http://dx.doi.org/ 10.35381/racji.v8i16.3152

 

Tutela de los derechos del administrado y los procedimientos sancionadores en los gobiernos locales, Perú

 

Protection of the rights of the administered and sanctioning procedures in local government, Perú

 

 

 

 

 

 

Franco Nerdy Rodríguez-Diestra

francodiestra@hotmail.com

Universidad César Vallejo, Trujillo, La Libertad

Perú

https://orcid.org/0000-0002-7461-0245

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Recibido: 15 de septiembre 2023

Revisado: 10 de noviembre 2023

Aprobado: 15 de diciembre 2023

Publicado: 01 de enero 2024

 


 

RESUMEN

El objetivo general de la investigación fue analizar la tutela de los derechos del administrado y los procedimientos sancionadores en los gobiernos locales, Perú. El método desarrollado por el investigador se basó en el enfoque cualitativo, y se utilizaron fuentes bibliográficas, a fin de conseguir información real y actualizada para poder alcanzar el objetivo planteado, frente al problema jurídico en análisis. Apoyado en las técnicas analítica–sintética, además del método inductivo. Se empleó el fichaje y la entrevista. Los informantes clave: Dos (2) abogados especialistas en materia de derecho administrativo, dedicados a la defensa; siete (7) servidores públicos, gerentes, subgerentes y jefes, que participaron como órgano instructor, sancionador o ejecutor en los gobiernos locales de Trujillo; un (1) catedrático. Se concluyó que, los derechos del administrado en la aplicación de procedimientos sancionadores en los gobiernos locales no se tutelan de manera adecuada.

 

Descriptores: Gobierno local; derecho; procedimiento legal. (Tesauro UNESCO).

 

 

 

ABSTRACT

The general objective of the research was to analyze the protection of the rights of the administered and the sanctioning procedures in local governments, Peru. The method developed by the researcher was based on the qualitative approach, and bibliographic sources were used in order to obtain real and updated information to achieve the objective set out in relation to the legal problem under analysis. Supported by the analytical-synthetic techniques. In addition to the inductive method. The interview and the interview were used. The key informants: Two (2) lawyers specialized in administrative law, dedicated to the defense; seven (7) public servants, managers, assistant managers and chiefs, who participate as an instructing, sanctioning or executing body in the local governments of Trujillo; one (1) professor. It is concluded that the rights of the administered in the application of sanctioning procedures in local governments are not adequately protected.

 

Descriptors: Local government; law; legal procedure. (UNESCO Thesaurus).

 


INTRODUCCIÓN

A lo largo de la historia, el derecho ha experimentado una evolución significativa, dando origen al Ius puniendi del Estado, que representa la facultad sancionadora de un país para castigar conductas antijurídicas. La presente investigación se centra en el ámbito del derecho administrativo, específicamente en la tutela de los derechos de los administrados en los procedimientos sancionadores llevados a cabo en los gobiernos locales de la provincia de Trujillo. Es importante destacar que, con la inclusión de los derechos fundamentales en la constitución, se han logrado avances notables en la protección de los derechos individuales, dando lugar a la configuración de un Estado Constitucional de Derecho.

En esta perspectiva, los puntos de vista ofrecidos por los autores Magide y Prada (2020) acerca del derecho administrativo sancionador, resaltan su origen relativamente reciente, arraigado en el derecho penal y, por ende, fundamentado en sus principios orientadores. Además, este derecho se manifiesta en la interrelación entre el Estado y los administrados. Por otro lado, según Armando (2020), la potestad sancionadora de la administración se integra a la actividad administrativa, distanciándose de cualquier acción judicial. El procedimiento sancionador, regulador de las relaciones entre la entidad pública y los particulares, se encuentra respaldado por principios y normas que garantizan la tutela administrativa efectiva.

Morón (2020) sostiene que la acción sancionadora asume la condición de un auténtico acto administrativo y, por ende, debe seguir un proceso administrativo, en particular, el Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS). La imposición de una sanción resulta imposible si no se cumple con la tramitación de un proceso administrativo, impregnado de garantías, siendo la tutela administrativa efectiva la principal de ellas. Este principio guía todo procedimiento administrativo, asegurando no solo los derechos de los particulares, sino también la eficacia en la actuación de la administración.

Según Guzmán (2020), el derecho a recibir una decisión fundamentada en un proceso plenario y la obligación de garantizar la difusión de la actuación administrativa son componentes esenciales del debido proceso legal. Se ha establecido que una demora prolongada en un proceso administrativo constituye, en principio, una violación del artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH). Para desvirtuar este resultado, el Estado debe demostrar que la dilación del proceso se originó en la conducta de las partes o en la complejidad del caso.

Sin embargo, es crucial tener en cuenta lo que mencionó Fix (2021). Para examinar los diversos elementos procesales y jurídicos abordados por la justicia administrativa, es necesario comenzar con una definición clara de justicia administrativa. Esta abarca una serie de elementos procesales y jurídicos destinados a proteger a los individuos frente a la administración pública. Un aspecto fundamental para lograr la eficacia de la justicia administrativa y, por ende, la protección de los intereses y derechos legítimos de los particulares, radica en la regulación uniforme y precisa de la acción de las autoridades administrativas mediante leyes de procedimiento administrativo.

En este sentido, el proceso sancionador llevado a cabo por la autoridad administrativa debe realizarse en estricto cumplimiento de los fundamentos que limitan y regulan esta facultad. Concluimos que, al imponerse sanciones administrativas, es imprescindible tener presente el principio de proporcionalidad, regulado tanto por la Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG) como por el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General. El incumplimiento de esta norma por parte de los organismos de administración pública provoca perjuicios graves a los administrados, dando lugar a numerosas demandas judiciales innecesarias. La presente investigación busca corregir esta situación al determinar criterios objetivos para la aplicación adecuada de los principios de razonabilidad y ponderación al apreciar una infracción e imponer la correspondiente sanción.

En la actualidad, en la gestión local de la Provincia de Trujillo, se observa que los administrados se ven afectados debido al incumplimiento en la notificación del informe final y a la arbitrariedad en el ejercicio de la potestad sancionadora otorgada por el Estado. Esto se traduce en la imposición de sanciones desproporcionadas e infracciones, ya que no se realiza una clara distinción entre las fases instructivas y resolutivas, y se involucran a diversos organismos. Además, se incumple con la sustentación de actos administrativos, lo que resulta en decisiones carentes de fundamentación y vulnera el derecho al debido proceso, la producción y presentación de pruebas. Los administrados se ven perjudicados al desconocer los procedimientos administrativos que ejecuta la administración pública. Desde el inicio del Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS), los administrados sufren pérdidas económicas al solicitar, a través de la Ley de Transparencia, copias certificadas de documentos relacionados con las infracciones, informes finales y regulares que no contienen la resolución motivada de los empleados públicos. Esto dificulta el ejercicio del derecho de defensa y la producción de pruebas, ya que los administrados deben solicitar esta información en lugar de recibirla mediante notificación previa. Además, a pesar de la existencia de recursos impugnatorios, muchos administrados desconocen sus derechos y carecen de recursos económicos para contratar servicios especializados. Esto genera un déficit en el desarrollo de los gobiernos locales de Trujillo.

En cuanto a los trabajos revisados a nivel internacional sobre la tutela de los derechos del administrado, Bedoya (2016) señaló que la tutela efectiva de los derechos del administrado se logra mediante el uso de acciones impugnatorias por el silencio administrativo. Este autor sugiere que la presentación de acciones impugnatorias es crucial para garantizar la eficacia anticipada del silencio administrativo, ya que, frente a la inacción, este no sería eficaz o sería de eficacia diferida. Castro y Gómez (2020), en Colombia, concluyeron que el régimen administrativo sancionatorio enunciado en la Ley 1437 de 2011, aplicado a empresas de prestación pública domiciliaria, carece de un proceso general, ya que se regula de manera descentralizada. Esta descentralización conlleva a la existencia de diversos procesos sancionatorios que instruyen diferentes sectores, generando una falta de coherencia normativa que afecta el conocimiento de las obligaciones por parte de los administrados y aumenta el número de personas sancionadas.

Los estudios revisados a nivel nacional, específicamente sobre la variable de la tutela de derechos del administrado, han abordado diversas problemáticas. Coronado (2017) investigó la relación entre la limitación de la prueba en los contenciosos administrativos y la vulnerabilidad de la tutela de derechos efectiva. Según este estudio, la limitación de la actividad probatoria afecta significativamente la vulnerabilidad de la sentencia motivada y, por ende, la tutela de derechos efectiva.

Al respecto, de acuerdo a Hunter Ampuero. (2021) indica lo siguiente:

 

La tutela judicial se vierte en un catálogo de pretensiones que el ciudadano puede hacer valer frente a los actos de la Administración que lesionen sus derechos e intereses legítimos. Este catálogo debería satisfacer toda clase de pretensiones ante actos, acciones u omisiones de la gestión administrativa. (p.229).

 

En cuanto a la aplicación de procedimientos sancionadores, Blancos (2019) identificó fundamentos utilizados en la expedición de la Ordenanza Municipal N.º 304-CMPP y evaluó si su adaptación afecta las normas actuales del Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS). Concluyó que las ordenanzas municipales derivadas del órgano legislativo municipal presentan evidencias que contravienen los fundamentos constitucionales del debido proceso. Además, señala que la imposición de sanciones solo es posible si las fases del proceso no presentan vicios de nulidad. Tejada (2018) se centró en la conexión entre el PAS y la transgresión de derechos del ciudadano en la SGFC de la Municipalidad de Villa María del Triunfo en 2017, resaltando que los procesos administrativos son esenciales para establecer coherencia y eficiencia en las actividades municipales.

A nivel local, Gonzales (2017) investigó la transgresión del debido proceso administrativo en los PAS de la Municipalidad de Chaclacayo, concluyendo que esta transgresión perjudica las garantías mínimas concedidas a los administrados y genera una afectación que no se compensa con la presentación de medios impugnatorios. Delgado (2018) afirmó que los fundamentos teóricos de la tutela de derechos del administrado se basan en los preceptos de buen gobierno y administración. Lico (2020) enfatiza que la base teórica del derecho administrativo se fundamenta en la consideración de la naturaleza de las cosas o individuos y destaca la importancia de respetar estrictamente todos los principios legales. Landa (2017) sostiene que los derechos fundamentales son principios básicos de todos los individuos en una sociedad, basados en su dignidad y forman la base del país y la sociedad en su conjunto. Rivera y Romero (2021) destacan que los derechos fundamentales son reconocidos por el derecho positivo de un país, siendo esenciales para respetar la dignidad humana.

En cuanto al marco normativo en el derecho administrativo, Gramajo (2022) indica que los estamentos jurídicos son responsables de implementar políticas y planes de desarrollo, asignar recursos financieros y garantizar la capacidad institucional de la administración pública. Pariona (2021) señala que el abuso de poder en la democracia y el Estado de derecho nunca es absoluto sino limitado. Cuando los funcionarios públicos se exceden en su autoridad, el sistema jurídico prevé sanciones adecuadas para preservar el ejercicio limitado de poderes.

La presente investigación se propone analizar la tutela de los derechos del administrado y los procedimientos sancionadores en los gobiernos locales del Perú, destacando la importancia de respetar los principios fundamentales del derecho administrativo y del debido proceso para garantizar la protección de los derechos de los administrados frente a la actuación de la administración pública.

 

MÉTODO

El investigador ha optado por un enfoque cualitativo para desarrollar el método, aprovechando diversas fuentes bibliográficas para obtener información actualizada y real con el objetivo de abordar el problema jurídico en análisis. Se respalda en las técnicas analítico-sintéticas, permitiendo la generación de conocimientos superiores al agregar información adicional a conceptos previos. Asimismo, utiliza el método inductivo, partiendo de la observación de los hechos.

Se emplean el fichaje y la entrevista como técnicas, involucrando a informantes clave, como dos abogados especialistas en derecho administrativo, siete servidores públicos que desempeñan roles como órgano instructor, sancionador o ejecutor en los gobiernos locales de Trujillo, y un catedrático con grado de magíster especializado en derecho municipal y administrativo. Esta metodología permite un proceso analítico-reflexivo, contribuyendo a ampliar el estado del arte en correlación con el marco jurídico científico vigente, según Behar Rivero (2018).

RESULTADOS

Luego del desarrollo del método indicado por los investigadores, se presentan a continuación los resultados obtenidos.

 

Tabla 1.

Derechos de los administrados en un procedimiento sancionador.

 

Subcategoría

Pregunta

Entrevista

Transcripción

Análisis de lectura

Significado

 

 

 

 

 

 

Fundamento    teórico

 

 

 

 

 

 

 

 

 

¿Cuáles son los derechos de los administrados en un procedimiento sancionador?

E. 1

El derecho a exponer sus argumentos, a ofrecer y producir pruebas y a obtener una decisión motivada y fundada en derecho, lo que enmarca el debido procedimiento, reconocido constitucionalmente.

 

 

 Del análisis de las respuestas emitidos por los entrevistados podemos señalar que los derechos de los administrados y/o particulares en el procedimiento sancionador, tienen base constitucional y legal, resaltando el debido procedimiento; además que también es un principio del derecho. También se desprende del análisis que existe una relación entre el estado y particular; en el cual los gobiernos locales deben respetar los derechos de los particulares y/o administrados. Dentro de los Derechos de los administrados en un procedimiento sancionador, sólo se pueden aplicar sanciones si la conducta y sus consecuencias están prohibidas y establecidas en la ley. Es decir, señaladas en la Ley 27444, o en documentos de gestión del gobierno local como es el CUIS y RASA.

Podemos manifestar que existe una relación entre el estado y particular; además, que los gobiernos locales tienen la potestad sancionadora -Ius puniendi, faculta que es limitada por los derechos de los particulares y/o administrados infractores, considerando que se debe respetar el debido procedimiento en un procedimiento sancionador.  Es así que, el gobierno local, como arma estratégica para dar cumplimiento a la ley, tiene el procedimiento sancionador, facultad limitada.

E. 2

El debido proceso, el derecho a la defensa, presunción de licitud, sanción justa y la non bis in ídem; es decir conjunto de normas a favor del particular y/o administrado.

E. 3

Los derechos de los administrados son responder en documentación técnica que no han cometido la infracción a subsanar la infracción cometida.

E. 4

Los derechos de los administrados se encuentran recogidos en el art. 242 D.S.004-2019-JUS.

E. 5

Los señalados en el T.U.O. de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

E. 6

Son los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento, que comprende el derecho a exponer sus argumentos, producir y ofrecer pruebas, obtener una decisión motivada y fundada en derecho.

E. 7

Que se respeten las garantías mínimas que ostenta todo infractor inmerso en un PAS. La potestad sancionadora de la administración encuentra su límite en los principios establecidos en el art. 248 del T.U.O. de la Ley 27444.

E. 8

Consideramos que toda persona inmersa en cualquier proceso, penal, civil, administrativo u otros según nuestro ordenamiento jurídico, debe tener Derecho a la defensa: Para que exponga y deslinde responsabilidades ante las acusaciones expuestas por los entes administrativos y de justicia. Derecho a un debido proceso: Para acusar debe haber parámetros, cumplimiento de normas. También los administrados gozan de los derechos otorgados por ley.

E. 9

Conjunto de normas constitucionales y legales reconocidos a favor del administrado y/o particular, ante la facultad sancionadora del gobierno local; considerando que estamos en un estado de derecho; resaltando el debido procedimiento, y a obtener una sanción proporcional y justa, establecida en una ley.

E. 10

Se actúa según el principio de legalidad con el fin que los PAS no vulneren los derechos de los infractores, que permita un debido procedimiento, que otorguen fases y plazos al administrado.

 

Elaboración: El autor.

 

Tabla 2.

Importancia que los administrados puedan identificar el procedimiento administrativo sancionador de los gobiernos locales.

 

Subcategoría

Pregunta

Entrevista

Transcripción

Análisis

Significado

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Derechos fundamentales

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

¿Cree Ud. qué es importante que los administrados puedan identificar el procedimiento administrativo sancionador en los gobiernos locales?

E1

Los administrados deben conocer sus derechos y las etapas del procedimiento sancionador; así como, los diversos motivos de sanción, se debe respetar los derechos subjetivos e intereses legítimos, de forma tal que estos no resulten lesionados por actuaciones fiscalizadoras o sancionadoras de la administración del gobierno local.

 

 

 

 

 

 

De las diversas respuestas realizados por los entrevistados manifestamos que la identificación de los derechos por parte del administrado dentro de un procedimiento administrativo sancionador en los gobiernos locales, es vital para que pueda defenderse ante le ius puniendi de la entidad municipal, es importante que   conozca la tramitología, los plazos y los derechos subjetivos e interés legítimos, para que no sean vulnerados por la administración pública. También debe conocer el administrado todos los procedimientos sancionadores y sus etapas, para que pueda defenderse del ius puniendi del gobierno local.

 

 

 

 

 

 

Podemos decir que es importante que los administrados puedan identificar sus derechos ante la facultad sancionatoria del gobierno local, conocer el procedimiento administrativo sancionador, puesto que esto le permitirá poder conocer la existencia de su responsabilidad administrativa, es decir la comisión de la infracción y la posible sanción. Asimismo, defenderse ante el ius puniendi del gobierno local.

E 2

Es importante que el particular, presunto infractor, conozca sus derechos, principalmente su derecho a la defensa, a contradecir las imputaciones de la entidad local, a obtener una decisión motivada y fundada en derecho, para que no se afecte sus derechos fundamentales como a trabajar libremente, presunción de inocencia e igual ante la ley; por consiguiente, conocer los diversos procedimientos sancionadores que tienen los gobiernos locales.

E 3

Sí, es importante toda vez que la municipalidad regula el orden de su jurisdicción y debe darse a conocer las restricciones que existen para el desarrollo urbano, además indicar al presunto infractor de que derechos tiene en el momento de su intervención fiscalizadora. 

E 4

Sí, para evitar errores involuntarios y ocasionen retraso en el procedimiento sancionador.

E 5

Sí, para evitar ser sancionado y conozcan el cumplimiento de la norma.

E 6

Si creo que es importante que los administrados puedan identificar sus derechos en el PAS de los gobiernos locales ya que si tienen conocimiento de esta pueden evitar cometer faltas administrativas que ameriten un PAS.

E 7

Es de vital relevancia que el administrado conozca el trámite, plazos y derechos que este ostenta al estar inmerso en Procedimiento Administrativo Sancionador, conllevando ello a que este pueda tener la convicción que se respeta el debido procedimiento; y, en consecuencia, la seguridad de una correcta aplicación de la potestad sancionadora de la administración.

E. 8

No necesariamente, porque implicaría que todos los ciudadanos tengan en cierto modo conocimiento, capacitación u estudios en derecho. A esto hay que agregarle que a veces los administrados, que se convierten en denunciantes y posteriormente pasan a ser colaboradores, son personas analfabetas o que en su defecto no han concluido sus estudios primarios y secundarios.

 

E. 9

Si, es necesario que el administrado conozca sus derechos, para lo cual la entidad local a través de sus servidores municipales debe informar al administrado fiscalizado el sustento legal de la intervención que se realiza en una actividad de fiscalización o PAS.

E. 10

Si es importante que los administrados conozcan sus derechos dentro del procedimiento sancionador instaurado en su contra, ya que el procedimiento administrativo sancionador, se dirige a la tutela de los intereses generales

 

Elaboración: El autor.

 

 

 

DISCUSIÓN

Los resultados de la presente investigación mostraron  que los derechos de los administrados no se tutelan de manera adecuada, porque el personal que interviene en los procedimientos sancionadores, órgano instructor y sancionador no siempre es el idóneo, debido a la falta de conocimiento jurídico; además, la estructura interna de la mayoría de gobiernos locales no es la adecuada, considerando que existe una variedad de órganos instructores y sancionadores en cada gerencia o unidad orgánica, de acuerdo a un determinado procedimiento sancionador que le compete a una determinada área municipal, es decir en un gobierno local existen diversos procedimientos sancionadores realizados por diferentes unidades orgánicas, no existiendo un órgano especializado, lo que ocasiona un problema en la tutela de los derechos de los administrados. No logrando garantizar la justicia y el respeto a los derechos de los ciudadanos inmersos en algún procedimiento sancionador.

 

CONCLUSIONES

De acuerdo a los resultados se determinó que los derechos del administrado en la aplicación de procedimientos sancionadores en los gobiernos locales no se tutelan de manera adecuada, porque el personal gubernamental no siempre es el idóneo debido a que no se encuentran capacitados en el marco normativo del procedimiento sancionador. De acuerdo a los resultados obtenidos se logró identificar los derechos del administrado en la aplicación de los procedimientos sancionadores, tales son: derecho a la defensa, presunción de inocencia, derecho a la asistencia legal, el derecho al debido procedimiento, a la igualdad ante la Ley y a trabajar libremente; los cuales son esenciales para garantizar que los procedimientos sancionadores se lleven a cabo de manera justa y legal.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

 

AGRADECIMIENTO

A la Universidad Cesar Vallejo; por motivar el desarrollo de la Investigación.

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

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