como base las jerarquías de poder, en las cuales el sometimiento y el control de un ser sobre otro se convierten en el asiento de la relación abusiva; en la cual el hecho de infringir daño a los animales no humanos resulta ser un indicador del riesgo de posibles agresiones futuras o coetáneas a otras personas, así como de que estas agresiones sean más severas y recurrentes en el entorno intrafamiliar o doméstico.

Igualmente, en la investigación de Caravaca y Sáez (2022) se menciona la necesidad de incluir protocolos de actuación tanto de la policía como de la fiscalía junto a herramientas que permitan el diagnóstico, la valoración y el seguimiento de la violencia de género en la que se incluyan a las mascotas o animales de compañía de las mujeres víctimas, con el propósito de determinar su ocurrencia como factor de riesgo, junto al desarrollo y la promoción de recursos de ayuda y protección para las mujeres víctimas de violencia de género que incluyan el procedimiento con sus mascotas, lo cual se puede extender a los demás miembros del núcleo familiar que pueden ser víctimas de violencia doméstica, como se ha mencionado infantes y adultos mayores. Por consiguiente, la implementación de políticas públicas efectivas debe considerar los factores sociodemográficos para diseñar estrategias de prevención y protección dirigidas a las poblaciones más expuestas. (Pérez Yari et al.,2024).

 

 

Situación del maltrato animal en la legislación ecuatoriana

Dentro de las manifestaciones de la violencia contra la mujer y el núcleo familiar que conforman el objeto de la Ley para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (2018) que se encuentra vigente en el país, no se menciona de forma expresa el maltrato de los animales domésticos o de mascotas como forma de expresión de la violencia intrafamiliar o doméstica, la cual comprende el contexto en el que la violencia es ejercida en el núcleo familiar.

Según el numeral 1 del artículo 12 de esta ley, la violencia intrafamiliar o doméstica es ejecutada por parte del cónyuge, la pareja en unión de hecho, el conviviente, los ascendientes, los descendientes, las hermanas, los hermanos, los parientes por consanguinidad y afinidad y las personas con las que la víctima mantenga o haya mantenido vínculos familiares, íntimos, afectivos, conyugales, de convivencia, noviazgo o de cohabitación.

Si bien no se hace mención en el texto de la Ley, al maltrato de los animales domésticos como un factor de riesgo de la ocurrencia de violencia intrafamiliar o doméstica, la misma puede tener lugar como una forma de violencia psicológica, la cual a tenor de esa ley conlleva cualquier acción, omisión o patrón de conducta dirigido, entre otros, a causar daño emocional, disminuir la autoestima, perturbar, controlar la conducta, el comportamiento, las creencias o las decisiones de una mujer, mediante la humillación, intimidación. Asimismo, se incluye dentro de la caracterización de la violencia psicológica la manipulación emocional, mediante conductas abusiva.

Por otra parte, el maltrato animal se encuentra tipificado como delito dentro del Código Orgánico Integral Penal (2014), que no solo busca la protección de perros y gatos, considerados como las mascotas o animales de compañía por excelencia; sino que al haberse incorporado en la última reforma del mencionado código, la expresión “fauna urbana”, se incluye como bien jurídico protegido a un grupo mayor de especies animales no humanas que se han adaptado, desenvuelto y sobreviven en las ciudades, entre las que se destacan aves, roedores, insectos, reptiles y anfibios.

Según el Código Orgánico Ambiental (2017) la fauna urbana está compuesta por los animales domésticos, los animales que tienen como hábitat espacios públicos y áreas verdes, y los animales que constituyen un riesgo por el contagio de enfermedades en el perímetro cantonal (artículo 140). Destacando el literal 5) Abandono de animales de compañía, (artículo 250.3) del Código Orgánico Integral Penal (COIP) se sanciona a la persona que abandone a un animal de compañía con trabajo comunitario de veinte a cincuenta horas.

De estas disposiciones es pertinente anotar, el uso de la expresión de “animales de compañía” en el delito de abandono, aunque no se hace distinción ni una caracterización particular dentro del contexto de la legislación penal, se puede delimitar conforme al artículo 142 del COA, que se refiere a los animales que ha sido reproducidos, criados o mantenidos con la finalidad de vivir y acompañar a las personas; es decir, las mascotas o que hasta el momento de ocurrir el abandono compartían la vivienda u hogar con el sujeto activo del abandono.

De igual forma, es menester mencionar que ninguna de las disposiciones comentadas del COIP hacen referencia directa a la violencia de género en el entorno intrafamiliar o doméstico, y en igual sentido ocurre con las disposiciones del COA que buscan la promoción y la garantía del bienestar animal, a través de erradicar la violencia contra los animales, fomentar un trato adecuado para evitarles sufrimientos innecesarios y prevenir su maltrato. Sin embargo, como se ha descrito a lo largo de la investigación, todas estas acciones u omisiones de violencia contra los animales domésticos pueden formar parte de un elenco de situaciones de violencia doméstica, que sin duda propician la violencia psicológica de forma directa e indirecta a todos los miembros del núcleo familiar.

 

 

DISCUSIÓN

Los resultados indican una clara conexión entre el maltrato animal y la violencia doméstica. La crueldad animal no solo es un acto de violencia por sí mismo, sino que también sirve como un indicador de riesgo y un instrumento de control dentro de una relación abusiva. Aunque la violencia doméstica y la crueldad animal no siempre coexisten, la presencia de la última aumenta significativamente la probabilidad de que la primera sea más severa y recurrente.

El marco legal ecuatoriano, si bien ha avanzado en la tipificación del maltrato animal como delito, presenta una fragmentación importante. Por un lado, sanciona los actos de crueldad contra los animales; por otro, la legislación sobre violencia doméstica no considera estos actos como un indicio formal de violencia intrafamiliar. Esta desconexión obstaculiza la investigación y la intervención temprana en casos de violencia de género.

Se evidencia la necesidad de incluir el estado de los animales de compañía en los protocolos de actuación policial y judicial. La apreciación de indicios de maltrato animal podría servir como una señal de alerta para los investigadores y profesionales del derecho, ayudando a determinar el nivel de riesgo al que se encuentran sometidas las víctimas domésticas. Asimismo, se subraya el papel de los médicos veterinarios como potenciales detectores de estos casos, similar a la función que desempeñan los profesionales de la salud y los maestros en la detección de maltrato infantil. Se plantea, además, la necesidad de un enfoque multisectorial que incluya la educación, la promoción de la igualdad de género y el fortalecimiento de los sistemas de justicia y protección.

 

CONCLUSIONES

El maltrato animal es una manifestación que puede propiciar la violencia de género y requiere una atención urgente en el ámbito de la investigación académica y la práctica legal. Si bien la legislación ecuatoriana sanciona penalmente el maltrato animal y protege a las víctimas de violencia doméstica, existe una falta de integración entre ambas normativas.

Es imperioso que los protocolos de investigación y los programas de prevención de la violencia doméstica incorporen el maltrato a los animales de compañía como un factor de riesgo. Al reconocer el vínculo entre estas dos formas de violencia, se podrá mejorar la detección temprana y la protección tanto de las víctimas.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTO

A todos los factores sociales involucrados en el desarrollo de esta investigación.

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

Arregui, R. (2022). Análisis jurídico sobre la concurrencia del ensañamiento en el delito de maltrato animal, dA. Derecho Animal (Forum of Animal Law Studies), 13(1). 6-18. https://doi.org/10.5565/rev/da.595

 

Asamblea Constituyente. (2017). Código Orgánico del Ambiente. Ley 0 Registro Oficial Suplemento 983 de 12-abr.-2017.Estado: Vigente. https://n9.cl/jlabp

 

Asamblea Nacional (2014). Código Orgánico Integral Penal. Registro Oficial Nº 180. https://url2.cl/53c6h

 

Asamblea Nacional Constituyente de la República del Ecuador, (2008). Constitución de la República del Ecuador. Montecristi. Registro Oficial 449 de 20-oct-2008. https://n9.cl/sia

 

Asamblea Nacional del Ecuador. (2018). Ley Orgánica Integral para prevenir y erradicar la violencia contra las Mujeres. Registro Oficial Suplemento 175. Quito, Ecuador. https://n9.cl/8evbi

 

Caravaca Llamas, C., y Sáez Olmos, J. (2022). La violencia hacia las mascotas como indicador en la violencia de género. Tabula Rasa: revista de humanidades, 41. 269-286. https://doi.org/10.25058/20112742.n41.12

Dávila Newman, G. (2006). El razonamiento inductivo y deductivo dentro del proceso investigativo en ciencias experimentales y sociales. Laurus, 12(Ext),180-205. https://n9.cl/nx847

 

Fernández, I., María, G. (2022). Maltrato animal: situación actual y percepción en la clínica veterinaria, dA. Derecho Animal (Forum of Animal Law Studies), 13(1). 20-33. https://doi.org/10.5565/rev/da.597

 

González-Sábado, R., Martínez-Cárdenas, A., Fernández-López, A., Fernández-López, A., Montero-Balibrea, L., & Montero-Verdecia, D. (2019). Violencia doméstica en niños y adolescentes de la Comuna Tala Hady. Revista Archivo Médico de Camagüey, 23(2), 178-187. https://n9.cl/zbauj

 

Herbert, A. (2020). Maltrato animal: las victimas ocultas de la violencia doméstica, dA. Derecho Animal (Forum of Animal Law Studies), 11(1). 14-27. https://doi.org/10.5565/rev/da.471

 

Hernández, M., y Fuentes, V. (2018). La Ley Orgánica de Bienestar Animal (LOBA) en Ecuador: análisis jurídico, dA. Derecho Animal (Forum of Animal Law Studies), 9(3). 108-126. https://doi.org/10.5565/rev/da.328

 

Morfín López, T., & Sánchez-Loyo, L. M. (2015). Violencia doméstica y conducta suicida: relatos de mujeres sobre la violencia y sus efectos. Acta Universitaria, 25, 57–61. https://doi.org/10.15174/au.2015.886

 

Morocho-Hidalgo, J. E., Quiroz-Andy, S. J., Japón-Charco, E. J., & Araujo-Escobar, E. D. P. (2024). La violencia intrafamiliar en el ámbito socio-jurídico. IUSTITIA SOCIALIS, 9(1), 768–777. https://doi.org/10.35381/racji.v9i1.3674

 

Mota-Rojas D, Monsalve S, Lezama-García K, Mora-Medina P, Domínguez-Oliva A, Ramírez-Necoechea R, García RCM. (2022). Animal Abuse as an Indicator of Domestic Violence: One Health, One Welfare Approach. Animals (Basel). 10;12(8):977. https://doi.org/ 10.3390/ani12080977

 

Núñez-García, M. F., Rúales-Sánchez, L. L., Berrones-Olvera, M. F., & Del Pozo-Franco, P. E. (2023). Medidas de protección basadas en la ley contra la mujer a usuarias víctimas de violencias. IUSTITIA SOCIALIS, 8(3), 320–328. https://doi.org/10.35381/racji.v8i3.3047

 

Ochoa Navarro, A. (2025). LA PARADOJA DEL MALTRATO ANIMAL COMO DELITO PATRIMONIAL: SUJETO ACTIVO Y PASIVO UNIFICADOS. Aula Virtual, 6(13), e418. https://doi.org/10.5281/zenodo.14871537

 

Pérez Yari, L. F., Loo Valverde, M. E., y Chanduvi Puicon, W. D. (2024). Factores sociodemográficos asociados a violencia intrafamiliar en mujeres en el Perú año 2021. Revista de La Facultad de Medicina Humana, 24(1). https://doi.org/10.25176/rfmh.v24i1.6162

 

Sánchez Bracho, M., Fernández, M., y Díaz, J. (2021). Técnicas e instrumentos de recolección de información: análisis y procesamiento realizado por el investigador cualitativo. Revista Científica UISRAEL, 8(1), 107–121. https://doi.org/10.35290/rcui.v8n1.2021.400

 

Sánchez, S., Mateos, C. y Tajahuerce I. (2022). Maltrato animal, violencia vicaria y violencia de género: La integración de recursos animales en la intervención integral de la violencia de género en el ámbito de la pareja o expareja. VISUAL REVIEW. Revista Internacional de Cultura Visual, 12 (1), 1–15. https://doi.org/10.37467/revvisual.v9.3722

 

Vacacela Márquez, S., & Mideros Mora, A. (2022). Identificación de los factores de riesgo de violencia de género en el Ecuador como base para una propuesta preventiva. Desarrollo y Sociedad, (91), 111-142. https://doi.org/10.13043/dys.91.3

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

©2025 por los autores. Este artículo es de acceso abierto y distribuido según los términos y condiciones de la licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0) (https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/).