https://doi.org/10.35381/racji.v8i3.3019

 

La mendicidad de los niños como medio de explotación, Babahoyo, Ecuador

 

Begging of children as a means of exploitation, Babahoyo, Ecuador

 

 

 

 

Ariana Belén Mora-Troya

arianamtc9@gmail.com

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Babahoyo, Los Ríos

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-3051-290X

 

Jennifer Andrea González-Álvarez

branmitg@gmail.com

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Babahoyo, Los Ríos

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-0229-2225

 

Rayner Rodolfo Franco-Barahona

francobrayner@gmail.com

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Babahoyo, Los Ríos

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-6918-8270

 

Marcia Esther España-Herrería

ub.marciaespania@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Babahoyo, Los Ríos

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-2921-5828

 

 

 

 

Recepción: 15 de octubre 2022

Revisado: 20 de noviembre 2022

Aprobación: 15 de diciembre 2022

Publicación: 15 de enero 2023

 

 


 

RESUMEN

El objetivo general de la investigación fue analizar jurídicamente la mendicidad de los niños como medio de explotación, Babahoyo, Ecuador. El planteamiento realizado por los investigadores para el desarrollo del método, fue a partir del enfoque cuantitativo, mediante la indagación, recolección y análisis crítico documental y referencial bibliográfico, basándose en la exploración metódica, rigurosa y profunda de diversas fuentes documentales conformadas por artículos, tesis, normas y leyes entre otros. Además, se aplicó una encuesta a 58 ciudadanos. Se concluye que, se debe profundizar el análisis sobre el tema de los niños, niñas y adolescentes mendigos, en virtud de que es deber ineludible que la familia, la sociedad y el estado, aseguren el goce de los derechos relacionados con la supervivencia, el desarrollo integral del niño y su participación en los asuntos que le pertenecen.

 

Descriptores: Niño desfavorecido; derechos del niño; justicia social. (Tesauro UNESCO).

 

 

 

ABSTRACT

The general objective of the research was to legally analyze the begging of children as a means of exploitation, Babahoyo, Ecuador. The approach taken by the researchers for the development of the method was based on the quantitative approach, through the inquiry, collection and critical analysis of documents and bibliographic references, based on the methodical, rigorous and in-depth exploration of various documentary sources consisting of articles, theses, regulations and laws, among others. In addition, a survey was applied to 58 citizens. It is concluded that the analysis on the subject of beggar children and adolescents should be deepened, since it is an unavoidable duty of the family, society and the state to ensure the enjoyment of the rights related to survival, the integral development of children and their participation in the matters that belong to them.

 

Descriptors: Disadvantaged children; children's rights; social justice. (UNESCO Thesaurus).

 

 


INTRODUCCIÓN

La mendicidad infantil es un problema que viene azotando a Latinoamérica desde hace muchos años, y a pesar, de los contantes esfuerzos de la Organización Internacional del Trabajo. (OIT) en realizar acciones que disminuyan los casos de mendicidad en niños. Esta figura se ha convertido en un fenómeno social que ha marcado a los países de Latinoamérica y funciona como un indicador que refleja las desigualdades y la condición socioeconómica o de pobreza que atraviesa un país; por lo que en la actualidad  la mayor parte de países latinoamericanos por medio de sus ministerios y organismos estatales encargados de la política social, han desarrollado e implementado políticas, programas, proyectos y diferentes actividades enfocados en la prevención, atención directa, acogimiento institucional y seguimiento a los niños en situación de mendicidad.

En Ecuador, el organismo encargado de controlar el problema de la mendicidad en niños es el Ministerio de Inclusión Económica y Social, en conjunto con otras dependencias administrativas como las Juntas Cantonales de Protección de derechos de niños, niñas y adolescentes. Es claro que este fenómeno social no solo existe en Ecuador, sino que es un denominador común en países de la región, generando efectos negativos en el desarrollo físico y psicológico de los niños objeto de mendicidad, expuestos a los peligros de la calle como uso de drogas o sustancias ilícitas, participación en actos delictivos y accidentes de tránsito.

En la legislación ecuatoriana no se encuentra un título o capitulo que exprese sobre la mendicidad en profundidad, se menciona este término en el Art. 67 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, dándole la figura de maltrato, y en igual forma lo mencionan en el Art.113 numeral 7 ibídem, refiriéndose a la perdida judicial de la patria potestad, si como en el artículo 91 numeral 6 del Código Orgánico Integral Penal.(2014), constituyéndolo como explotación, pero no se lo individualiza como un problema crítico de la sociedad ecuatoriana a la cual tiene que dársele una solución rápida involucrándole al estado con este problema y las organizaciones dedicadas a erradicarlo.

Todo esto hace que esta problemática sea de vital importancia para el estado ecuatoriano, en virtud de que la Constitución de la República de Ecuador(2008) en su artículo 44, lo obliga a promover de forma prioritaria el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes, entendiéndose esta figura jurídica como el proceso de crecimiento, maduración y despliegue de su intelecto, así como de sus capacidades, potencialidades y aspiraciones, en un entorno familiar, escolar, social y comunitario de afectividad y seguridad.

El termino mendicidad es considerado como un problema social que se sitúa en todos los países del mundo sin distinción de nivel económico que se encuentra el país; de tal manera la mendicidad es un fenómeno complejo y multicausal por las situaciones o privaciones individuales, pero también concernientes a problemas estructural o interrelacionar como es falta de vivienda, pobreza, estados de vulnerabilidad.

En tal sentido, la mendicidad debe tener una solución integral, coordinada e interinstitucional que aborde los problemas individuales y estructurales. Es así como la mendicidad está formada en su mayoría por personas de menor de edad, adultos mayores; considerados como los más vulnerables.

El termino mundial de la mendicidad se precisa como la solicitud de una donación facultativa específico, más a menudo dinero, en un lugar público. Aunque constan elementos socioeconómicos en el territorio como el despido, la pobreza, o una etapa de vulnerabilidad que logran producir que los sujetos recurran a la mendicidad como una actividad para llevar apoyo a sus familias, asimismo los factores culturales o religiosos pueden promover la mendicidad como un medio de vida que requiere poco esfuerzo (Hasan, 2014).

A nivel internacional, no se encuentran cifras actualizadas de la dimensión del problema de mendicidad y ha recibido relativamente poca atención como tema de investigación, análisis o diseño de políticas legales, públicas o sociales. Lo que sorprende, dado que la ocurrencia, persistencia e incidencia de la mendicidad en sí representa un fracaso de la política pública y social (Lynch, 2005). La mendicidad infantil es una situación donde los niños, niñas o adolescentes se ven impuestos a la ejecución continuado de actividades o acciones permanente en peticiones de dinero en la vía pública, este tipo de maltrato se halla muy conexo con la explotación laboral ya que son determinados a los mismos con el objeto de lograr una ayuda económica, sin tener que ejecutar, los adultos, ninguna otra tarea (Montalvo, 2009).

La mendicidad de niños, niñas y adolescentes, y los grupos de atención prioritaria constituye una forma de maltrato, a través de la cual estos menores son obligados por sus progenitores, las personas encargadas de su cuidado, o terceras personas, a realizar la indigna actividad de pedir dinero a los transeúntes e incluso ingresando a viviendas y otro tipo de lugares, con el objeto de obtener recursos económicos para subvencionar gastos de orden familiar, o simplemente para favorecer la ociosidad de los adultos, o con el objeto de beneficiar económicamente a alguien.

Los niños, últimas víctimas de la manipulación familiar, son el grupo sobre el que se sustenta la mendicidad organizada. Más del sesenta por ciento de los mendigos son menores de dieciséis años. El componente infantil en la mendicidad familiar es preponderante, es el elemento básico que activa la atracción de la limosna, por ello, se explota, especialmente, a los niños de edades comprendidas entre los dos y los cinco años, e incluso, a los niños en edad lactante pues facilitan más todavía la actitud lastimera (Machado, 2022).

En la presente investigación se plantea como objetivo general analizar jurídicamente la mendicidad de los niños como medio de explotación, Babahoyo, Ecuador.

 

MÉTODO

El planteamiento realizado por los investigadores para el desarrollo del método, es a partir del enfoque cuantitativo, mediante la indagación, recolección y análisis crítico documental y referencial bibliográfico, basándose en la exploración metódica, rigurosa y profunda de diversas fuentes documentales conformadas por artículos, tesis, normas y leyes entre otros, describiendo los hallazgos encontrados. En la investigación, se ha empleado como técnica la revisión documental, la cual permite obtener información valiosa para encuadrar los acontecimientos, problemas y reacciones más usuales de personas y culturas que son objeto de análisis (Sánchez et al., 2021).  Se recurrió, además, al método inductivo-deductivo, el cual propone que para hallar una verdad se deben escudriñar los hechos y no basarse en meras especulaciones, igualmente a partir de afirmaciones generales para llegar a las específicas (Dávila, 2006). Se aplicará una encuesta a 58 ciudadanos civiles, y miembros del Ministerio de Inclusión Económica y Social, y la Junta Cantonal de Protección de Derechos de Niñas, niños y adolescentes.

 

RESULTADOS

A continuación, se muestran los resultados obtenidos.

1.    ¿Usted ha visto niños, niñas y adolescentes mendigando por las calles de la ciudad de Babahoyo?

 

Tabla 1.

Niños, niñas y adolescentes mendigando.

 

RESPUESTA

FRECUENCIA

PORCENTAJE

A

0

0%

B

80

100%

TOTAL

80

100%

 

Elaboración: Los autores.

 

De la población encuestada el 100% si ha visto niños, niñas y adolescentes mendigando por las calles de la ciudad de Babahoyo.

 

2.    ¿Considera usted que los niños, niñas y adolescentes mendigan por la falta de protección del Estado ecuatoriano?

 

Tabla 2.

Falta de protección.

 

RESPUESTA

FRECUENCIA

PORCENTAJE

A

60

85%

B

20

15%

TOTAL

80

100%

 

Elaboración: Los autores.

De la población encuestada el 85% si considera que los niños, niñas y adolescentes mendigan por la falta de protección del Estado ecuatoriano, mientras que 15% no considera que los niños, niñas y adolescentes mendigan por la falta de protección del Estado ecuatoriano.

 

3.    ¿Considera usted que las normativas consagradas en la Constitución de la República del Ecuador y el Código Orgánico Integral Penal son adecuadas para salvaguardar los grupos vulnerables de la mendicidad?

 

Tabla 3.

Normativas.

 

RESPUESTA

FRECUENCIA

PORCENTAJE

A

58

60%

B

22

41%

TOTAL

80

100%

 

Elaboración: Los autores

 

De la población encuestada el 60% cree que las normativas consagradas en la Constitución de la República del Ecuador y el Código Orgánico Integral Penal si son adecuadas para salvaguardar los grupos vulnerables de la mendicidad. Mientras que el 40% cree que las normativas consagradas en la Constitución de la República del Ecuador y el Código Orgánico Integral Penal no son adecuadas para salvaguardar los grupos vulnerables de la mendicidad.

 

Propuesta

Se plantea como propuesta una posible solución al problema planteado en el presente trabajo investigativo, en aras de garantizar el fiel cumplimiento del desarrollo integral de las niñas. Niños y adolescentes, la elaboración de un análisis crítico – jurídico sobre la falta de una normativa legal autónoma que sancione a quienes utilicen a la mendicidad de los niños como medio de explotación, en virtud de que en la legislación ecuatoriana no existe ninguna norma legal que determine específicamente sobre esta figura de la mendicidad en niñas, niños y adolescentes, en vista de que la norma sancionadora que más relación tiene con esta temática, es el numeral 6 del artículo 91 del Código Orgánico Integral Penal, enfocando la mendicidad como una forma de explotación, debido a que es considerada como toda actividad de la que resulte un provecho material o económico, una ventaja inmaterial o cualquier otro beneficio, para sí o para un tercero.

Partiendo desde este precepto, se entiende que se sanciona la mendicidad de forma general constituyéndola en el tipo penal de trata de personas: sin embargo no existe una norma que establezca de forma independiente la mendicidad infantil y las sanciones impuestas a quienes inciten a estos actos, que es lo que el legislador debería de crear, en aras de evitar que se continúen vulnerando los derechos de las niñas y niños, en especial el desarrollo integral, siendo este el más importante porque enmarca en su figura varios derechos conexos, y de esta forma se beneficiarían los niños que pasan por este problema, y los progenitores o responsables podrán ser sancionados severamente.

 

CONCLUSIONES

Se debe profundizar el análisis sobre el tema de los niños, niñas y adolescentes mendigos, en virtud de que es deber ineludible que la familia, la sociedad y el estado, aseguren el goce de los derechos relacionados con la supervivencia, el desarrollo integral del niño y su participación en los asuntos que le pertenecen.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTO

A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, Sede Babahoyo, por motivar el desarrollo de la Investigación.

 

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

Asamblea Constituyente. (2017). Código Orgánico del Ambiente. [Organic Environment Code]. Quito, Pichincha, Ecuador: Registro Oficial 983.

 

Asamblea Nacional Constituyente de la República del Ecuador. (2008). Constitución de la República del Ecuador. [Constitution of the Republic of Ecuador]. Montecristi. Registro Oficial 449 de 20-oct-2008. Recuperado de https://n9.cl/sia

 

Dávila Newman, G. (2006). El razonamiento inductivo y deductivo dentro del proceso investigativo en ciencias experimentales y sociales. [Inductive and deductive reasoning within the research process in experimental and social sciences]. Laurus, 12(Ext),180-205. https://n9.cl/nx847

 

Hasan, S. (2014). Socio-Economic Status of Beggars in Urban Areas. A Case Study. Global Journal of Multidisciplinary Studies, 3(9), 388-416.

 

Lynch, P. (2005). Critique and comment- Undestanding and responding to begging. Melbourne University Law Review, 518-555.

 

Machado Maliza, M., Mainato Angamarca, K., y Mestanza Velastegui, N. (2021). Complicidad silenciosa ante la mendicidad infantil y la vulneración de derechos por parte de autoridades y ciudadanía Riobambeña.[Silent complicity in child begging and violation of rights by Riobambeña authorities and citizens].  Dilemas contemporáneos: educación, política y valores9(spe1), 00083. https://doi.org/10.46377/dilemas.v9i.2991

 

Ministerio de Inclusión Económica y Social. (2020). Lineamientos para el Servicio de Erradicación Progresiva de la Mendicidad en el Ecuador. [Guidelines for the Service for the Progressive Eradication of Mendicity in Ecuador]. Quito: MIES.

 

Montalvo, G. M. (2009). Los problemas sociales y económicos de la niñez y la adolescencia. [The social and economic problems of children and adolescents]. Quito: Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales.

 

Organización Internacional del trabajo. (2020). ¿Qué se entiende por trabajo infantil? [What is child labor?]. https://n9.cl/m6gb

 

Sánchez Bracho, M., Fernández, M., y Díaz, J. (2021). Técnicas e instrumentos de recolección de información: análisis y procesamiento realizado por el investigador cualitativo. [Data collection techniques and instruments: analysis and processing by the qualitative researcher]. Revista Científica UISRAEL, 8(1), 107–121. https://doi.org/10.35290/rcui.v8n1.2021.400

 

 

 

 

 

 

 

 

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