https://doi.org/10.35381/racji.v9i1.3440
Seguridad jurídica como derecho constitucional en la justicia indígena y la justicia ordinaria
Legal certainty as a constitutional right in indigenous justice and ordinary justice
Emma Nathalya Villarreal-López
di.nathalyaevl65@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ibarra, Imbabura
Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-5174-3857
Paula Daniela Benítez-Rosero
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ibarra, Imbabura
Ecuador
https://orcid.org/0000-0002-2440-9949
María José Narváez-Aguilar
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ibarra, Imbabura
Ecuador
https://orcid.org/0000-0003-2009-8968
Carlos Javier Lizcano-Chapeta
ui.carloslizcano@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ibarra, Imbabura
Ecuador
https://orcid.org/0000-0002-1265-9465
Recibido: 15 de octubre 2023
Revisado: 10 de diciembre 2023
Aprobado: 15 de enero 2024
Publicado: 01 de febrero 2024
RESUMEN
El objetivo general de la investigación fue analizar jurídicamente la seguridad jurídica como derecho constitucional en la justicia indígena y la justicia ordinaria. La presente investigación utilizó el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Apoyado en la revisión documental-bibliográfica. Además, se empleó el método inductivo-deductivo. Se planteó además el método analítico-sintético. Se aplicó una encuesta, con una muestra de 10 miembros de la comunidad indígena. Se concluye que, de la correcta aplicación de la justicia ordinaria y la justicia indígena se puede concluir que tienen sus diferentes métodos, pero con la misma finalidad: el orden y la seguridad jurídica; de manera que las decisiones tomadas tanto en una jurisdicción como en la otra deben estar ajustadas a los principios básicos del derecho, garantizar los derechos humanos y aplicar la verdadera justicia.
Descriptores: Derecho constitucional; sistemas jurídicos; ley. (Tesauro UNESCO).
ABSTRACT
The general objective of the research was to carry out a legal analysis of legal security as a constitutional right in indigenous and ordinary justice. This research used the quantitative method, which produces descriptive data, originating from data collection. Supported by the documentary-bibliographic review. In addition, the inductive-deductive method was used. The analytical-synthetic method was also used. A survey was carried out with a sample of 10 members of the indigenous community. It is concluded that, from the correct application of ordinary justice and indigenous justice, it can be concluded that they have their different methods, but with the same purpose: order and legal security; so that the decisions taken both in one jurisdiction and in the other must be adjusted to the basic principles of law, guarantee human rights and apply true justice.
Descriptors: Constitutional law; legal systems; law. (UNESCO Thesaurus).
INTRODUCCIÓN
La justicia indígena es parte del sistema de vida de los pueblos indígenas: no se activa únicamente cuando existen conflictos, sino que busca mejorar las condiciones de vida como parte de la gobernanza misma de los pueblos. (Mendoza, 2009). De esta manera la Justicia Indígena en el Ecuador se origina por parte de los grupos humanos que preservan sus culturas tradicionales dándose así el reconocimiento de sus derechos como la libre determinación y el derecho a decidir autónomamente su modo de vida y organización. Por ello se admite la posibilidad de analizar la sentencia Nº 110-14-SEP-CC para así establecer una relación entre la seguridad jurídica con la aplicación de la Justicia Indígena.
Según, la UNICEF (2015) los derechos humanos son normas que reconocen y protegen la dignidad de todos los seres humanos:
Estos derechos rigen la manera en que los individuos viven en sociedad y se relacionan entre sí, al igual que sus relaciones con el Estado y las obligaciones del Estado hacia ellos. Los derechos humanos son los derechos que tenemos básicamente por existir como seres humanos; no están garantizados por ningún estado. Estos son universales e inherentes a todos nosotros, con independencia de la nacionalidad, género, origen étnico o nacional, color, religión, idioma o cualquier otra condición. Varían desde los más fundamentales el derecho a la vida hasta los que dan valor a nuestra vida, como los derechos a la alimentación, a la educación, al trabajo, a la salud y a la libertad. (p.23)
Se puede decir que los derechos humanos nacen con el ser humano, son normas que vienen impregnadas por el simple hecho de ser humanos, cabe recalcar que estos derechos son universales para todo el mundo, independientemente de su religión, economía o cualquier otra índole, simplemente garantizan una vida digna.
Según Anaya (2018) la Justicia Indígena es el conjunto de normas basadas en valores y principios culturales propios con procedimientos y prácticas oportunas que regulan la vida social en la comunidad y el territorio:
Las reparaciones a las transgresiones a dichas normas pueden ser por la vía de la recomposición, la compensación, y/o la remediación de los daños causados, y no sólo por la vía del castigo, que es la forma preponderante en la Justicia Ordinaria u occidental. También existen casos intermedios donde los indígenas han llegado a acuerdos con el Estado, como en Bolivia y Ecuador donde los indígenas pueden emplear como sanción la pena de cárcel en una prisión del Estado; o en Colombia donde la justicia Indígena pueda derivar casos al Estado, para que la Justicia Ordinaria realice el juicio, pero manteniendo los indígenas su atributo de decidir cuál será la sanción. (p.31).
En este sentido, la justicia indígena se conoce como un conjunto de normas que buscan solucionar un conflicto sin la interferencia de la justicia ordinaria, es decir, estas normas se basan en los valores y las creencias de las distintas poblaciones indígenas, cabe recalcar que en el país se ha permitido que los indígenas si lo desean pueden optar porque se realice la justicia ordinaria, dependiendo de la gravedad del delito.
Igualmente, en la Constitución de la República del Ecuador (2008) dispone:
Artículo 171.- Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio, dentro de su ámbito territorial, con garantía de participación y decisión de las mujeres. Las autoridades aplicarán normas y procedimientos propios para la solución de sus conflictos internos, y que no sean contrarios a la Constitución y a los derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales.
La máxima ley expresa en dicho artículo el derecho y la garantía a los pueblos indígenas de ejercer funciones jurisdiccionales, basadas en su cultura y creencias, siempre y cuando dichos delitos sucedan dentro de su ámbito territorial, y en la solución de los conflictos se da la participación de las mujeres.
En la presente investigación se plantea como objetivo general analizar jurídicamente
la seguridad jurídica como derecho constitucional en la justicia indígena y la justicia ordinaria.
MÉTODO
La presente investigación utiliza el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Apoyado en la revisión documental-bibliográfica. Además, se aplica el método inductivo-deductivo, el cual sugiere que para encontrar una verdad se deben buscar los hechos y no basarse en meras especulaciones, además de partir de afirmaciones generales para llegar a específicas (Dávila, 2006). Se plantea además el método analítico-sintético por medio del cual, se descompone un todo en partes extrayendo cualidades, componentes, relaciones y más para posteriormente unir las partes analizadas y con ello descubrir características y relaciones entre los elementos (Rodríguez y Pérez, 2017). La técnica utilizada fue la encuesta utilizada para recabar información sobre el problema descrito, a través de la aplicación de un cuestionario a 10 miembros de la comunidad indígena.
RESULTADOS
Resultados obtenidos luego de la aplicación del cuestionario.
Pregunta 1. ¿En qué delitos se implementa la Justicia Indígena?
Figura 1. La justicia indígena y su implementación en delitos.
Elaboración: Los autores.
Según la figura 1, un 66.7% expresa que el delito en donde se aplica la Justicia Indígena en su comunidad es el “robo” debido a que muchas veces se enfrentan al acto delictivo, por causas como la necesidad o falta de trabajo lo que ocasiona que las personas se vean en la obligación de entrar en las comunidades a robar. Además, un 33.3% expresa que el delito de “Abigeato” es otro delito significativo por el cual es necesario la aplicación de Justicia Indígena, entendido este delito como el robo de ganado caballar, vacuno, porcino y lanar.
Pregunta 2: ¿Cree usted que la aplicación de la Justicia Indígena ha logrado disminuir delitos dentro de su comunidad?
Figura 2. La aplicación de justicia indígena para la disminución de delitos. Elaboración: Los autores.
Al observa la figura 2, un 83.3 % de la muestra manifiesta que la aplicación de la Justicia Indígena dentro de su comunidad si ha logrado disminuir el cometimiento de delitos dentro de la misma, debido a que para los pueblos indígenas la Justicia consiste en acceder a su propia justicia tradicional o jurisdicción indígena, y de esta manera aplicar los modos naturales de resolver sus conflictos sociales en sus territorios ancestrales.
Pregunta 3: ¿Considera que es necesario la participación de la justicia ordinaria dentro de su comunidad?
Figura 3. Participación de la justicia ordinaria.
Elaboración: Los autores.
El 100% de las personas encuestadas están de acuerdo que, si es necesario la participación de la justicia ordinaria dentro de su comunidad, ya que a veces no es suficiente la justicia indígena (Figura 3).
Pregunta 4: ¿Cree usted que la justicia indígena cuenta con los elementos necesarios para reinsertar a la sociedad al individuo infractor?
Figura 4. Reinserción del individuo infractor.
Elaboración: Los autores.
En la figura 4, el 83,3% que equivale a 7 personas, manifiesta que la justicia indígena no cuenta con los mecanismos necesarios para reincorporar al ciudadano infractor dentro de la comunidad, dando a conocer así que la justicia indígena no es muy factible, ya que con el castigo que les otorgan no garantizan que no exista reincidencia de un delito y de esta manera dar paso a que dicho ciudadano siga dentro de la comunidad. El 16,7% que equivale a 3 personas responden que sí, la justicia indígena cuenta con los elementos necesarias para reinsertar a la sociedad al individuo infractor.
DISCUSIÓN
La justicia indígena se caracteriza por ser consuetudinaria, no se encuentra escrita y se basa en las vivencias y experiencias que obedecen la idiosincrasia de las comunidades indígenas producto del pluralismo jurídico. Desde una visión occidental o de justicia ordinaria se podría llegar a pensar que se vulneran derechos porque les propician tratos denigrantes, pero la justicia indígena tiene una visión de purificación y espiritualidad, incluso la experiencia indica que hay menor reincidencia cuando han sido juzgados en esta jurisdicción que en la justicia ordinaria.
Ahora bien, en el marco de las decisiones de la justicia indígena y la ordinaria, el pluralismo jurídico está perfectamente definido y delimitado, para las personas que se identifican como mestizos y blancos se someten a la administración de la justicia ordinaria, y las personas de las etnias se someten a la justicia indígena. Sin embargo, en ciertos delitos una de las dos justicias tiene que declinar en favor de la otra, para que los procesos de juzgamiento estén ajustados a derecho. En este sentido, Atupañá (2016) afirma que:
Cuando las declinaciones en casos de muerte sean negadas, entonces, las autoridades indígenas pueden hacer uso de lo que señala la misma sentencia como en el caso Cocha y obligar al juez o jueza ordinaria cumplir de manera integral el mandato, con esta solicitud de declinación de competencia, la autoridad indígena solicita que el caso sea declinado ante su jurisdicción, para que sean las autoridades de esa comunidad las que solucionen el conflicto generado. (p.5).
Por consiguiente, a partir de la interpretación de los resultados de la encuesta, se ha evidenciado que el delito más cometido en las comunidades es el robo, y allí se aplica la justicia indígena. El delito está tipificado en el Código Orgánico Integral Penal. (2014), el cual establece que:
Artìculo.189.- La persona que mediante amenazas o violencias sustraiga o se apodere de cosa mueble ajena, sea que la violencia tenga lugar antes del acto para facilitarlo, en el momento de cometerlo o después de cometido para procurar impunidad, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años.
Con esto se entiende que la sociedad ecuatoriana ha avanzado en busca de la igualdad jurídica, es decir que dos o más sistemas coexisten en el mismo espacio o se aplican a la misma situación, siempre y cuando se establezcan los mecanismos de equilibrio para aplicar uno u otro sistema de justicia. Dicho lo anterior, es preciso fundamentar con Peñafiel (2017), quien afirma:
La jurisdicción ordinaria y la jurisdicción indígena se diferencian porque al momento de juzgar se aplican penas distintas, la primera de acuerdo con la ley, y la segunda de conformidad con las normas y costumbres; sin embargo, el fin es el mismo, mantener el orden jurídico, la paz y la armonía en la sociedad. (p.3).
Se puede colegir, que el juzgamiento indígena busca la restauración de la paz comunitaria, pues siempre se habla del colectivo y precisamente el objetivo principal es buscar que con el juzgamiento la comunidad vuelva a tener esa paz. Distinto es en la justicia ordinaria, la cual aplica penas de manera distinta de acuerdo con la ley para buscar una reinserción del ciudadano infractor a la sociedad , lo cual va de la mano con la seguridad jurídica; ya que los órganos públicos deben respetar el ordenamiento, funcionamiento y organización interna de las dos clases de justicia para garantizar a los sujetos que su situación jurídica solo podrá ser modificada mediante procedimientos establecidos previamente que garantizarán sus derechos.
CONCLUSIONES
De la correcta aplicación de la justicia ordinaria y la justicia indígena se puede concluir que tienen sus diferentes métodos, pero con la misma finalidad: el orden y la seguridad jurídica; de manera que las decisiones tomadas tanto en una jurisdicción como en la otra deben estar ajustadas a los principios básicos del derecho, garantizar los derechos humanos y aplicar la verdadera justicia.
FINANCIAMIENTO
No monetario.
AGRADECIMIENTO
A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, Sede Ibarra, por motivar el desarrollo de la Investigación.
REFERENCIAS CONSULTADAS
Anaya, J. (2018). Derechos de los pueblos indígenas. [Indigenous peoples' rights]. https://n9.cl/kjaox
Asamblea Nacional (2014). Código Orgánico Integral Penal. [Comprehensive Criminal Code]. Registro Oficial Nº 180. https://url2.cl/53c6h
Asamblea Nacional Constituyente de la República del Ecuador (2008). Constitución de la República del Ecuador. [Constitution of the Republic of Ecuador]. Montecristi. Registro Oficial 449 de 20-oct-2008. https://n9.cl/546ps
Asamblea Nacional (2009). Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. [Organic Law on Jurisdictional Guarantees and Constitutional Control]. Ley 0. Registro Oficial Suplemento 52 de 22-oct-2009.Estado: Vigente. https://n9.cl/su7v
Atupañá, N. (2016). El conflicto de competencia en la justicia indígena del Ecuador. [The conflict of competence in Ecuador's indigenous justice system]. https://n9.cl/02go
Corte Constitucional del Ecuador (2014). Sentencia No. 110-14-SEP-CC. [Ruling No. 110-14-SEP-CC]. https://n9.cl/dmw2vh
Dávila Newman, G. (2006). El razonamiento inductivo y deductivo dentro del proceso investigativo en ciencias experimentales y sociales. [Inductive and deductive reasoning within the research process in experimental and social sciences]. Laurus, 12(Ext), 180-205. https://n9.cl/nx847
Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (2015). ¿Qué son los derechos humanos? [What are human rights?]. https://n9.cl/dk750
Mendoza, A. (2009). Los Derechos colectivos Indígenas en el Ecuador. [Collective Indigenous Rights in Ecuador]. (Tesis de Pregrado). Universidad de Cuenca. https://n9.cl/tg41u
Peñafiel, N. (2017). El desconocimiento de la justicia ordinaria a la justicia indígena en la comunidad de San Pedro del cantón Cañar. [The disregard of the ordinary justice system for indigenous justice in the community of San Pedro in the canton of Cañar]. (Tesis de Maestría). Universidad Andina Simón Bolívar. https://n9.cl/q7d58
Rodríguez, A., y Pérez, A. O. (2017). Métodos científicos de indagación y de construcción del conocimiento. [Scientific methods of inquiry and knowledge construction]. Revista EAN, 82, 179-200. https://doi.org/10.21158/01208160.n82.2017.1647