https://doi.org/10.35381/racji.v9i1.3653
Disolución de la Asamblea Nacional como un mecanismo absolutorio en el juicio político
Dissolution of the National Assembly as an acquittal mechanism in impeachment proceedings
Luis Antonio Montalvo-Camacho
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Puyo, Pastaza, Ecuador
https://orcid.org/0000-0002-6759-024X
Mateo Nicolás Marín-Nieto
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Puyo, Pastaza, Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-6661-4169
Erick Jesús Shiguango-Grefa
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Puyo, Pastaza, Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-5694-8085
Esteban Jorge Ortiz-Marideuna
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Puyo, Pastaza, Ecuador
https://orcid.org/0009-0000-3882-0299
Revisado: 10 de diciembre 2023
Aprobado: 15 de enero 2024
Publicado: 01 de febrero 2024
RESUMEN
El objetivo general de la investigación fue analizar jurídicamente la disolución de la Asamblea Nacional como un mecanismo absolutorio en el juicio político. La presente investigación utilizó el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Apoyado en la revisión documental-bibliográfica. Además, se empleó el método inductivo-deductivo. Se planteó además el método analítico-sintético. La técnica utilizada para recabar información sobre el problema descrito fue la encuesta. Se concluye que, es evidente el vacío legal que existe, el as bajo la manga, el salvavidas o como prefieran llamarlo; para que el presidente del momento pueda librarse de ser juzgado por un hecho punible. Y esto ha sido posible porque nuestra norma suprema lo permite. Es la primera vez que se aplica y por ende su proceso y posteriormente sus efectos tendrán sus falencias.
Descriptores: Constitución; poder político; crisis política. (Tesauro UNESCO).
ABSTRACT
The general objective of the research was to legally analyze the dissolution of the National Assembly as an acquittal mechanism in impeachment proceedings. This research used the quantitative method, which produces descriptive data, originating from data collection. Supported by the documentary-bibliographic review. In addition, the inductive-deductive method was used. The analytical-synthetic method was also used. The technique used to collect information on the problem described was the survey. The conclusion is that there is clearly a legal vacuum, an ace up the sleeve, a lifeline or whatever you prefer to call it, so that the president of the moment can escape prosecution for a punishable act. And this has been possible because our supreme law allows it. It is the first time it has been applied and therefore its process and subsequent effects will have their shortcomings.
Descriptors: Constitution; political power; political crisis. (UNESCO Thesaurus).
INTRODUCCIÓN
La Constitución del Ecuador es un documento fundamental que establece los principios, políticas, deberes y organización del estado ecuatorial. Desde su primera publicación en 1830, ha sufrido numerosos cambios y actualizaciones a lo largo de su vida, pues el objetivo de satisfacer las necesidades y realizaciones del país radica en su capacidad para garantizar la estabilidad, el orden y la seguridad Justicia en la Sociedad Ecuatorial. Son fundamentales para sancionar el ordenamiento jurídico y las políticas del país, determinando el rumbo y las libertades básicas de los ciudadanos, los mecanismos de participación democrática, y los límites y funciones de los ciudadanos del Estado. Además, la Constitución del Ecuador es también un instrumento que promueve la inclusión social, la reconciliación y la respuesta a la diversidad, ilumina y protege las relaciones entre las diferentes etnias, culturas y sociedades que pertenecen a una nación que es una necesidad.
La situación sociopolítica es de suma importancia en cualquier Estado, donde intervienen no solo los políticos que han sido electos por la propia ciudadanía en legal y debida forma por su afiliación a los pensamientos de los diferentes candidatos, que, en campaña electoral se pronunciaron con las diferentes propuestas y promesas que llevarían al Ecuador, a una situación favorables donde todos seamos beneficiados, tales promesas, llevaban una base sólida por una simple razón, convencer a la sociedad en general que su plan de trabajo es el mejor y adecuada para resolver las problemáticas más evidentes en el territorio Ecuatoriano, por ello se asume que la importancia del Estudio de la “Disolución de la Asamblea Nacional” consiste en analizar las posibles causas, como la intervención del Ejecutivo junto al Legislativo que por sus diferencias en la toma de decisiones para aportar soluciones respecto a las problemáticas de salud, seguridad, económica y la empleabilidad no han podido satisfacer aquella necesidad de mejorar la situación Social-Política del Ecuador, consistiendo que durante el último periodo presidencial han existido trabas letales para emitir leyes, decretos favorables para el territorio por parte de la Asamblea Nacional y que obstruía el plan de Desarrollo Nacional, dado que por último recurso, el Ejecutivo recure a la Llamada “Muerte Cruzada” o “Disolución de la Asamblea Nacional” contemplada en el Art. 148 de la Constitución Ecuatoriana (2018).
La figura jurídica nombrada como la “muerte cruzada” se basa en una estrategia jurídico- política. De carácter más político que jurídico, según la valoración a posteriori de muchos teóricos del derecho, con la idea de impedir la lucha por el poder y así remediar o evitar los innumerables problemas de la vida política nacional. La institución jurídica de la muerte en cruz, entendida como un factor importante en la conciliación entre estos dos poderes, hace que, en caso de disolución de la Asamblea o remoción del presidente, se establezca al mismo tiempo un equilibrio de poderes definitivo, ya que se trata de un acto ambiguo, es decir, la “muerte” de una de las partes conduciría a la quema de la otra (Quispe Vargas, 2023).
Por otro lado, la muerte cruzada en la destitución del Jede del Estado Ecuatoriano tomando una noción de cuándo se aplica. Por lo tanto, expone la competencia tanto de la Asamblea Nacional como de la Corte Constitucional Ecuatoriana, sin embargo, señala que el artículo 130 de la constitución mantiene causales de un juicio político ya establecido en la constitución de 1998 y anteriores, es decir que fusiona la destitución del presidente con un juicio político hacia el mismo por parte de la Asamblea Nacional (Zabala Egas, 1993).
Sin embargo, conforme a la protección de la sociedad ecuatoriana por parte del Estado en donde aplican los principios, derechos y deberes, de modo que no exista alguna conmoción interna que provoque la inestabilidad social, por ello en nuestro país contempla el derecho a que las personas puedan ser tomadas en cuenta en el ámbito político ya sea al momento de decidir por qué candidato votar, sea cual fuere su cargo como autoridad pública, a su vez asegura el derecho a que podamos ser elegidos por la población, del mismo modo si generamos conflicto o conmoción en cuando al desarrollo de nuestras actividades y del entorno en el que nos desenvolvemos como autoridades de elección popular podremos ser destituidos de nuestro cargo, esto sucede mediante el proceso llamado Disolución de la Asamblea Nacional contemplado en el artículo 148 de la Constitución, de manera conexa, La institucionalidad ecuatoriana desde 1830 ha sufrido una crisis política en la cual se han visto involucrados el legislativo y el ejecutivo, ya que tienen una relación y al mismo tiempo una disputa de poder, ya que estos problemas internos afectan a la ciudadanía en general al existir una conmoción interna como lo estipula en el artículo 148 numeral 3 de la Constitución de la República del Ecuador, por ende, afecta tanto al gobierno, como a la población en general, dando paso a que sea la primero Disolución en el Ecuador y sea la sexta en América Latina, conforme a que los antecedentes por este Articulo y situación política resultan ser meramente teóricos o analíticos por parte de los profesionales del Derecho, expertos en Materia Constitucional, por lo tanto, desde año 2008 hasta el 2023 han pasado 15 años sin haberse aplicado esta normado desde la nueva Constituyente, es decir, no hubo antecedente alguno, además de los análisis por la Corte Constitucional y los Doctrinarios.
En este mismo orden de ideas, la Muerte Cruzada es una herramienta jurídica que obligue a una relación de colaboración y complementariedad obligatoria entre el Ejecutivo y el Legislativo, con este criterio sobre la obligatoriedad, lo señalamos en concordancia a las continuas relaciones de chantaje y presión entre estas dos funciones, que desgraciadamente, se convirtió en una herramienta política de presión y subordinación del Ejecutivo al Legislativo (Banegas Cedillo, 2014).
Por otro lado, los poderes que intervinieron en la Disolución de la Asamblea Nacional conforman una grave problemática por sus integrantes producto de ello nacen las disconformidades entre el mandatario y el legislativo; lo que provoca una conmoción y genera conflicto al momento de crear planes y leyes a favor de la sociedad ecuatoriana a razón de que los Asambleístas no ejercieron su cargo de manera correcta juntamente con el Presidente electo a cargo, por lo tanto, nace la problemática de como reconocer los factores que acontece a la Muerte Cruzada en un Estudio de recopilación de información mediante el Derecho Comparado en América Latina, procurando el uso de métodos más fiables a la investigación, por el hecho que en Ecuador, no ha existido esta problemática en los últimos 15 años de, constando que el análisis comparativo frente a los países vecinos sean un punto de partida clave para comprender como surge y se debería llevar a cabo la situación social-política, además de conocer como son los procedimientos en los países que se ha llevado una situación similar, es decir, el procedimiento Constitucional.
Por tanto, el contexto histórico ecuatoriano sobre La Muerte Cruzada es escasa, ya que se denomina un tema trascendental y nuevo, lo que provee que los métodos para analizar esta temática resulten ser de naturaleza cualitativa y analítica, lo que constituye que los objetivos sean en relación obligatoria a las antes mencionadas.
Finalmente, la situación en el Ecuador constituye un precedente histórico en el marco social y político debido a las intervenciones por parte del legislador y el ejecutivo que constan de ciertas circunstancias para que se dé a cabo la Disolución de la Asamblea Nacional en el territorio ecuatoriano, por ello, se entiende los estudios realizados desde el 2008 hasta la actualidad donde se ha dejado evidenciado los vacíos legales en el artículo 148 de la constitución únicamente por el hecho de que pueda existir la figura del hiper presidencialismo en el contexto jurídico
En la presente investigación se plantea como objetivo general analizar jurídicamente
la disolución de la Asamblea Nacional como un mecanismo absolutorio en el juicio político.
MÉTODO
La presente investigación utiliza el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Apoyado en la revisión documental-bibliográfica. Además, se aplica el método inductivo-deductivo, el cual sugiere que para encontrar una verdad se deben buscar los hechos y no basarse en meras especulaciones, además de partir de afirmaciones generales para llegar a específicas (Dávila, 2006). Se plantea además el método analítico-sintético por medio del cual, se descompone un todo en partes extrayendo cualidades, componentes, relaciones y más para posteriormente unir las partes analizadas y con ello descubrir características y relaciones entre los elementos (Rodríguez y Pérez, 2017). La técnica utilizada para recabar información sobre el problema descrito es la encuesta, a través de la aplicación de un cuestionario. a una muestra de 30 personas que estudian en diversos niveles educativos.
RESULTADOS
Se muestra a continuación los resultados obtenidos.
Preguntas formuladas.
1. ¿Qué opinión le merece la ejecución de la disolución de la Asamblea Nacional por primera vez en la historia del Ecuador?
2. ¿Piensa usted que la disolución de la asamblea fue justificada referente a las causales contempladas en el artículo 148 de la Constitución? Exponga su criterio. (ART 148:"La presidenta o presidente de la República por ley podrá disolver la Asamblea Nacional cuando, a su juicio, ésta se hubiere arrogado funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional; o si de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, o por grave crisis política y conmoción interna") (ART. 148 De la Constitución de la República del Ecuador).
3. ¿Cree que la disolución de la Asamblea Nacional está generando más efectos positivos o negativos en el Estado ecuatoriano? Exponga su criterio.
4. ¿Considera que está correctamente contemplado y la disolución de la Asamblea en el Ecuador en el artículo 148 de la constitución? Exponga su criterio.
5. ¿Considera que está correctamente aplicado la disolución de la Asamblea en el Ecuador en el artículo 148 de la Constitución? Exponga su criterio.
6. ¿Cree usted que el proceso de la disolución de la Asamblea Nacional presenta algunos vacíos legales? Explique.
7. ¿Qué cree que debería ocurrir con la disolución de la Asamblea Nacional cuando el presidente se encuentra inmiscuido en un juicio político?
8. ¿Considera correcto que el presidente pueda disolver la Asamblea Nacional con el fin de evitar de este modo la continuidad de un juicio político seguido en su contra? Explique.
Figura 1. Resultados de la encuesta.
Elaboración: Los autores.
Según el artículo 151 del Código Orgánico de Garantías Jurisdiccionales y El Control Constitucional establece que el presidente, en el decreto de disolución del Asamblea Nacional por atribución de funciones, deberá explicar la pertinencia de la aplicación del precepto constitucional a estos actos y que antes de la publicación del decreto en el Registro Oficial, el Tribunal Constitucional deberá aprobar con las dos terceras partes de los miembros del pleno (Gallardo Lastra, 2014).
En la perspectiva de los distintos autores, sobre la disolución de la Asamblea Nacional, existen diversos pronunciamientos respecto a su inconstitucionalidad, como su aceptación por parte de la Corte Constitucional, cual había rechazado las seis demandas realizadas por el poder Legislativo en relación, que, el mecanismo utilizado por el presidente de la República no fue legal, sino un acto en contra la democracia al intentar evadir el juicio político por el delito de peculado en el caso de corrupción, aconteciendo que la tensión entre los poderes no eran las más aptas para gobernar, en correspondía a que la Asamblea Nacional no ejercía de la mejor manera sus atribuciones al no dar paso los planes por parte del Ejecutivo, incurriendo en graves problemas políticos-sociales que afectaban al Estado, creando problemáticas difíciles de resolver, es así La aplicación de la muerte cruzada en Ecuador va a demostrar si es útil como válvula de escape a las tensiones políticas entre funciones del Estado, más allá de concebirse como puro blindaje del hiperpresidencialismo. (Echeverría, 2023). El estudio y análisis de la disolución de la Asamblea Nacional trae consigo diversas opiniones y argumentaciones jurídicas en el marco de que no ha existido precedentes históricos para que se tomen los respectivos actos procesales correspondientes, debido que es la primera vez que se activa este mecanismo en la historio del Ecuador, referente a esta premisa, en los resultados obtenidos a través de la encuesta en línea en el cantón Puyo, Provincia de Pastaza.
DISCUSIÓN
La problemática denominada “muerte cruzada” mantiene una relación y discusión con el artículo publicado por la Universidad del Azuay, establecido como “La muerte cruzada en el constitucionalismo ecuatoriano ¿hay que mantenerla? A su vez, la problemática investigada y el artículo mencionado, se han corroborado una semejanza en cuanto a los artículos estudiados dentro de la presente investigación que son los artículos 130 y el 148 normalmente reglada para dar potestad al Presidente de la República del Ecuador de disolver la Asamblea Nacional con sus causales normadas en la Constitución de la República del Ecuador del 2008, conforme a que se intenta equilibrar el Poder Legislativo del Poder Ejecutivo, con las controversias analizadas en las que se discrepa que existe un grado de favorabilidad hacia el Presidente de la República del Ecuador sobre la Asamblea Nacional, en lo que podríamos encontrar un “hiperpresidencialismo” por lo cual se está vulnerando la democracia. Una diferencia que se ha encontrado en el artículo en investigación con el artículo en comparación se logró establecer en que dicha investigación estudiada se recomienda establecer de una mejor manera la “muerte cruzada” dando un mayor equilibrio del Poder Legislativo y el Ejecutivo, en comparación al artículo que se tomó de referencia que establece la eliminación de la figura “muerte cruzada” que llega a originar una crisis en la institucionalidad del Ecuador (Chalco Salgado, y Flores Orellana, 2023).
En la disolución de los poderes tanto legislativo como ejecutivo debe primar en todo momento la garantía de que las dos puedan convivir en un ambiente de igualdad y generar democracia a los ciudadanos, más no puede existir una situación donde se haga un mal uso de esta, opinión de la mayoría de los profesionales encuestados y que también la sostenemos los autores del presente trabajo investigativo. Es necesario aclarar que su aplicación fue justificada por la causal por la que fue invocada, pero hay que identificar el contexto de la situación en la que se encontraba y como nuestro mandatario hizo un mal uso de esta, para su beneficio, más no lo realizó por el bien del país, simplemente fue para salir ileso de un juicio que se procesaba en su contra, qué quien sabe el fin que este juicio podría haber tenido.
Se resalta un criterio que se tiene en común. Esto es en referencia a lo que manifiestan sobre una reforma inmediata a la Constitución de la República del Ecuador, específicamente en su artículo 148, el cual tratamos en nuestro presente trabajo científico; compartimos dicha afirmación, ya que después de haber analizado a profundidad diferentes aspectos, en cuanto a los antecedentes refiriéndonos a los anteriores mandatarios que hemos tenido, esto desde que ingresó nuestra Constitución en el año 2008; el contexto del juicio político en el que se encontraba inmerso Guillermo Lasso, y además se ha contemplado futuras aplicaciones del artículo antes mencionado. Por todo aquello se puede afirmar que no hay otra opción que no sea la de establecer de manera clara y precisa, dicho sea de paso, que así debe ser la ley, que no se podrá aplicar la disolución de la asamblea cuando al presidente se le esté investigando por un juicio político y menos aun cuando este juicio ya haya iniciado (Buenaño Santo et al., 2022).
CONCLUSIONES
Es evidente el vacío legal que existe, el as bajo la manga, el salvavidas o como prefieran llamarlo; para que el presidente del momento pueda librarse de ser juzgado por un hecho punible. Y esto ha sido posible porque nuestra norma suprema lo permite. Es la primera vez que se aplica y por ende su proceso y posteriormente sus efectos tendrán sus falencias, pero el hecho de que una persona y más un presidente tenga esta opción cuando se ve acorralado, resulta inadmisible. Proyectándonos hacia el futuro, pero esperando que no ocurra, no se volverá a intentar dar comienzo a un juicio político en contra de un mandatario porque siempre existirá la posibilidad de mandar a muerte cruzada y que aquello quede en la impunidad. Concluimos con nuestro trabajo manifestando que se debería reformar el artículo 148 de la Constitución de la República del Ecuador.
FINANCIAMIENTO
No monetario.
AGRADECIMIENTO
A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, sede Puyo, por motivar el desarrollo de la Investigación.
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