https://doi.org/10.35381/racji.v8i1.2963

 

Deficiencias normativas en la potestad de control de la superintendencia de economía popular y solidaria

 

Regulatory deficiencies in the control power of the superintendency of popular and solidarity economy

 

 

 

Jonny Luís Acosta-Bombón

pg.jonnylab74@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0009-0000-5121-6037

 

Pablo Miguel Vaca-Acosta

ua.pablovaca@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-0806-8929

 

Fernando-De-Jesús Castro-Sánchez

ua.fernandocastro@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

 https://orcid.org/0000-0003-3937-8142

 

Genaro Vinicio Jordán-Naranjo

ua.genarojordan@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0003-3027-3926

 

 

 

 

Recibido: 15 de enero 2023

Revisado: 20 marzo 2023

Aprobado: 15 de abril 2023

Publicado: 01 de mayo 2023

 

 


 

 

RESUMEN

El objetivo general de la investigación fue analizar jurídicamente las deficiencias normativas en la potestad de control de la superintendencia de economía popular y solidaria. La presente investigación utilizó el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Además, se aplica el método inductivo-deductivo. Se plantea además el método analítico-sintético por medio del cual, se descompone un todo en partes extrayendo cualidades, componentes, relaciones. La utilización de estos métodos hizo posible que se analice doctrina, cuerpos normativos, documentos jurídicos, tesis y bibliografía. Se recurrió además a la encuesta aplicada a los expertos jurídicos, mismos que conocen abiertamente respecto del tema en cuestión. Se concluye que, las cooperativas de ahorro y crédito y entidades crediticias en su mayoría no acatan con totalidad el cumplimiento de las normativas emitidas por la SEPS, lo cual hace que se obtenga desventajas con el sector cooperativo.

 

Descriptores: Economía colectiva; cooperativa; control de las cuentas. (Tesauro UNESCO).

 

 

 

ABSTRACT

The general objective of the research was to legally analyze the normative deficiencies in the control power of the Superintendence of Popular and Solidarity Economy. The present research used the quantitative method which produces descriptive data, originating from data collection. In addition, the inductive-deductive method is applied. The analytical-synthetic method is also used, by means of which a whole is broken down into parts, extracting qualities, components and relationships. The use of these methods made it possible to analyze doctrine, normative bodies, legal documents, theses and bibliography. The survey applied to legal experts, who are openly knowledgeable about the subject in question, was also used. It is concluded that most savings and credit cooperatives and credit institutions do not fully comply with the regulations issued by the SEPS, which results in disadvantages for the cooperative sector.

 

Descriptors: Collective economy; cooperative; control of the accounts. (UNESCO Thesaurus).

 

 


 

INTRODUCCIÓN

Las potestades administrativas pueden ser consideradas como un conjunto de poderes, los cuales mediante la normativa legal vigente se le confieren de una forma directa a la Administración Pública y las mismas les dan la facultad para poder efectuar actos que pueden tener un interés general o público (Dromi, 2016,p.65). Estos poderes que les son conferidos le sitúan a cada uno de estos órganos en un plano de superioridad frente a la población en general y los colocan en una situación de supremacía y de prerrogativa, mediante los cuales estos órganos pueden constituir, modificar o extinguir vínculos jurídicos a los administrados; imponiéndoles obligaciones y situaciones jurídicas, de forma unilateral (Ivanega, 2018, p.78).

En este orden de ideas, sus características principales son: en primer lugar, se está en presencia de poderes que se encuentran regulados por la normativa legal vigente por tanto las potestades administrativas están sujetas al principio de legalidad, que es un elemento fundamental en todo Estado de derecho. Esta facultad que le es otorgada mediante la Constitución y la ley sólo puede ser ejercida con la finalidad de obtener un interés público y bajo ningún argumento un interés propio o de la administración (Benalcazar, 2017, p. 34).

Por otra parte, hay que señalar que el Estado está revestido de poder, el mismo que debe ser ejercido como se encuentra previsto en el sistema normativo y que se justifica en virtud del cumplimiento del objetivo para el cuál fue creado, Así el constitucionalismo consiste, principalmente, en lograr el proyecto político de la Nación, uno de los fines instrumentales del Estado al que se organiza: el bien común que es el nexo por el cual se puede lograr el bien individual, evidenciando que el poder es un principio ordenador de la sociedad, que tiene un fin eminentemente de carácter político, que se desarrolla mediante instrumentos jurídicos y materiales. Destacando que Las potestades de la Administración son un medio para aplicar el poder (Oyarte, 2016, p. 47). Ahora bien, el problema que se plantea dentro de la presente investigación se presenta, cuanto existen deficiencias normativas en la potestad de control de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, que es el ente encargado por mandato de la Constitución y de la ley, de velar por todo lo relativo a la supervisión y el control de todas aquellas entidades que forman parte del sector Financiero Popular y Solidario y de las organizaciones de la Economía Popular y Solidaria del Ecuador.

En este sentido, la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria.(SEPS), en el ámbito de su competencia pretende que se encuentre por una parte la sostenibilidad y por la otra, el correcto funcionamiento de todas las instituciones que pertenecen al sector financiero (Rivero y Grada, 2017, p. 57) está relacionado con las Cooperativas de ahorro y préstamo en todo el Ecuador, en las cuales no hay la suficiente supervisión por parte de la SEPS, ello se refleja cuando de manera periódica realizan auditorias y las mismas arrojan informes en los cuales se deben efectuar las correcciones económicas necesarias, o se evidencian fallas que deben ser corregidas no se halla por parte de este ente la suficiente vigilancia a los efectos que se puedan corregir estas deficiencias existentes. La SEPS al no establecer medidas disciplinarias claras a las Cooperativas de ahorro y crédito sujetas a su control por las actuaciones de estas, trae como consecuencia que aquellas deficiencias detectadas en las auditoría realizadas persistan e influyan negativamente en el orden económico, incidiendo esta situación en los índices elevados de morosidad de estas entidades financieras en relación estrecha con las deudas impagas de sus socios, provocando que quienes hacen las veces de dueños de estas entidades abandonen el país a fin de evadir responsabilidades de carácter penal por el daño patrimonial causado a consecuencia de sus mala gestión.

Cabe señalar que se requiere que exista por parte de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, una mayor capacidad de control y sanción a las entidades financieras que están  bajo su competencia especialmente las cooperativas ya que si se aplica de forma rigurosa las sanciones contempladas en la legislación vigente y se realice una mejor fiscalización principalmente en las recomendaciones que se efectúan a las entidades financieras en cada una de las auditorías realizadas se podrá obtener un resultado diferente en la prestación de servicios por parte de las cooperativas a sus asociados.

Por lo tantos, el control de la Economía Popular y Solidaria y del sector financiero popular y solidario está a cargo de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, organismo con jurisdicción nacional, personalidad jurídica del derecho público, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera. Para ejercer el control y la supervisión de las organizaciones, se desarrolló un modelo integral que se considera las características específicas de las organizaciones de la economía popular y solidaria del Ecuador; y que se incorpora la supervisión extra-situ (fuera de su lugar) basada en los riesgos específicos del sector y la supervisión in-situ (en el propio lugar). Es por ello que siendo una organización cuya meta es atender las necesidades de cada miembro social en el ejercicio jurídico, deba ser quien atienda, regule y controle el comercio justo y finanzas éticas velando por la estabilidad, solidez y buen funcionamiento en las organizaciones financieras.

Al respecto, las atribuciones de la superintendencia están determinadas en los Artículos 147 de la LOEPS y 154 de su Reglamento. La Misión de la Superintendencia enfatiza en los principios y el campo de competencia de la institución y constituye un lineamiento motivador para mediante el trabajo y compromiso del talento humano, dar cumplimiento a su propósito. La Visión institucional determina el lineamiento de acción a largo plazo y es la expresión del estado futuro al que aspira llegar la superintendencia; tomando en cuenta criterios objetivos y posibilidad de éxito. (Medina Castro, 2018, p. 82).

Según la misión y visión de la superintendencia incluida las atribuciones a cumplir mencionan que la misma es un ente motivador y un respaldo para el sector financiero, pero al no cumplir con lo expuesto existen falencias en su ejecución. Por ello es de suma importancia la necesidad de trabajar en los cumplimientos legales que permitan que se consolide la economía popular y solidaria.

En la presente investigación se plantea como objetivo general analizar jurídicamente las deficiencias normativas en la potestad de control de la superintendencia de economía popular y solidaria.

 

 

MÉTODO

La presente investigación utiliza el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Además, se aplica el método inductivo-deductivo, el cual sugiere que para encontrar una verdad se deben buscar los hechos y no basarse en meras especulaciones, además de partir de afirmaciones generales para llegar a específicas (Dávila, 2006). Se plantea además el método analítico-sintético por medio del cual, se descompone un todo en partes extrayendo cualidades, componentes, relaciones y más para posteriormente unir las partes analizadas y con ello descubrir características y relaciones entre los elementos (Rodríguez y Pérez, 2017). La utilización de estos métodos hizo posible que se analice doctrina, cuerpos normativos, documentos jurídicos, tesis y bibliografía, la cual luego del análisis pertinente, permitió que se generen criterios y aportes para un mejor desarrollo del derecho constitucional (Naula, Narváez, Vázquez y Erazo, 2020). Se recurrió además a la encuesta aplicada a los expertos jurídicos, mismos que conocen abiertamente respecto del tema en cuestión.

 

RESULTADOS

En el siguiente cuadro se resumen los resultados obtenidos producto de la encuesta aplicada.

 

Cuadro 1.

Respuestas.

 

Interrogantes

Respuestas

1. ¿En qué consisten las normativas de la potestad de control?

 

De la totalidad de respuestas recibidas se pudo evidenciar que un 100% de los encuestados coinciden con el mismo criterio en el que las normativas de potestad de control son las que inspeccionan las actividades financieras y atribuye la competencia legal para ejercer a la vigilancia de los administrados.

2. ¿Cuáles son las características de la potestad de control?

 

El 100 % de los encuestados señalan que las características de potestad de control son supervisión, control e imparcialidad, deben emitir un criterio profesional basados en las normativas y reglamentos vigentes.

3. ¿Conoce usted cual es el procedimiento o normativa vigente que controla la              entidad financiera privada?

 

En esta pregunta se obtuvo criterios distintos en la que el 75% de los encuestados manifiestan que el procedimiento o normativa vigente que controla la entidad financiera privada es: la ley general y reglamentos generales de instituciones del sistema financiero como: La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria que controla a Cooperativas de Ahorro y Crédito; y la Superintendencia de Bancos. Por otro lado, el 25% de los encuestados acotan que son: El código orgánico monetario y financiero, las resoluciones dictadas desde la junta política y control monetario.

4. ¿En qué consisten las obligaciones institucionales financieras?

 

El total de los encuestados concluye que son compromisos financieros contraídos por una entidad, enfocados en brindar servicios óptimos de calidad a sus socios y clientes ofreciendo de forma clara y transparente su información financiera respetando a las leyes que regulan el sistema financiero emitido por la junta monetaria.

5. Explique, ¿cuál es el propósito de las instituciones financieras privadas?

 

La opinión emitida por el 100% de los encuestados es que el propósito de las instituciones financieras privadas es ofrecer servicios de carácter financiero principalmente de ahorro y crédito.

6. ¿Conoce usted la relación de la SEPS y la institución financiera privada?

 

El 80% de las opiniones dadas parten de que nacen desde el código monetario y financiero, la ley economía popular y solidaria y que es el organismo de control a quien se le emite reportes referentes a todo el movimiento financiero de la entidad. El 20% desconoce dicha relación.

7. ¿Cree usted que existen falencias dentro de las potestades de control por parte de la SEPS?

El 100% de los participantes tienen el criterio que existe demasiada burocracia, centralización del control en la oficina matriz de la SEPS, falta de una correcta estructura de control consistente de la SEPS por la cual han existido casos de quiebra de instituciones financieras.

8. ¿La SEPS como entidad de control en que tiempo debe emitir las observaciones que fueron detectadas en la inspección realizada la entidad financiera privada?

El 100% de los expertos afirman que las observaciones deben ser emitidas prontas para que no siga existiendo falencias ya que hay muchas demoras en realizarlas.

9. ¿El incumplimiento a las observaciones realizadas por la entidad de control SEPS a la institución financiera privada que ocasiona y que sanción tiene?

 

El 100% de los participantes están de acuerdo que el incumplimiento a las observaciones ocasiona llamados de atención y multas en casos graves y reincidentes clasificadas como sanciones leves, graves y muy graves.

10. ¿Cuáles son las causas más comunes para que una institución financiera tenga un alto porcentaje de morosidad, que como consecuencia la cooperativa cierre, los dueños huyan y los socios queden a expensas de una liquidación?

El 100% de las respuestas de los participantes atribuyen a un alto grado de morosidad por no haber realizado el análisis bien al sujeto de crédito o no tener un procedimiento de cobranzas rígido y muy bien establecido, habido casos específicos de créditos vinculados que han originado la liquidación de determinadas entidades.

 

Elaboración: Los autores.

 

Así mismo, para Castañeda & Secaira (2018) son características de la potestad administrativa las siguientes, ser:

·         Unilateral. - Es un término que hace referencia a la situación en la que un el acuerdo solo compromete a una parte. En otras palabras, la unilateralidad hace referencia a la implicación de una sola parte en una determinada situación, excluyendo a la otra parte de cualquier obligación posible.

·         Irrenunciable. - El adjetivo irrenunciable es la calificación que se refiere a todo aquello que no alberga la posibilidad de ser renunciado por la propia voluntad. Los derechos humanos, por ejemplo, son aquellos cuya renuncia es imposible porque nadie puede desprenderse de ellos. Por regla general, o por principio jurídico, los derechos humanos son irrenunciables, constituyendo la excepción a la regla aquellos que sí pueden renunciarse.

·         Imprescriptible. - Hace referencia a lo que no prescribe. El verbo prescribir, a su vez, se emplea en el ámbito del derecho para aludir a la extinción de un derecho, una obligación o una responsabilidad debido al paso del tiempo. Como instituto jurídico, la prescripción genera un efecto de consolidación de una situación de hecho, permitiendo la adquisición de una cosa ajena o la extinción de un derecho. Cuando algo es imprescriptible, en cambio, no se extingue más allá de los años.

·         Intransferible e Inalienable. - Los derechos humanos son inalienables e intransferibles. La persona humana no puede renunciar a estos derechos, no puede negociarlos. Tampoco el Estado puede disponer de los mismos. Se entiende que en situaciones extremas algunos de estos derechos pueden ser suspendidos por un tiempo determinado, pero nunca abolidos o extinguidos.

 

CONCLUSIONES

Las cooperativas de ahorro y crédito y entidades crediticias en su mayoría no acatan con totalidad el cumplimiento de las normativas emitidas por la SEPS, lo cual hace que se obtenga desventajas con el sector cooperativo. Además, no existe un control adecuado en cuanto al cumplimiento y fortalecimiento de las normativas, existiendo deficiencia en el desempeño de funciones administrativas en las instituciones financieras.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTO

A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, por motivar el desarrollo de la Investigación.

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

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Benalcazar, J. (2017). Derecho procesal Administrativo ecuatoriano. Jurisprudencia, Dogmática y Doctrina. [Ecuadorian Administrative Procedural Law. Jurisprudence, Dogmatic and Doctrine]. FORO revista de derecho, 8, 1-18. Recuperado de: https://n9.cl/0e6b3

 

Castañeda, P., & Secaira. (19 de junio de 2018). Características de la Potestad. [Characteristics of the Power]. Recuperado de: https://n9.cl/nfsvc

 

Castro Medina, A. (2018). Economía popular y solidaria: ¿realidad o utopía? Caracterización de las entidades de fomento. [Popular and solidarity economy: reality or utopia? Characterization of development entities]. Quito: Editorial Abya-Yala, 220 p. https://doi.org/10.7476/9789978104903.

 

Dávila Newman, G. (2006). El razonamiento inductivo y deductivo dentro del proceso investigativo en ciencias experimentales y sociales. [Inductive and deductive reasoning within the research process in experimental and social sciences]. Laurus, 12(Ext),180-205. Recuperado de: https://n9.cl/nx847

 

Dromi, R. (2016). Derecho Administrativo. [Administrative Law].  Buenos Aires: Ed.

 

Ivanega, M. (2018). Reflexiones Acerca del Derecho Administrativo y el Régimen Exorbitante de Derecho Privado. [Reflections on Administrative Law and the Exorbitant Private Law Regime]. Revista de Administración Pública, 323, 1-17. Recuperado de: https://n9.cl/x6il0

 

Naula González, J., Narváez Zurita, C., Vázquez Calle, J., & Erazo Álvarez, J.  (2020). La acción de protección: el daño grave entre particulares. [The action for protection: serious damage between private individuals].  Iustitia Socialis, 422. http://dx.doi.org/10.35381/racji.v5i8.583

 

Oyarte, R. (2016). Derecho Constitucional Ecuatoriano y Comparado. [Ecuadorian and Comparative Constitutional Law].  Quito:  Corporación de Estudios y Publicaciones.

 

Rivero, R. y Granda V. (2017) Derecho Administrativo [Administrative Law]. Editorial Nacional. Edición primera. Quito.

 

Rodríguez, A. y Pérez, A. (2017). Métodos científicos de indagación y de construcción del conocimiento. [Scientific methods of inquiry and knowledge construction].  Revista EAN, 82, 179-200. https://doi.org/10.21158/01208160.n82.2017.1647

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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