https://doi.org/10.35381/racji.v8i1.3305

 

El procedimiento expedito para la contravención contra la mujer o miembros del núcleo familiar

 

The expedited procedure for contravention against women or members of the family nucleus

 

 

 

Edwin Santiago Inca-Samaniego

pg.edwinsis39@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0009-0009-9783-1065

 

María Lorena Merizalde-Avilés

ua.mariamerizalde@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0001-5289-8949

 

Ariel José Romero-Fernández

ua.arielromero@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-1464-2587

 

 

 

 

Recibido: 15 de mayo 2023

Revisado: 20 junio 2023

Aprobado: 15 de agosto 2023

Publicado: 01 de septiembre 2023

 


 

RESUMEN

El objetivo general de la investigación fue analizar jurídicamente el procedimiento expedito para la contravención contra la mujer o miembros del núcleo familiar. La presente investigación utilizo el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Apoyado en la revisión documental-bibliográfica. Además, se aplicó el método inductivo-deductivo. Se planteó además el método analítico-sintético. Se concluye que, El procedimiento expedito para la contravención contra la mujer o miembros del núcleo familiar expresa el desarrollo del artículo 81 de la Constitución de 2008, donde se dispone la creación de procedimientos especiales y expeditos para juzgar ese tipo de hechos, con lo que se busca una mejor protección de los derechos de las víctimas y una pronta justicia que asegure la actuación inmediata contra la persona presuntamente responsable de la infracción.

 

Descriptores: Derecho a la justicia; derecho de la familia; derecho penal. (Tesauro UNESCO).

 

 

 

ABSTRACT

The general objective of the research was to legally analyze the expedited procedure for contravention against women or members of the family nucleus. The present investigation used the quantitative method which produces descriptive data, originating from data collection. Supported by the documentary-bibliographic review. In addition, the inductive-deductive method was applied. The analytical-synthetic method was also used. It is concluded that, the expedited procedure for the contravention against women or members of the family nucleus expresses the development of article 81 of the Constitution of 2008, which provides for the creation of special and expedited procedures to judge this type of facts, seeking a better protection of the rights of the victims and a prompt justice that ensures immediate action against the person allegedly responsible for the offense.

 

Descriptors: Right to justice; family law; criminal law. (UNESCO Thesaurus).

 

 


INTRODUCCIÓN

La violencia en contra de la mujer y miembros del núcleo familiar en el Ecuador se la considera como una infracción penal que, dependiendo del caso en concreto, se tratará de un delito o de una contravención. Si la infracción es un delito de los tipificados en el Código Orgánico Integral Penal (2014), en adelante (COIP) se sigue el procediendo correspondiente. Antes de entrar en el análisis del procedimiento es preciso referir brevemente las acciones que configuran la acción típica de las infracciones, que están prevista en el artículo 159 del propio cuerpo legal. La primera de las contravenciones se tipifica cuando el agresor hiere, lesiona o golpea a la mujer o miembros del núcleo familiar, y como consecuencia causa daño o enfermedad que limita o condiciona sus actividades cotidianas, por un lapso no mayor a tres días. La pena aplicable sería de privativa de libertad de quince a treinta días.

Es decir, en un Estado de derechos y de justicia donde el debido proceso tiene un papel sumamente importante para cualquier procedimiento (Oyarte, 2016) y mucho más de índole penal en donde está en juego la situación jurídica de un procesado o procesada, en primer lugar permanecer con el estado de inocencia y después el perder o no la libertad ambulatoria y sobre ello los demás derechos que por una pena privativa de libertad conlleva, como la interdicción civil o la imposibilidad de administrar los bienes durante el tiempo que perdure la condena.

La ley penal en Ecuador regula la violencia psicológica y la violencia física como modalidades de inconductas susceptibles de ser juzgadas mediante un procedimiento expedito, seguidas por las reglas de sustanciación del artículo 643; dicho de otra forma, la violencia psicológica y física en contra de la mujer. En el Código Penal anterior al COIP, no se preveía este tipo de procedimientos tan breves como su nombre mismo lo refiere, esto busca de respuesta al eficientismo penal, guarda estrecha relación con el procedimiento directo y puede ser contrario al derecho al debido proceso y sus garantías esenciales (Gómez, 2016). Por sus características y particularidades como el plazo en la realización de la audiencia o en el plazo para anunciar prueba, estos lineamientos han sido discutidos superficialmente en la academia y sembrando interrogantes en el mundo de la práctica judicial, debido a que en estos procesos se juega con el tiempo y con el debido proceso de las personas tanto de la víctima como del procesado (Gozaíni, 2004).

En el ámbito netamente procesal el derecho al debido proceso, la garantía de presunción de inocencia, derecho a la defensa se podrían estar vulnerando debido a que el procedimiento expedito para la sustanciación de contravenciones de violencia intrafamiliar muestra distinguidas particularidades, que desembocan en la aparición de falencias procesales que inciden en el derecho al debido proceso (Ferrer, 2015) y lo que se busca dentro de este estudio es analizar al procedimiento desde la perspectiva de la víctima y el procesado, a fin de establecer soluciones jurídicas que garanticen los derechos de ambos dentro del proceso penal.

En la presente investigación se plantea como objetivo general analizar jurídicamente el procedimiento expedito para la contravención contra la mujer o miembros del núcleo familiar.

 

MÉTODO

La presente investigación utiliza el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Apoyado en la revisión documental-bibliográfica. Además, se aplica el método inductivo-deductivo, el cual sugiere que para encontrar una verdad se deben buscar los hechos y no basarse en meras especulaciones, además de partir de afirmaciones generales para llegar a específicas (Dávila, 2006). Se plantea además el método analítico-sintético por medio del cual, se descompone un todo en partes extrayendo cualidades, componentes, relaciones y más para posteriormente unir las partes analizadas y con ello descubrir características y relaciones entre los elementos (Rodríguez y Pérez, 2017).

 

RESULTADOS

Desde el punto de vista de la técnica legislativa se puede afirmar que el procedimiento para la contravención contra la mujer o miembros del núcleo familiar está bien construido, en el sentido de que regula todos los aspectos que cabría esperar en una institución procesa, pues prevé los sujetos que deben intervenir en el mismo, las funciones que deben realizar y sus consecuencias jurídicas, así como las garantías mínimas que se deben observar respeto a la persona procesada y la víctima. Con dicho procedimiento se desarrolla el artículo 81 de la Constitución de 2008, donde se dispone la obligación del legislador de establecer procedimientos especiales y expeditos para varios delitos, y particularmente los relacionados con violencia intrafamiliar objeto del presente estudio.

Debe indicarse asimismo que este procedimiento no establece previsto en la versión del COIP aprobada en 2014, razón por la cual la Corte Constitucional dictó la Sentencia No. 001-17-SIO-CC Caso No. 0001-14-IO, de 27 de abril de 2017, donde dispuso que la Asamblea Nacional, como titular de la Función Legislativa del Estado, para que en el plazo de un año diera cumplimiento a ese artículo 81 del texto constitucional, al declarar que el organismo había incurrido en inconstitucionalidad por omisión, al someter a las víctimas de violencia intrafamiliar a un proceso largo, complejo, con varias fases y contrario al artículo referido.

Con relación al procedimiento para la contravención contra la mujer o miembros del núcleo familiar se han realizado en el Ecuador diferentes estudios, como son los de Mieles y Naranjo (2018), Pérez (2019) y Cedeño (2019). Esta última en su estudio señala que en el mencionado procedimiento existen ciertas falencias y trabas principalmente en la inmediatez y aplicación de medidas protección y penas. De igual manera plantea su desacuerdo con que las contravenciones cuando resulten en lesiones graves deberían ser juzgadas por el mismo procedimiento expedito previsto para los delitos. Cuestión que carece de sentido pues el COIP en su artículo 643 numeral 3 faculta al juzgador que conozca de la contravención remitir las actuaciones al fiscal si considera que existe un delito.

La competencia corresponde en primer lugar al juzgador de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, ya sea del cantón donde se cometió la contravención o el correspondiente al domicilio de la víctima.

El peso central de las actuaciones recae sobre el juzgador, tal como se aprecia en la siguiente figura:

 

Figura 1. Funciones del juzgador en el procedimiento expedito para la contravención contra la mujer o miembros del núcleo familiar.

Fuente: (Asamblea Nacional, 2014).

 

DISCUSIÓN

Un análisis del debido proceso lo primero que debe tener en cuenta es que se trata de un producto histórico, resultado de una construcción doctrinal y legislativa a lo largo del tiempo, razón por la cual sus antecedentes hay que buscarlos en las luchas sociales que han enfrentado históricamente al Estado con los ciudadanos, pues su función perdurable a largo de su desarrollo ha sido la de dotar a las personas de un instrumento para hacer frente al poder político, con la finalidad de asegurar el respeto a sus derechos y libertades básicas.

A diferencia de otros derechos o instituciones jurídicas de elaboración doctrinal o jurisprudencial, el debido proceso se ha desarrollado primariamente mediante documentos jurídicos de carácter vinculante o no, a partir de los cuales se han efectuado los progresos posteriores por parte de la doctrina o la jurisprudencia, pues por su propia naturaleza es de difícil configuración legal en todas sus manifestaciones por el legislador.

Si se mira desde la perspectiva de la víctima el procedimiento expedito para la contravención contra la mujer o miembros del núcleo familiar responde en gran medida al mandato constitucional del artículo 81 que exige procedimientos expeditos y especiales en los casos de violencia contra la muer o miembros del núcleo familiar y otras materias particularmente sensibles, pero en relación con la persona presuntamente infractora se constata una reducción considerable de los derechos y garantías reconocidas en los instrumentos internacionales de derechos humanos, la Constitución ecuatoriana y el propio COIP, de donde resulta un desequilibro entre las partes que coloca al procesado en una situación desfavorable en cuanto a las posibilidades de demostrar su estado de inocencia, por lo reducido del tiempo con que cuenta para preparar su defensa y las medidas de protección que se dictan sin tomar en cuenta su inocencia hasta que no exista sentencia condenatoria ejecutoriada.

 

CONCLUSIONES

El procedimiento expedito para la contravención contra la mujer o miembros del núcleo familiar expresa el desarrollo del artículo 81 de la Constitución de 2008, donde se dispone la creación de procedimientos especiales y expeditos para juzgar ese tipo de hechos, con lo que se busca una mejor protección de los derechos de las víctimas y una pronta justicia que asegure la actuación inmediata contra la persona presuntamente responsable de la infracción, así como la reparación integral de sus derechos y en particular la no revictimización.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTO

A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, por motivar el desarrollo de la Investigación.

 

 

 

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

Asamblea Nacional (2014). Código Orgánico Integral Penal. [Comprehensive Criminal Code]. Registro Oficial Nº 180. https://url2.cl/53c6h

 

Asamblea Nacional Constituyente de la República del Ecuador, (2008). Constitución de la República del Ecuador. [Constitution of the Republic of Ecuador]. Montecristi. Registro Oficial 449 de 20-oct-2008. https://n9.cl/sia

 

Cedeño, L. (2019). Debilidades del procedimiento expedito en el COIP sobre las contravenciones de violencia contra la mujer y miembros del núcleo familiar desde las reformas del 2018 en Ecuador. [Weaknesses of the expedited procedure in the COIP on contraventions of violence against women and members of the nuclear family since the 2018 reforms in Ecuador]. Tesis de Grado. Universidad de Guayaquil.  https://n9.cl/y42m8

 

Corte Constitucional del Ecuador. (2017). Sentencia No. 001-17-SIO-CC. [Ruling No. 001-17-SIO-CC]. Caso No. 0001-14-IO. https://n9.cl/tt0z3

 

Dávila Newman, G. (2006). El razonamiento inductivo y deductivo dentro del proceso investigativo en ciencias experimentales y sociales. [Inductive and deductive reasoning within the research process in experimental and social sciences].  Laurus, 12(Ext), 180-205. https://n9.cl/nx847

 

Ferrer, F. (2015). El debido proceso desde la perspectiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. [Due process from the perspective of the Inter-American Court of Human Rights]. Revista Jurídica Universidad de Palermo, 155-184. https://n9.cl/3ei2l

 

Gómez, C. (2016). El debido proceso como derecho humano. En N. González, Estudios jurídicos en homenaje a Marta Morineau. [Due process as a human right. In N. González, Estudios jurídicos en homenaje a Marta Morineau]. Tomo II. México: UNAM.

 

Gozaíni, O. (2004). El debido proceso. Estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. [Due Process. Standards of the Inter-American Court of Human Rights]. Buenos Aires. https://n9.cl/duvd2

 

Mieles, J., y Naranjo, S. (2018). El derecho de no revictimización en el procedimiento expedito para la contravención penal de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar. [The right of non-revictimization in the expedited procedure for the criminal contravention of violence against women or members of the family nucleus]. Tesis de Grado. Universidad de Guayaquil. https://n9.cl/wicdv

 

Oyarte, R. (2016). Derecho Constitucional. [Constitutional Law]. Quito: Corporación de Estrudios y Publicaciones.

 

Pérez, P. (2019). El procedimiento expedito para juzgar la contravención contra la mujer o miembros del núcleo familiar y el debido proceso. Tesis de Maestría.  Universidad Internacional SEK. https://n9.cl/845cp

 

Rodríguez, A., y Pérez, A. O. (2017). Métodos científicos de indagación y de construcción del conocimiento. [Scientific methods of inquiry and knowledge construction]. Revista EAN, 82, 179-200. https://doi.org/10.21158/01208160.n82.2017.1647

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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