https://doi.org/10.35381/racji.v9i1.3437

 

Incumplimiento de las pensiones alimenticias y los apremios personales en materia de alimentos

 

Non-compliance with maintenance claims and maintenance orders

 

 

 

Zuleydi Gabriela Villarruel

zuleydivm39@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ibarra, Imbabura

Ecuador

https://orcid.org/0000-0001-7182-4101

 

Anahí Fernanda Proaño

fernandapc12@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ibarra, Imbabura

Ecuador

https://orcid.org/0009-0007-1503-2936

 

Melany Dayanara Terán

melanytz54@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ibarra, Imbabura

Ecuador

https://orcid.org/0009-0004-9660-0533

 

Carlos Javier Lizcano-Chapeta

ui.carloslizcano@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ibarra, Imbabura

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-1265-9465

 

 

 

 

Recibido: 15 de octubre 2023

Revisado: 10 de diciembre 2023

Aprobado: 15 de enero 2024

Publicado: 01 de febrero 2024

 

 

 

 

RESUMEN

El objetivo general de la investigación fue analizar jurídicamente el incumplimiento de las pensiones alimenticias y los apremios personales en materia de alimentos. La presente investigación utilizó el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Apoyado en la revisión documental-bibliográfica. Además, se empleó el método inductivo-deductivo. Se planteó además el método analítico-sintético. Se aplicó una encuesta, con una muestra de 40 personas. Se concluye que, el apremio personal parcial en alimentos se rige por leyes y reglamentos establecidos en el Código Orgánico General de Procesos el cual implica la privación de libertad para aquellos ciudadanos que incumplen repetidamente con el pago de las pensiones alimenticias hacia los niños, niñas y adolescentes. El Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia reconoce el derecho de alimentos como fundamental para garantizar la protección y satisfacción de las necesidades básicas.

 

Descriptores: Política y bienestar social; derechos de grupos especiales; derechos humanos. (Tesauro UNESCO).

 

 

 

ABSTRACT

The general objective of the research was to legally analyze the non-payment of maintenance and maintenance claims. This research used the quantitative method, which produces descriptive data, originating from data collection. Supported by the documentary-bibliographic review. In addition, the inductive-deductive method was used. The analytical-synthetic method was also used. A survey was applied, with a sample of 40 people. It is concluded that the partial personal constraint in alimony is governed by laws and regulations established in the General Organic Code of Processes, which implies the deprivation of liberty for those citizens who repeatedly fail to pay alimony to children and adolescents. The Organic Code of Childhood and Adolescence recognizes the right to food as fundamental to guarantee the protection and satisfaction of basic needs.

 

Descriptors: Social policy and social welfare; rights of special groups; human rights. (UNESCO Thesaurus).

 

 


INTRODUCCIÓN

Años atrás, se entendía por familia a aquella integrada por la madre, el padre y los hijos, un concepto clásico llamado familia nuclear. En la actualidad el término se ha ido modificando, ahora el concepto no sólo se centra en los lazos consanguíneos, la familia puede ser el grupo de individuos con el que las personas se sienten protegidos, amados y felices. Esta definición no tomaba en cuenta las diferentes estructuras familiares, ya que ahora también pueden ser diversas y dependen del contexto en el que se ubiquen (Ampudia, 2020).

En la Constitución de la República del Ecuador (2008) indica:

 

Articulo. 67.- El Estado la protegerá como núcleo fundamental de la sociedad y garantizará condiciones que favorezcan integralmente la consecución de sus fines. Estas se constituirán por vínculos jurídicos o de hecho y se basarán en la igualdad de derechos y oportunidades de sus integrantes.

 

De manera que, la responsabilidad que deben tener los padres de familia como adultos es muy importante en la vida de los niños y niñas, puesto que se deberían crear bases positivas para crear vínculos afectivos, sociales maduros y estables en sus vidas. Sin embargo, cuando la convivencia conyugal no es posible y se presenta la separación o el divorcio como un hecho inevitable, surge, también, el riesgo para los hijos de convertirse en objeto de abandono o de disputa entre los padres.

De conformidad con lo expuesto en el Código Orgánico General de Procesos (2015) con respecto al apremio personal señala que:

 

Artìculo.137.- En caso de que el padre o la madre incumpla el pago de dos o más pensiones alimenticias, la o el juzgador a petición de parte y previa constatación mediante la certificación de la respectiva entidad financiera o del no pago dispondrá el apremio personal hasta por treinta días y la prohibición de salida del país. En caso de reincidencia el apremio personal se extenderá por sesenta días más y hasta por un máximo de ciento ochenta días.

 

En este sentido, el incumplimiento de la pensión alimenticia a los infantes y adolescentes puede afectar de diferentes maneras en la carencia de garantías básicas como: alimentos, educación, salud, entre otros. En consecuencia, el alimento es un derecho imprescriptible para los niños, niñas y adolescentes, el aporte económico de los padres garantiza el derecho a la vida, fijando el propósito de brindarles una vida prospera que garantice todas sus necesidades.

Por consiguiente, existe un gran número de consecuencias en los niños, cuando se evidencia la ausencia de uno de los padres, la separación de estos o el abandono de niños, niñas y adolescentes; los cuales tienden a sufrir muchos cambios; comenzando por lo psicológico, en la educación, en lo económico; así como en la salud. Al no tener un referente para poder guiarse, o una persona quien los acompañe, tienden a ser más impulsivos, sufren desconfianza hacia los demás, sienten poca confianza en ellos mismos, problemas de conducta, problemas emocionales, depresión, problemas mentales, entre otros.

Ahora bien, las cargas familiares y los aportes pecuniarios se fijan según la remuneración acorde al trabajo de los progenitores, existen casos donde la madre e hijos dependen de la pensión alimenticia del padre, es evidente la desigualdad en la manutención de los hijos, puesto que en muchas ocasiones la suma a percibir no llega a cubrir las necesidades básicas.

En la investigación el objetivo general es analizar jurídicamente el incumplimiento de las pensiones alimenticias y los apremios personales en materia de alimentos.

 

MÉTODO

La presente investigación utiliza el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Apoyado en la revisión documental-bibliográfica. Además, se aplica el método inductivo-deductivo, el cual sugiere que para encontrar una verdad se deben buscar los hechos y no basarse en meras especulaciones, además de partir de afirmaciones generales para llegar a específicas (Dávila, 2006). Se plantea además el método analítico-sintético por medio del cual, se descompone un todo en partes extrayendo cualidades, componentes, relaciones y más para posteriormente unir las partes analizadas y con ello descubrir características y relaciones entre los elementos (Rodríguez y Pérez, 2017). Se aplica la técnica de la encuesta para recabar información sobre el problema descrito.

RESULTADOS

Se presentan a continuación los resultados de la encuesta aplicada.

Pregunta 1. ¿Conoce usted sobre los apremios y en qué consisten estos al abordar la materia de alimentos?

 

 

Figura 1. Conocimiento sobre los apremios en materia de alimentos.

Elaboración: Los autores.

 

Se observa en la figura 1, que existe una cantidad alta de personas encuestadas que no conocen los apremios en materia de alimentos, y esto pone en entredicho la garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Pregunta 2. ¿El incumplimiento de la pensión alimenticia afecta negativamente al niño en todo aspecto?

 

 

Figura 2. Afectaciones negativas al niño, niña y adolescente.

Elaboración: Los autores.

 

La mayoría de las personas encuestadas comentan que la falta de compromiso del alimentante si afecta el desarrollo del niño, niña y adolescente, desde el punto de vista integral y psicológico. (Figura 2).

Pregunta 3. ¿Cree usted que el apremio personal es una medida idónea, necesaria y proporcional en el caso de incumplimiento de pago de alimentos?

 

 

Figura 3. El apremio personal.

Elaboración: Los autores.

 

Se puede evidenciar en la figura 3, que el 70% de la muestra escogida ve como una medida idónea, necesaria y proporcional el apremio personal en caso de incumplir con el pago de las pensiones alimenticias ya que el alimentante se verá cohesionado a cumplir con sus obligaciones.

Pregunta 4. Considera usted, ¿Qué el apremio personal parcial cumple con la finalidad del pago de las pensiones alimenticias?

 

 

Figura 4. El apremio personal parcial.

Elaboración: Los autores.

Según la figura 4, lo expuesto, el 60% de la muestra seleccionada considera que el apremio personal parcial si cumple con su respectiva finalidad, que es el pago de las pensiones alimenticias.

 

DISCUSIÓN

La Declaración de los Derechos del Niño (1989) adoptada por el Estado sienta sus bases en el “Interés superior del Niño”, señala que:

 

Los Estados Parte se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas. (p.10)

 

Como menciona este artículo de la Declaración, se puede establecer que la obligación constitucional de proteger, de forma preferente y especializada a los grupos de atención prioritaria, entre los que están niños, niñas y adolescentes, debe marcar la ruta para no desatender los deberes establecidos en la legislación especial del Código de la Niñez y Adolescencia.(2003); en concordancia con la atención prioritaria de protección y aplicación preferencial del interés superior de los niños, niñas y adolescentes.

En este sentido, dichas responsabilidades parentales en materia de alimentos se encuentran garantizadas en el Código de la de la Niñez y Adolescencia (2003) que dispone:

 

Artículo 2.- Del derecho de alimentos. - El derecho a alimentos es connatural a la relación parento-filial y está relacionado con el derecho a la vida, la supervivencia y una vida digna. Implica la garantía de proporcionar los recursos necesarios para la satisfacción de las necesidades básicas de los alimentarios que incluye:1. Alimentación nutritiva, equilibrada y suficiente; 2. Salud integral: prevención, atención médica y provisión de medicinas; 3. Educación; 4. Cuidado; 5. Vestuario adecuado; 6. Vivienda segura, higiénica y dotada de los servicios básicos; 7. Transporte; 8. Cultura, recreación y deportes; y, 9. Rehabilitación y ayudas técnicas si el derecho habiente tuviere alguna discapacidad temporal o definitiva.

 

El incumplimiento de este derecho violentará el desarrollo integral y la vida de las niñas, niños y adolescentes, al no poseer su alimentación en el tiempo y la proporción necesaria. En relación con el interés superior del niño se incumple también este, como principio fundamental que garantiza cumplir con las necesidades de la infancia antes que cualquier cosa. Esta situación se traduce en la irresponsabilidad parental que según Montalvo (2021):

 

Al surgir problemas, si uno de ellos tiene la custodia y el otro no pasa el derecho de los alimentos, se presentan situaciones jurídicas por el no pago, pero a su vez la familia sale afectada por la falta de ingresos; entonces, se propone establecer la normativa legal vigente, en relación con la corresponsabilidad parento-filial y el derecho a los alimentos. Ya que, la obligación alimentaria es aquella que la ley impone a determinadas personas, de proveer a otras (cónyuges, parientes a fines próximos), los recursos necesarios para la subsistencia, si estos últimas se hallan en la indigencia y la persona cuenta con medios suficientes, para subsanar su manutención. (p. 3)

 

Por ello, la necesidad de regular el derecho a los alimentos de los hijos en Ecuador, se ha convertido desde hace mucho en un dilema para el Estado, debido a que detrás de la obediencia de una obligación, está el cumplimiento de derechos tan importantes para los niños, niñas y adolescentes que dependen de ello para en algo satisfacer sus derechos fundamentales.

Además, como lo expresa Caguana (2019) que

 

 (…) a la falta de socialización de la normativa jurídica debido a que si no existe una adecuada información en lo referente al apremio personal y derecho a la integridad personal los alimentantes simplemente desconocen en su totalidad lo que se refiere cada tema y sus causas. (p.54).

 

Ya que, el desconocimiento de las implicaciones legales del apremio personal puede llevar a los alimentantes a incumplir sus obligaciones, como el pago de la pensión alimenticia. Esto puede tener consecuencias como multas o sanciones. Ahora bien, al abordar el principio del interés superior del niño o niña y la obligación alimentaria, se debe considerar por una parte el artículo 44 de la Constitución de la República del Ecuador (2008) y el artículo 11 del Código de la Niñez y Adolescencia (2003), estas normas fijan el principio señalado jurídica y constitucionalmente. Y es que el derecho a alimentos es un derecho humano fundamental, el cual en su forma más amplia es concebido como uno de los derechos personalísimos del hombre. (Cabrera, 2017). Así se estipula en los artículos 2 y 3 del Código de la Niñez y Adolescencia que lo declara como un derecho intransferible, intransmisible, irrenunciable, imprescriptible, inembargable y no admite compensación ni reembolso de lo pagado.

 

CONCLUSIONES

Se considera importante que las instituciones que garantizan los derechos de la infancia y adolescencia ejecuten una serie de talleres y actividades con la participación de abogados especializados en derecho civil, para brindar explicaciones sobre cómo se manejan los apremios personales parciales y la importancia de garantizar su cumplimiento; además de difundir los derechos y obligaciones que los padres conllevan con sus hijos.

El apremio personal parcial en alimentos se rige por leyes y reglamentos establecidos en el Código Orgánico General de Procesos el cual implica la privación de libertad para aquellos ciudadanos que incumplen repetidamente con el pago de las pensiones alimenticias hacia los niños, niñas y adolescentes. El Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia reconoce el derecho de alimentos como fundamental para garantizar la protección y satisfacción de las necesidades básicas de los niños, niñas y adolescentes, estableciendo las obligaciones que los padres tienen hacia cada uno de sus hijos.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTO

A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, por motivar el desarrollo de la Investigación.

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

Ampudia Malpartida, M. K. (2020). Familia: enfoque y abordaje en la atención primaria. [Family: focus and approach in primary health care]. Revista Médica Sinergia, 5(9) https://n9.cl/5ltxm  

 

Asamblea Nacional Constituyente de la República del Ecuador (2008). Constitución de la República del Ecuador. [Constitution of the Republic of Ecuador]. Montecristi. Registro Oficial 449 de 20-oct-2008. https://n9.cl/546ps

 

Asamblea Nacional de la República del Ecuador (2015) Código orgánico general de procesos. [General Organic Code of Processes]. 2 - Suplemento - Registro Oficial Nº 506 - viernes 22 de mayo de 2015. https://n9.cl/z8haz

 

Cabrera, M. (2017). La medida de apremio personal por incumplimiento de obligaciones alimenticias: poder punitivo latente. análisis de jurisprudencia. [The measure of personal constraint for non-fulfilment of maintenance obligations: latent punitive power. analysis of jurisprudence]. (Tesis de Pregrado). Pontificia Universidad Católica Del Ecuador. https://n9.cl/g1ozf

 

Caguana, R. (2019). El apremio personal por el no pago de pensiones alimenticias y el derecho a la integridad personal en el cumplimiento de la medida en los centros de rehabilitación social. [Personal constraint for non-payment of alimony and the right to personal integrity in the enforcement of the measure in social rehabilitation centres]. (Tesis de Pregrado). Universidad Técnica de Ambato. https://n9.cl/sfeim

 

Congreso Nacional del Ecuador. (2003). Código de la Niñez y Adolescencia. [Childhood and Adolescence Code]. Ley No. 2002-100. Ley 100. Registro Oficial 737 de 03-ene.-2003. Última modificación: 29-jul.-2019. Estado: Reformado. https://n9.cl/xv83p

 

Dávila Newman, G. (2006). El razonamiento inductivo y deductivo dentro del proceso investigativo en ciencias experimentales y sociales. [Inductive and deductive reasoning within the research process in experimental and social sciences].  Laurus, 12(Ext), 180-205. https://n9.cl/nx847

 

Montalvo Ramírez, G. L. (2021). Incumplimiento de pensiones alimenticias como forma de maltratato en niños, niñas y adolescentes, cantón Santo Domingo. [Non-compliance with child support payments as a form of abuse of children and adolescents, Santo Domingo canton]. (Tesis de Pregrado). Universidad Regional Autónoma de Los Andes. https://n9.cl/y8v09

 

Organización de las Naciones Unidas (1989). Convención sobre los Derechos del Niño. [Convention on the Rights of the Child].  UNICEF Comité Español. https://n9.cl/pnq7

 

Rodríguez, A., y Pérez, A. O. (2017). Métodos científicos de indagación y de construcción del conocimiento. [Scientific methods of inquiry and knowledge construction]. Revista EAN, 82, 179-200. https://doi.org/10.21158/01208160.n82.2017.1647

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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