https://doi.org/10.35381/racji.v8i1.2732
Incidencia de la convivencia familiar durante la emergencia sanitaria en contravenciones de violencia intrafamiliar
Incidence of family coexistence during the sanitary emergency in contraventions of domestic violence.
Willian Giovanny Suárez-Cruz
suarezw47@yahoo.com
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua
Ecuador
https://orcid.org/0009-0007-0057-7239
Edison Napoleón Suárez-Merino
ua.edisonsuarez@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua
Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-6726-8720
José Sebastián Cornejo-Aguiar
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua
Ecuador
https://orcid.org/0000-0002-9203-5301
Luis Fernando Torres-Torres
pg.docenteltc@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua
Ecuador
https://orcid.org/0009-0007-7629-9917
Recibido: 15 de enero 2023
Revisado: 20 marzo 2023
Aprobado: 15 de abril 2023
Publicado: 01 de mayo 2023
RESUMEN
El objetivo general de la investigación fue analizar jurídicamente la incidencia de la convivencia familiar durante la emergencia sanitaria en contravenciones de violencia intrafamiliar. Se fundamentó en el enfoque cuantitativo, a través de la búsqueda, recolección y análisis crítico documental, referencial bibliográfico, estudios o proyectos de investigación, desde la interpretación del derecho. En este caso, se aplicó como técnica de investigación, la revisión documental de textos jurídicos, doctrina y normas en relación al tema de estudio. Además de la revisión de las estadísticas de los índices de incremento de los casos de violencia intrafamiliar. Se concluye que, en el Ecuador la erradicación de todo acto y forma de violencia contra las mujeres y miembros del núcleo familiar, ha sido una lucha constante; pero a pesar de todos estos esfuerzos hasta la actualidad se siguen manteniendo índices sumamente elevados de violencia.
Descriptores: Violencia; familia; derechos de grupos especiales. (Tesauro UNESCO).
ABSTRACT
The general objective of the research was to legally analyze the incidence of family coexistence during the sanitary emergency in contraventions of domestic violence. It was based on the quantitative approach, through the search, collection and critical analysis of documents, bibliographic references, studies or research projects, from the interpretation of law. In this case, the research technique applied was the documentary review of legal texts, doctrine and norms related to the topic of study. In addition to the review of statistics on the rates of increase of cases of domestic violence. It is concluded that, in Ecuador the eradication of all acts and forms of violence against women and members of the family has been a constant struggle, but despite all these efforts until today there are still very high rates of violence.
Descriptors: Violence; family; rights of special groups. (UNESCO Thesaurus).
INTRODUCCIÓN
La violencia intrafamiliar, conocida también como violencia doméstica o de género constituye un problema que afecta a todas las sociedades del mundo, durante los últimos años se ha evidenciado un sentido de responsabilidad e intereses de los intervinientes, mismos que en los actuales momentos que viven todas las sociedades a través del confinamiento producido por la emergencia sanitaria se han visto incrementados de una forma muy alarmante. Durante los últimos veinte años, los diferentes estados han tomado con gran importancia estos graves problemas, ya que afectan duramente a la familia pilar fundamental de la sociedad limitando claramente su desarrollo social. De aquí la importancia de la propulsión de políticas públicas encaminadas a erradicar la violencia intrafamiliar.
La violencia intrafamiliar, doméstica o de género, ha sido un problema a nivel global, en el año 1994 se crea la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, misma que condenaba toda forma de violencia con la mujer y propende prevenir dichas conductas. Hasta antes de este año en nuestro país no era considerado un problema público, sino netamente un problema doméstico, de ahí su calificación como violencia doméstica, lo cual provocaba mayor riesgo para las víctimas de este tipo de violencia, especialmente mujeres niños y niñas. Esto generó que los Estados suscriban la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer de Belem do Pará, que fue ratificada por el Ecuador el 30 de junio de 1995. Este instrumento se constituyó en el principal antecedente inmediato para la elaboración de la Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia (1999).
Así mismo, la legislación ecuatoriana constitucional e infra constitucional sanciona y previene los hechos de violencia intrafamiliar, tanto el Código Orgánico Integral Penal (2014) como en la Ley Orgánica Integral para Erradicar la Violencia contra las Mujeres, contiene un conjunto de articulados que no solo buscan el sentido punitivo de la infracción, sino pretenden dotar de herramientas básicas de prevención de actos de violencia contra los miembros del núcleo familiar.
Por otro lado, el Plan de Desarrollo 2017-2021, brinda una cobertura de atención prioritaria a los problemas de violencia intrafamiliar y determina sistemas de protección contra los delitos de femicidio, lo cual se constituye en una consecuencia de la violencia intrafamiliar o de género y de la falta de aplicación de las medidas de protección.
Se plantea como objetivo general analizar jurídicamente la incidencia de la convivencia familiar durante la emergencia sanitaria en contravenciones de violencia intrafamiliar.
MÉTODO
Este estudio se fundamenta en el enfoque cuantitativo, a través de la búsqueda, recolección y análisis crítico documental, referencial bibliográfico, estudios o proyectos de investigación, desde la interpretación del derecho. En este caso, se pretende aplicar como técnica de investigación, la revisión documental de textos jurídicos, doctrina y normas en relación al tema de estudio. Además de la revisión de las estadísticas de los índices de incremento de los casos de violencia intrafamiliar.
RESULTADOS
La normalización de la violencia doméstica, como parte de la cultura ha llevado a que las normas jurídicas no aporten mayormente en la mitigación del cometimiento de estos actos. Así en lo que respecta al marco jurídico vigente sobre violencia intrafamiliar, existe una copiosa normativa articulada desde cuerpos jurídicos internacionales hasta leyes secundarias y reglamentos, pasando por la Constitución de la República y Leyes Orgánicas. La humanidad entera actualmente viene atravesando graves dificultades producida por la pandemia del COVID-19, ha generado graves crisis a nivel mundial, no solo las referentes al aspecto sanitario, sino también en el ámbito económico, político y social. Dentro de las medidas preventivas que tomaron diversos estados del mundo, fue las que por disposición constitucional les facultaban a los mandatarios a decretar un estado de excepción y con esto la restricción de varios derechos fundamentales de las personas.
En el Ecuador, se ha evidenciado durante el confinamiento provocado por el COVID-19, una alta prevalencia de violencia contra las mujeres, como un factor negativo para el desarrollo de la sociedad; el Instituto de Estadísticas y Censos (INEC), a través de encuestas realizadas en el año 2019, destaca que el 64.9% de mujeres han experimentado algún tipo de violencia. Durante el Confinamiento las Unidades Judiciales de la Violencia Contra la Mujer o Miembros del Núcleo Familiar al igual que la Fiscalía General del Estado, han incrementado en un 70% las denuncias y demandas por violencia doméstica, el encierro permanente durante más de tres meses ocasiono múltiples discusiones y dificultades entre los miembros de la familia en especial entre los conyugues lo cual ocasiono un gran trabajo extenuante en dichas entidades públicas.
El presidente de la República del Ecuador, Licenciado Lenin Moreno Garcés, mediante Decreto Ejecutivo Nº. 1017 de fecha 16 de marzo del 2020, declara el estado de excepción, acción sustentada en razón de la calamidad pública en todo el territorio nacional a consecuencia de la pandemia de Covid-19 por parte de la OMS; medida adoptada en base a las facultades y disposiciones Constitucionales conferidas al primer mandatario del país y a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.(2019). En el artículo 3 del Decreto 1017 suspende el ejercicio de tres derechos fundamentales: el derecho a la libertad de tránsito y el derecho a la libertad de asociación y reunión. Esta suspensión de derechos fue regulada a través del Comité de Operaciones de Emergencia Nacional, quienes determinaron los horarios de toque de queda que limitaron la movilidad y establecieron una cuarentena que obligo a la convivencia familiar en tiempo de pandemia, lo cual genero de forma indirecta factores de riesgo en contra de la mujer y miembros del núcleo familiar ya que las divergencias en el seno familiar originaron violaciones a la integridad de sus miembros y por ende generaron un mayor indicie de denuncias y solicitudes de medidas de protección en contra de los actos de violencia de genero al interior de la familia.
En Ecuador, si bien los indicies de incremento de las causas de violencia intrafamiliar a nivel nacional oscilan en un 70%, en el cantón Pujilí de la Provincia de Cotopaxi, durante el período de aislamiento preventivo obligatorio, genero un índice de incremento superior, pues tan solo basta hacer una referencia al número de causas que se tramitaron en la unidad Judicial Penal del Cantón Pujilí durante los dos primeros trimestres del año 2020. Durante el primer trimestre comprendido entre los meses de enero a marzo existieron cinco causa de violencia intrafamiliar, mientras que durante el segundo trimestre, las causas de violencia intrafamiliar sufrieron un gran aumento del 120 % con relación al primer trimestre, evidenciándose que el mayor número de casos suscitaron en el mes de mayo de 2020, es decir en uno de los meses donde se intensifico la restricción de movilidad, libre asociación y el aislamiento preventivo y obligatorio durante el confinamiento provocado por el COVID-19 a todas las familias ecuatorianas, en donde los problemas de índole intrafamiliar en el ámbito de convivencia familiar produjo una alta prevalencia de violencia contra las mujeres y miembros de la familia.
En la siguiente tabla, se resume el indicie de incremento de los casos de violencia intrafamiliar durante el segundo trimestre(marzo-junio) del año 2020 en comparación con el primer trimestre (enero-marzo) en la Unidad Judicial Penal de Cantón Pujilí de la provincia de Cotopaxi.
Tabla 1.
Control ingreso de causa Unidad Judicial Penal del Cantón Pujilí.
PROVINCIA |
CANTÓN |
UNIDAD JUDICIAL |
N° PROCESO |
FECHA INGRESO |
MEDIDAS DE PROTECCIÓN |
TIPO DE MEDIDA DE PROTECCION ART. 558 |
# CASOS TRIMESTRALES |
||
Cotopaxi |
Pujilí |
Penal |
05282-2020-00056G |
27/1/2020 |
SI |
Art. 558 2,3,4 |
ENE |
1 |
5 |
Cotopaxi |
Pujilí |
Penal |
05282-2020-00059G |
03/02/2020 |
SI |
Art 558 2,3,4 |
FEB |
3 |
|
Cotopaxi |
Pujilí |
Penal |
05282-2020-00060G |
03/02/2020 |
SI |
Art. 558 2,3,4 |
|||
Cotopaxi |
Pujilí |
Penal |
05282-2020-00088G |
27/02/2020 |
SI |
Art.558 2,3,4 |
|||
Cotopaxi |
Pujilí |
Penal |
05282-2020-00089G |
03/03/2020 |
SI |
Art.558 2,3,4 |
MAR |
1 |
|
Cotopaxi |
Pujilí |
Penal |
05282-2020-00128G |
25/04/2020 |
SI |
Art. 558 1,3,4 |
ABR |
1 |
11 |
Cotopaxi |
Pujilí |
Penal |
05282-2020-00108G |
06/05/2020 |
SI |
Art. 558 3,4 |
MAY |
6 |
|
Cotopaxi |
Pujilí |
Penal |
05282-2020-00129G |
13/05/2020 |
SI |
Art. 558 2, 3,4 |
|||
Cotopaxi |
Pujilí |
Penal |
05282-2020-00130G |
13/05/2020 |
SI |
Art. 558 2, 3,4 |
|||
Cotopaxi |
Pujilí |
Penal |
05282-2020-00131G |
16/05/2020 |
SI |
Art. 558 2,3,4 y 5 |
|||
Cotopaxi |
Pujilí |
Penal |
05282-2020-00133G |
20/05/2020 |
SI |
Art. 558 2,3,4 |
|||
Cotopaxi |
Pujilí |
Penal |
05282-2020-00134G |
22/05/2020 |
SI |
Art. 558 2 y 4 |
|||
Cotopaxi |
Pujilí |
Penal |
05282-2020-00135G |
01/06/2020 |
SI |
Art. 558 2 y 4 |
JUN |
4 |
|
Cotopaxi |
Pujilí |
Penal |
05282-2020-00136G |
02/06/2020 |
SI |
Art. 558 2 y 4 |
|||
Cotopaxi |
Pujilí |
Penal |
05282-2020-00137G |
04/06/2020 |
SI |
Art. 558 4 |
|||
Cotopaxi |
Pujilí |
Penal |
05282-2020-00190G |
25/06/2020 |
SI |
Art. 558 2,3 y4 |
Fuente: Consejo de la Judicatura. (2020).
La siguiente figura muestra el nivel de crecimiento del número de causas de violencia intrafamiliar en el Unidad Judicial Multicompetente Penal del Cantón Pujilí, en la cual se observa un indicie de crecimiento superior al 100%.
![]() |
Figura 1. Número de causas trimestrales de violencia intrafamiliar.
Fuente: Consejo de la Judicatura. (2020).
La siguiente tabla, muestra la relación del índice de crecimiento del número de las causas de violencia intrafamiliar en los dos primeros trimestres del año 2020 y su balance porcentual.
Tabla 2.
Índice de crecimiento de causas de violencia intrafamiliar.
Trimestre |
# Causas |
% |
Índice Aumento |
% |
Primer (Ene-Mar) |
5 |
100 |
|
|
Segundo (Abr-Jun) |
11 |
220 |
6 |
120 |
Fuente: Consejo de la Judicatura (2020).
La siguiente figura muestra las causas existentes y tramitadas durante el primer trimestre del año 2020, así mismo el índice de aumento en el número de causa durante el segundo trimestre del año 2020, en relación al primero y su base porcentual.
![]() |
Figura 1. Índice de crecimiento de causas de violencia intrafamiliar.
Fuente: Consejo de la Judicatura. (2020).
Es necesario referirnos al análisis del número de causas en los dos primeros trimestres del año 2020, en los cuales se observa un claro incremento en las causas de violencia intrafamiliar en las que se aumentan de forma numérica de 5 a 11 causas y porcentualmente del 100% a un 220%, es decir un índice de crecimiento del 120%.
DISCUSIÓN
Las Naciones Unidas definen la violencia contra la mujer como: aquellas acciones que originan en una mujer un daño de carácter físico, sexual o psicológico, en donde se incluyen las amenazas y la coacción de forma pública o privada e incluso la privación arbitraria de su libertad. (Naciones Unidas, 1993).
La violencia intrafamiliar constituye un problema social a nivel global, ante esta realidad se crea la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belem Do Para" en el año 1994, es aquí, donde todos los países reprueban todo tipo de forma de violencia y acogieron políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar dichas conductas. Nuestro país por intermedio del Plan toda una vida (Plan Nacional de Desarrollo) durante los periodos comprendidos entre los años 2017 - 2021, determinan una seria lucha ante los casos de violencia intrafamiliar, acentuando su accionar en la eliminación total del femicidio, pese al interés y accionar político y social que logro la existencia y vigencia de la Ley Orgánica para la Prevención y Erradicación de la Violencia de Género contra las Mujeres (Rodríguez, 2019).
Los diferentes estados a nivel mundial, han realizado una lucha incansable por crear dentro de sus cuerpos normativos un conjunto de normas que protejan la integridad de la mujer y los miembros del núcleo familiar en infracciones de ámbito intrafamiliar, así mismo todos los países han creado un sistema de políticas públicas tendientes a erradicar toda forma de violencia contra las mujeres y sobre todo a prevenir hechos de violencia contra la mujer y evitar la impunidad cuando estos actos hayas sido lesivos a la integridad de la persona.
Sin embargo, la violencia se justifica en razón de que todos los seres humanos son violentos por naturaleza, acentuando esta realidad al aspecto cultural de la sociedad por lo que es claro que no se podría prevenir (Alonso Varea y Castellanos Delgado, 2006).
CONCLUSIONES
En el Ecuador la erradicación de todo acto y forma de violencia contra las mujeres y miembros del núcleo familiar, ha sido una lucha constante desde 1995; pero a pesar de todos estos esfuerzos hasta la actualidad se siguen manteniendo índices sumamente elevados de violencia, lo cual hace necesario que se generen ámbitos de protección más firmes, seguros e inmediatos que garanticen el ejercicio efectivo de todos y todas.
El Cantón Pujilí, presenta un indicie de incremento muy elevado en los casos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar durante el segundo trimestre del año 2020, incremento que responde a la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, en el que se adoptó el aislamiento preventivo y obligatorio de os ciudadanos, produciendo un índice de incremento del 120% en relación al primer trimestre, en vista de esta realidad es necesario la adopción de nuevos mecanismos que mitiguen este tipo de violencia, es necesario el uso de medios tecnológicos y de comunicación digital interinstitucional permanente que garantizar un acceso inmediato a la administración de justicia y a la tutela efectiva de los derechos de las víctimas de violencia.
FINANCIAMIENTO
No monetario.
AGRADECIMIENTO
A la Universidad Regional Autónoma de los Andes; por motivar el desarrollo de la Investigación.
REFERENCIAS CONSULTADAS
Alonso Varea, J., y Castellanos Delgado, J. (2006). Por un enfoque integral de la violencia familiar. [For a comprehensive approach to family violence]. Psychosocial Intervention, 15(3), 253-274. Recuperado de https://n9.cl/34dy7
Asamblea Nacional (2014). Código Orgánico Integral Penal. [Comprehensive Criminal Code]. Registro Oficial Nº 180. Recuperado de https://url2.cl/53c6h
Asamblea Nacional Constituyente de la República del Ecuador, (2008). Constitución de la República del Ecuador. [Constitution of the Republic of Ecuador]. Montecristi. Registro Oficial 449 de 20-oct-2008. Recuperado de https://n9.cl/sia
Asamblea Nacional República Del Ecuador. (2018). Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres. [Comprehensive Organic Law to Prevent and Eradicate Violence Against Women]. Registro Oficial: N°175 Quito, 05 de febrero de 2018. Recuperado de https://n9.cl/h7v9h
Asamblea Nacional. (2019). Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. [Organic Law of Jurisdictional Guarantees and Constitutional Control]. Ley 0. Registro Oficial Suplemento 52 de 22-oct-2009 Estado: Vigente. Recuperado de https://n9.cl/su7v
Congreso Nacional. (1999). Ley Contra la Violencia a la Mujer y a la Familia. [Law Against Violence against Women and the Family]. Ley No. 103.: Registro Oficial No. 839. Recuperado de https://n9.cl/ztcv1
Consejo de la Judicatura. (2020). Control ingreso de causa Unidad Judicial Penal del Cantón Pujilí Unidad Judicial Penal de Cantón Pujilí de la provincia de Cotopaxi. [Control of the entry of the case Criminal Judicial Unit of Pujilí Canton Criminal Judicial Unit of Pujilí Canton of the province of Cotopaxi]. Recuperado de https://n9.cl/y51o0
INEC. (2019). Encuesta Nacional sobre Relaciones Familiares y Violencia de Género contra las Mujeres. [National Survey on Family Relationships and Gender Violence against Women]. ENVIGMU. Recuperado de https://n9.cl/na7z
Ministerio de Inclusión Económica y Social. (2013). Plan Nacional de Desarrollo 2013-2017. [National Development Plan 2013-2017]. Resolución: No. CNP-002-2013. Recuperado de https://n9.cl/quk21
Naciones Unidas (1993). Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. [Declaration on the Elimination of Violence against Women]. Nueva York. Recuperado de https://n9.cl/5pr4y
Presidencia de la República. (2020). Decreto Presidencial 1017. [Presidential Decree 1017]. Recuperado de https://n9.cl/xx68
Rodríguez, N. (2019). Atención integral a la primera infancia. [Comprehensive early childhood care]. Recuperado de https://n9.cl/sfcbc
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