https://doi.org/10.35381/racji.v9i1.3469
El derecho constitucional a la inclusión de las personas en situación de movilidad
The constitutional right to inclusion of persons with mobility impairment
Emilia Julieth Andrade-Lara
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ibarra, Imbabura
Ecuador
https://orcid.org/0009-0006-9308-4654
Lixy Victoria De Jesús-De Jesús
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ibarra, Imbabura
Ecuador
https://orcid.org/0009-0002-6391-2245
Aracely Cristina Chango-Carrión
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ibarra, Imbabura
Ecuador
https://orcid.org/0009-0001-6598-7286
María Elena Infante-Miranda
ui.mariainfante@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ibarra, Imbabura
Ecuador
https://orcid.org/0000-0002-0828-1383
Revisado: 10 de diciembre 2023
Aprobado: 15 de enero 2024
Publicado: 01 de febrero 2024
RESUMEN
El objetivo general de la investigación fue analizar jurídicamente el derecho constitucional a la inclusión de las personas en situación de movilidad. La presente investigación utilizó el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Apoyado en la revisión documental-bibliográfica. Además, se aplicó el método inductivo-deductivo. Se planteó además el método analítico-sintético. La técnica de la encuesta utilizada para recabar información, el cuestionario fue aplicado a 106 personas. Con la ayuda de la herramienta tecnológica Google Forms. Se concluye que, las personas que hayan sido desplazadas tendrán derecho a recibir protección y asistencia humanitaria emergente de las autoridades, que se les asegure el acceso a alimentos, alojamiento, vivienda, servicios médicos y sanitarios; el Estado debe velar por los derechos de las personas en situación de movilidad y ejercerá la rectoría de la política migratoria a través del órgano competente.
Descriptores: Derecho de migración; igualdad de oportunidades; inclusión social. (Tesauro UNESCO).
ABSTRACT
The general objective of the research was to legally analyze the constitutional right to inclusion of people with mobility impairments. This research used the quantitative method which produces descriptive data, which originates from data collection. Supported by the documentary-bibliographic review. In addition, the inductive-deductive method was applied. The analytical-synthetic method was also used. The survey technique used to collect information; the questionnaire was applied to 106 people. With the help of the technological tool Google forms. It is concluded that people who have been displaced have the right to receive protection and emergency humanitarian assistance from the authorities, that they are ensured access to food, shelter, housing, medical and health services; the state must ensure the rights of people in a situation of mobility and exercise the steering role of migration policy through the competent body.
Descriptors: Migration law; equal opportunities; social inclusion. (UNESCO Thesaurus).
INTRODUCCIÓN
La movilidad de las personas de una ciudad o región a otra dentro de un mismo país, o entre las fronteras de los países y regiones del mundo no es un fenómeno reciente. En toda la historia de la humanidad, en mayor o menor medida y bajo condiciones que pueden ser analizadas a partir de múltiples variables, los seres humanos han migrado (Llamas, 2018).
Se considera la movilidad humana un derecho a la igualdad personal, a la integridad física, psíquica, moral, sexual y a una vida libre de violencia en el ámbito público y privado, como se estipula en la Constitución de la República del Ecuador (2008) Artículos 40, 66, 391 y 392, en los que se manifiesta que el Estado garantizará la inclusión de las personas que se encuentran en esta situación, sin importar su nacionalidad. De esta manera se reconoce que las personas tienen el derecho a migrar, por ello, no se identificará ni se considerará a ningún ser humano como ilegal por su condición migratoria, como establece la Constitución de la República del Ecuador (2008) Artículo 40. La protección inmediata y efectiva de derechos fundamentales o humanos frente al poder estatal, es una medida para prevenir vulneraciones en contra de grupos migratorios (Guapulema Laborde et al., 2023).
En la actualidad, la migración hacia el Ecuador ha ido en aumento. El país se ha convertido en un lugar de tránsito para personas que se dirigen hacia otros lugares, fundamentalmente venezolanos; también ha sido tomado como destino de miles de migrantes que llegan en busca de mejores oportunidades, tal y como ha ocurrido con ciudadanos ecuatorianos que han emigrado, y en la actualidad emigran hacia otras latitudes, lo que afirman Santacruz et al. (2022).
La ciudad de Ibarra se encuentra en la ruta que siguen los migrantes que entran por la frontera al norte de Ecuador; por ello se aprecia una considerable presencia de estas personas, en diferentes partes de la ciudad. Uno de los sitios donde se agrupan estas personas es el sector de la Terminal terrestre de Ibarra. Allí se puede observar a hombres y mujeres, acompañados de niños de diferentes edades y con las pocas pertenencias que poseen. La observación de esta situación indica que los migrantes se encuentran en condiciones de insalubridad, expuestos a enfermedades, comen lo que pueden sin ninguna medida higiénica, tienen una mala alimentación, la que depende, generalmente, de lo que les ofrezcan; algunos se dedican a la mendicidad, se encuentran propensos a la inseguridad de la zona. Por otra parte, debe mencionarse que en ocasiones su comportamiento altera el normal desenvolvimiento de la vida en el sector, por lo que son rechazados por la ciudadanía, la que llega a manifestar xenofobia hacia ellos. La movilidad de las personas como imperativo del funcionamiento social, progresivamente adquirió un mayor reconocimiento que dio lugar a la emergencia de un nuevo campo de disputa: el derecho a la movilidad (Hernández y Pérez, 2021).
En la presente investigación se plantea como objetivo general analizar jurídicamente el derecho constitucional a la inclusión de las personas en situación de movilidad.
MÉTODO
La presente investigación utiliza el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Apoyado en la revisión documental-bibliográfica. Además, se aplica el método inductivo-deductivo, el cual sugiere que para encontrar una verdad se deben buscar los hechos y no basarse en meras especulaciones, además de partir de afirmaciones generales para llegar a específicas (Dávila, 2006). Se plantea además el método analítico-sintético por medio del cual, se descompone un todo en partes extrayendo cualidades, componentes, relaciones y más para posteriormente unir las partes analizadas y con ello descubrir características y relaciones entre los elementos (Rodríguez y Pérez, 2017). La técnica de la encuesta utilizada para recabar información sobre el problema descrito, a través de la aplicación de un cuestionario a una muestra conformada por 106 personas a las cuales se les aplicó el Cuestionario. Con la ayuda de la herramienta tecnológica Google Forms.
RESULTADOS
Pregunta 1 ¿Con qué frecuencia observa la presencia de migrantes en el sector de la Terminal, en Ibarra?
Figura 1. Presencia de migrantes en el sector de la Terminal, en Ibarra.
Elaboración: Los autores.
En la figura 1, se observa que el 47.2% de los encuestados indica que observa, en ese sector, la presencia de migrantes periódicamente; se destaca la importancia de abordar adecuadamente la situación de estas personas. Esto implica la necesidad de implementar políticas y programas que fomenten su inclusión, respetando sus derechos y brindándoles las oportunidades necesarias para su integración a la sociedad local.
Pregunta 2 ¿Ha prestado ayuda a alguna persona en situación de movilidad en el sector de la Terminal, en la ciudad de Ibarra?
Figura 2. Percepción sobre la ayuda a personas en situación de movilidad.
Elaboración: Los autores.
La figura 2, muestra que el 55,7% de los encuestados expresa que ha brindado ayuda a personas en situación de movilidad en este sector. Esto resalta la importancia de la solidaridad y la ayuda humanitaria en apoyo a aquellos que enfrentan desafíos debido a su situación migratoria.
Pregunta 3 Seleccione la alternativa en la que usted ha visto que se encuentra la persona en situación de movilidad en este sector.
Figura 2. Situación de movilidad en este sector.
Elaboración: Los autores.
Los encuestados reconocen que las personas en situación de movilidad, en este sector, viven en la insalubridad, propensos a enfermedades y al peligro y que, además, padecen desnutrición. Estos criterios indican que estas personas se encuentran en pésimas condiciones: en asentamientos informales, en campamentos improvisados, en hacinamiento, sin acceso a servicios básicos de saneamiento y agua potable; en resumen, en condiciones precarias y con falta de higiene, lo que aumenta los riesgos para su salud y su calidad de vida y también de la ciudadanía.
DISCUSIÓN
La movilidad de las personas es un fenómeno global, el que responde a diferentes causas: económicas, políticas, religiosas, entre otras, como plantean Santacruz et al. (2022). Los resultados de la investigación desarrollada coinciden con los aportados por estos autores, pues en el sector de la Terminal, en Ibarra existe un número elevado de migrantes venezolanos, quienes llegan a Ecuador buscando otras oportunidades.
La Organización de las Naciones Unidas. (ONU) establece los derechos humanos y desarrolla políticas para fomentar su respeto; sin embargo, se reconoce que hay personas que sufren discriminación por xenofobia, que viven en condiciones insalubres, en la inseguridad, entre otras situaciones adversas como afirman Barragán et al. (2022).
La Constitución de la República del Ecuador (2008) establece que se reconoce el derecho de las personas a migrar, por lo que no se identificará, ni se considerará a ningún ser humano como ilegal por su condición migratoria. Esto quiere decir que el Estado ecuatoriano velará por los derechos de las personas en situación de movilidad y ejercerá la rectoría de la política migratoria a través del órgano competente en coordinación con los distintos niveles de gobierno.
Con el propósito de garantizar lo mencionado, el Estado diseñará, adoptará, ejecutará y evaluará políticas, planes, programas y proyectos, y coordinará la acción de sus organismos con la de otros Estados y organizaciones de la sociedad civil que trabajen en movilidad humana a nivel nacional e internacional. La investigación realizada indica que estas disposiciones constitucionales no se respetan en el sector de la Terminal, en Ibarra, pues allí se aprecia a grupos de migrantes que permanecen en condiciones precarias al no tener derecho a una vida digna.
Al respecto la Ley de Movilidad Humana (2017) destaca que:
Artículo 1.- Objeto y ámbito. La presente Ley tiene por objeto regular el ejercicio de derechos, obligaciones, institucionalidad y mecanismos vinculados a las personas en movilidad humana, que comprende emigrantes, inmigrantes, personas en tránsito, personas ecuatorianas retornadas, quienes requieran de protección internacional, víctimas de los delitos de trata de personas y de tráfico ilícito de migrantes; y, sus familiares.
La situación que revela la investigación sobre la acogida de las personas en situación de movilidad, las que no son aceptadas por la comunidad receptora, lo que trae consigo su discriminación, agravando las condiciones en que viven, concuerda con el estudio realizado por Sánchez (2022), quien señala la necesidad de fortalecer los esfuerzos para asegurar la integración de estas personas al país de acogida.
CONCLUSIONES
Las personas que hayan sido desplazadas tendrán derecho a recibir protección y asistencia humanitaria emergente de las autoridades, que se les asegure el acceso a alimentos, alojamiento, vivienda, servicios médicos y sanitarios; el Estado debe velar por los derechos de las personas en situación de movilidad y ejercerá la rectoría de la política migratoria a través del órgano competente en coordinación con los distintos niveles de Gobierno.
FINANCIAMIENTO
No monetario.
AGRADECIMIENTO
A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, Sede Ibarra, por motivar el desarrollo de la Investigación.
REFERENCIAS CONSULTADAS
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Barragán, F. D., Cartagena, N. G. Arroyo, G. F., y Mina, J. R. (2022). Inobservancia a los derechos humanos: migración irregular de grupos vulnerables a Ecuador. [Failure to respect human rights: irregular migration of vulnerable groups to Ecuador]. Universidad y Sociedad, 14(S4), 108-117. https://n9.cl/zor3t
Dávila Newman, G. (2006). El razonamiento inductivo y deductivo dentro del proceso investigativo en ciencias experimentales y sociales. [Inductive and deductive reasoning within the research process in experimental and social sciences]. Laurus, 12(Ext), 180-205. https://n9.cl/nx847
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