https://doi.org/10.35381/racji.v8i1.3267

 

La prueba pericial en los delitos ambientales y su incidencia en las sentencias judiciales

 

Expert evidence in environmental crimes and its impact on court rulings

 

 

 

Eduardo Paúl García-Ramos

eduardogr68@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0009-0008-9727-3502

 

José Sebastián Cornejo-Aguiar

pg.docentejca@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-9203-5301

 

Fernando-De-Jesús Castro-Sánchez

ua.fernandocastro@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0003-3937-8142

 

Luis Adrián Rojas-Calle

luis.rojas@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0009-0003-9564-1424 

 

 

 

 

Recibido: 15 de mayo 2023

Revisado: 20 junio 2023

Aprobado: 15 de agosto 2023

Publicado: 01 de septiembre 2023

 


 

RESUMEN

El objetivo general de la investigación fue analizar jurídicamente la prueba pericial en los delitos ambientales y su incidencia en las sentencias judiciales. La presente investigación utilizó el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Apoyado en la revisión documental-bibliográfica. Conjuntamente, se aplicó el método inductivo-deductivo. Se planteó, además, el método analítico-sintético. Se concluye que, La falta de peritos especializados en materia ambiental dentro del sistema judicial del Consejo de la Judicatura en las distintas ramas del derecho ambiental, dificultando de esta manera el trabajo del titular de la acción penal como lo es fiscalía para que pueda demostrar los hechos antijuridicos que son cometidos en contra de la naturaleza.

 

Descriptores: Ambiente; derecho a la calidad ambiental; justicia. (Tesauro UNESCO).

 

 

 

ABSTRACT

The general objective of the research was to legally analyse expert evidence in environmental crimes and its impact on court rulings. This research used the quantitative method, which produces descriptive data that originate from data collection, supported by a documentary-bibliographic review. The inductive-deductive method was applied in conjunction with the documentary-bibliographic review. The analytical-synthetic method was also used. It is concluded that there is a lack of experts specialised in environmental matters within the judicial system of the Judiciary Council in the different branches of environmental law, thus making the work of the holder of the criminal action, such as the public prosecutor's office, difficult in order to demonstrate the unlawful acts committed against nature.

 

Descriptors: Environment; right to environmental quality; justice. (UNESCO Thesaurus).

 

 


INTRODUCCIÓN

Para comenzar, la prueba antiguamente era una confesión que en ocasiones se obtenia a base de torturas, con el paso del tiempo, y por la humanización la prueba documental y de testigos tuvo mayor relevancia e importancia para no atentar contra los derechos humanos, ya que la prueba judicial conlleva a determinar los distintos elementos de juicio (Suárez, 2009). Con esto, es cierto que la carga de la prueba afecta directamente a la realidad de los hechos, al ser las mismas presentadas por las partes procesales y forman en si ya parte de la comunidad de la prueba recayendo sobre los hombros del juez para su apreciación, análisis y llevar a su convicción.

Así, de la relación estrecha que se da entre los hechos y las pruebas, misma que se construye desde una verdad histórica para ser trasladada a una verdad procesal, con el pasar del tiempo la prueba ha adquirido un protagonismo por demás trascendental en el proceso judicial debiendo tener relevancia probatoria, es decir, esa prueba debe ser por demás primordial para que pueda dar credibilidad dentro de la teoría del caso propuesto, con esto, se convierte en la piedra angular de nuestro caso de estudio, el campo de la prueba no es otro que el campo del conocimiento (Bentham,1825), siendo así, las pruebas deben ser probadas. En este orden de ideas, con la prueba que se practicará en la audiencia de juicio el operador de justicia construirá una verdad en la que hará la reconstrucción casi precisa de los hechos conforme a las pruebas administradas por las partes al proceso judicial, la prueba, es por demás ponderante dentro del proceso judicial.

Ahora, partiendo con una visión hacia el derecho ambiental, el mismo que se ha convertido en este siglo XXI en un derecho de tercera generación, esto, por la evolución humana y de especies que vamos teniendo, así como la necesidad decontrolar el incremento considerable en delitos ambientales. Nuestra Constitución de 2008 establece derechos en favor de la naturaleza, como sujeta de derechos, complementando esto con el Código Orgánico Integral Penal de 2014 a partir del artículo 245 en los cuales tipifican y sancionan este tipo de infracciones ambientales en contra de la naturaleza.

Desde la exigencia de un control del impacto ambiental en proyectos, obras y actividades que en ocasiones generan altos impactos en la naturaleza, ya sea este de forma voluntaria o involuntaria por parte de los operadores quienes desarrollan actividades industriales aplicando además el principio primum non nocere o primum nil nocere (lo primero es no hacer daño) creado a partir de la crisis ecológica mundial en los años 60-70, de esta manera, se da el nexo causal entre el hecho generador y el daño ocasionado (García, 2013).

Por estas razones, la demostración pericial, conlleva a que el dueño del ejercicio penal público conforme el artículo 411 del Código Orgánico Integral Penal, y dentro de sus atribuciones enmarcadas en el artículo 444 número 12 de la norma ibídem establece los peritajes integrales de todos los indicios del delito, para esto Lorenzetti (2009) señala:

 

Que no todos los supuestos de alteración negativa del ambiente son sinónimos de daños ambientales, habrá que estudiar con el auxilio de las ciencias duras y sociales cuándo la emisión, el vertido, o el hecho de polución del ambiente supere de modo inaceptable el límite de lo normal tolerancia o las reglas de lo permitido y de la licitud (…).(Lorenzetti, 2009, p. 23).

 

La prueba pericial es un medio de prueba con el que se pueden probar hechos inherentes al proceso, requiriendo para esto, conocimientos técnicos, científicos o artísticos, más aún, dentro de temas ambientales que necesariamente se requiere expertos en este tipo de infracciones, si bien dentro del sistema procesal se tiene que utilizar alguna forma de prueba pericial, por existir hechos controvertidos, y el juzgador necesita obligatoriamente a auxiliares de justicia en este caso los peritos ya que no es de cultura típica del juez conocer todos los hechos; que el operador de justicia entra a valorar la prueba pericial ya que las mismas han sido ilustradas al mismo, contando con dichas limitaciones, debiendo desde este punto aplicar la sana crítica como uno de los elementos a valorar con pautas objetivas; es decir, el perito terminaría decidiendo la suerte del proceso con su informe y sustentación, no es necesario que el juez sea un experto, pero probablemente necesite conocer qué condiciones son necesarias para que determine información sea científicamente válida (Taruffo, 2010).

Teniendo en cuenta esto, va siendo indiscutible desarrollar el tema de los peritajes o medios de prueba para lo cual previa revisión del sistema pericial, consulta de peritos acreditados (Judicatura, 2022) para determinar los Delitos contra la Biodiversidad, a partir del artículo 245 del Código Orgánico Integral Penal, se ha dado búsqueda en la ciudad de Santo Domingo, entre profesionales particulares, peritos de la Fiscalía General del Estado y técnicos del Ministerio del Ambiente en las ramas de: 1) Químico forense, 2) Biología, 3) Microbiología, 4) Ingenieros en Impacto Ambiental, 5) Ingenieros Químicos, 6) Ingenieros en Geologías y Minas, 7) Ingenieros Forestales, 8) Veterinaria/Zootecnista. Dando como resultado que no existen profesionales acreditados en el sistema pericial, haciendo de esta manera imposible el trabajo de Fiscalía como en el caso del acusador particular como lo sería el Ministerio del Ambiente ente rector en materia ambiental, quien representa los derechos de la naturaleza, para lograr determinar la responsabilidad del imputado o procesado, ya que la ilicitud consiste en general la descarga de sustancias a cuerpos de agua dulce o mar sin contar con plantas de tratamiento (PTAR) lo que altera indiscutiblemente el PH, corta de árboles en peligro de extinción, tráfico, tenencia de animales enmarcados en la lista roja, dragados de ríos, lesiones y muerte a animales que formen parte de la fauna urbana, pluralidad de acciones que deben estar complementadas por la exigencia de que de ellas resulte un peligro para la vida del ser humano, animales y especies como flora y fauna del ecosistema.

El efecto entonces, dentro de las reglas de la pericia establecida en la norma penal en su artículo 511 número 1 refiere: ser profesionales expertos en el área, especialista titulados o con conocimientos, experiencia o experticia en la materia y especialidad, acreditados por el Consejo de la Judicatura (Código Orgánico Integral Penal, 2021), esto conlleva, que debe cumplirse con dichos estándares, habiendo la salvedad dentro de la misma normativa en el inciso segundo del número 8 que manifiesta: “De no existir persona acreditada como perito en determinadas áreas, se deberá contar con quien tenga conocimiento, especialidad, experticia o título que acredite su capacidad para desarrollar el peritaje”.

Además, se debe considerar ante la falta de personal especializado (peritos) esto es: Veterinarios, Ingenieros Ambientales, Ingenieros Químicos, Ingenieros Forestales, Biólogos que no se encuentran acreditados ante el Consejo de la Judicatura dificulta el trabajo de la Fiscalía General del Estado para llevar al convecimiento al juez del cometimiento de la infracción penal. De los informes periciales que forman parte del expediente muchas veces, ante la falta de estos expertos en temas ambientales solo se hacen informes técnicos por personal del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE) induciendo que dentro de la audiencia de juicio no tengan esa optima eficacia probatoria, conllevando a que no se pueda sancionar a los responsables de los delitos ambientales y ante eso las pruebas se caen por su propio peso al no contar con peritos especializados, esto por que es dificil demostrar el daño ambiental (Boisselau, 2021).

Es así, si bien los informes periciales deben ser presentados y sustentados por los expertos en el arte u oficio para que constituyan prueba plena dentro del proceso penal, basado en un criterio de imparcialidad y conocimiento para alcanzar la verdad plena dentro de las decisiones judiciales que pueden ser tomadas por parte del operador de justicia, el fin es que pueda cooperar en la persecución de los delitos ambientales (Burillo y Castaño, 2019), siendo nada más que la teoría de la aplicación del Derecho, es decir, el juzgador aplicará justicia cuando ha quedado totalmente convencido con las proposiciones fácticas que son el presupuesto de la norma.

En la presente investigación tiene como objetivo general analizar jurídicamente la prueba pericial en los delitos ambientales y su incidencia en las sentencias judiciales.

 

MÉTODO

La presente investigación utiliza el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Apoyado en la revisión documental-bibliográfica. Además, se aplica el método inductivo-deductivo, el cual sugiere que para encontrar una verdad se deben buscar los hechos y no basarse en meras especulaciones, además de partir de afirmaciones generales para llegar a específicas (Dávila, 2006). Se plantea además el método analítico-sintético por medio del cual, se descompone un todo en partes extrayendo cualidades, componentes, relaciones y más para posteriormente unir las partes analizadas y con ello descubrir características y relaciones entre los elementos (Rodríguez y Pérez, 2017).

 

RESULTADOS

Se muestran a continuación los siguientes resultados:

A la primera pregunta que tiene que ver sobre qué es la prueba pericial los operadores de justicia el 100% afirman conocer la misma, y para qué sirven las mismas dentro del proceso judicial como de la importancia relevante como prueba

 

 

Figura 1. Prueba pericial.

Elaboración: Los autores.

 

A la segunda pregunta en la cual los señores Jueces de la Unidad Judicial Penal de Santo Domingo indican en su totalidad es decir el 100% la importancia que tiene la sustentación del informe pericial por el experto en el arte u oficio, ya que de no ser sustentada no tendría validez jurídica, por tanto, no será tomada en cuenta al emitir la sentencia judicial.

 

 

Figura 2. Sustentación.

Elaboración: Los autores.

A la tercera pregunta los magistrados, respondieron en lo que tiene que ver con las consideraciones que deben constar dentro de un peritaje ambiental, recalcan los entrevistados en un 80% los mismos que lo establecido en la norma penal, y solo el 20% considera que debería constar el nivel de afectación al medio ambiente con el fin de determinar el daño ocasionado.

 

                             

Figura 3. Peritaje ambiental. 

Elaboración: Los autores.

 

DISCUSIÓN

En la prueba pericial se puede establecer si el investigado o procesado es imputable o inimputable dentro de delitos contra el medio ambiente, por el injusto penal que se encuentra sustanciándose, la realización de pericias como medio probatorio, debe ser objetiva por los peritos especializados en la materia, en la cual el solo sustento de un funcionario del propio Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica será solo subjetivo, por ende aquella regla sine quo non de estar debidamente acreditado sería solo considerado su aporte como referencial, ya que lo importante del aporte que se da en el proceso judicial es con el fin de esclarecer si efectivamente ocurrió el delito.

En este sentido, la racionalidad dentro del valor probatorio es que es sometida a decisión judicial, dentro del derecho procesal, y en el cual las partes procesales crean esa conexión entre la prueba y el resultado, que sin lugar a duda tiene preponderancia la prueba pericial, ya que la misma genera una serie de interrogantes al ser puestas a las partes para el ejercicio de contradicción, es así que del lenguaje dentro del informe pericial es totalmente ajeno al jurídico, con conocimientos científicos o técnicos que exceden del derecho.

CONCLUSIONES

La falta de peritos especializados en materia ambiental dentro del sistema judicial del Consejo de la Judicatura en las distintas ramas del derecho ambiental, dificultando de esta manera el trabajo del titular de la acción penal como lo es fiscalía para que pueda demostrar los hechos antijuridicos que son cometidos en contra de la naturaleza, y como aporte debo señalar que el camino a seguir sería que el Ministerio del Ambiente como ente rector de la materia acredite a sus funcionarios para sustentar los informes periciales, tal cual o bajo el mismo mecanismo que los hace la Policia Nacional.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTO

A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, por motivar el desarrollo de la Investigación.

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

Asamblea Nacional (2014). Código Orgánico Integral Penal. [Comprehensive Criminal Code]. Registro Oficial Nº 180. https://url2.cl/53c6h

 

Asamblea Nacional Constituyente de la República del Ecuador, (2008). Constitución de la República del Ecuador. [Constitution of the Republic of Ecuador]. Montecristi. Registro Oficial 449 de 20-oct-2008. https://n9.cl/i1ch

 

Betham, J. (1835). Tratado de pruebas judiciales. [Treatise on judicial evidence]. Madrid: Don Gómez Jordán.

 

Boisselau, C. (2021). Universidad siglo 21. [21st century university]. Editorial: Tirant Humanidades. https://n9.cl/gpaut

 

Burillo, L., y Castaño, E. (2019). Influencia del informe pericial en las resoluciones judiciales en materia penal medioambiental. [Influence of the expert report on judicial decisions in environmental criminal matters]. Revista Aranzadi de derecho ambiental, 43, 241-282. https://n9.cl/2cifu

 

Consejo de la Judicatura. (2022). Sistema pericial-consulta de peritos acreditados. [Expert system-Consultation of accredited experts]. https://n9.cl/0g0rj

 

Dávila Newman, G. (2006). El razonamiento inductivo y deductivo dentro del proceso investigativo en ciencias experimentales y sociales. [Inductive and deductive reasoning within the research process in experimental and social sciences].  Laurus, 12(Ext),180-205. https://n9.cl/nx847

 

García, M. (2013). Derecho Ambiental Sancionatorio. [Environmental Sanctioning Law].  Bogotá: Universidad Externado de Colombia.

 

Lorenzetti, R. (2009). Derecho ambiental y daño. [Environmental law and damage]. Buenos Aires: La Ley.

 

Rodríguez, A., y Pérez, A. O. (2017). Métodos científicos de indagación y de construcción del conocimiento. [Scientific methods of inquiry and knowledge construction]. Revista EAN, 82, 179-200. https://doi.org/10.21158/01208160.n82.2017.1647

 

Suárez, L. (2009). La prueba incidiaria en el proceso civil y en el proceso penal. [Incidental evidence in civil and criminal proceedings]. Lima: Ediciones Caballero Bustamante.

 

Taruffo. (2010). La prueba científica en el proceso civil. [Scientific evidence in civil proceedings]. Sup. Doctrina Judicial Procesal en La Ley.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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