http://dx.doi.org/10.35381/racji.v7i2.2356

 

Violencia vicaria en el contexto de las relaciones de familia

 

Vicarious violence in the context of family relationships

 

 

 

 

Ronald Andrés Macas-Samaniego

ds.ronaldams31@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Santo Domingo, Santo Domingo

Ecuador

https://orcid.org/0000-0001-5729-0844

 

Yolanda Giusell Calva-Vega

us.yolandacalva@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Santo Domingo, Santo Domingo

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-9771-6181

 

 

 

 

 

Recibido: 15 de abril 2022

Revisado: 10 de junio 2022

Aprobado: ‘01 de agosto 2022

Publicado: 15 de agosto 2022

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

RESUMEN

En la investigación se planteó como objetivo general analizar jurídicamente la Violencia vicaria en el contexto de las relaciones de familia. La metodología empleada, se basó en el enfoque cualitativo, manejando la recolección y análisis desde una tipología documental-bibliográfica, lo cual permitió organizar un análisis del objeto de estudio. La técnica aplicada fue la entrevista, la cual se aplicó a los siguientes informantes clave: Juez de la Unidad Judicial de Violencia contra la mujer de Santo Domingo, Psicólogo de la Unidad Judicial de Violencia contra la mujer de Santo Domingo y Trabajador social de la Unidad Judicial de Violencia contra la mujer de Santo Domingo. Se concluye que, en el entorno familiar y la intimidad del hogar, se producen estos hechos y conflictos, donde los actos repetitivos, conllevan a su normalización, lo que produce que sea un tipo de victimas indirectas con un bajo nivel de denuncia o acción legal.

 

Descriptores: Violencia doméstica; derecho; problema social. (Palabras tomadas de Tesauro UNESCO).

 

 

 

ABSTRACT

The general objective of the research was to legally analyze vicarious violence in the context of family relationships. The methodology used was based on the qualitative approach, handling the collection and analysis from a documentary-bibliographic typology, which allowed to organize an analysis of the object of study. The technique applied was the interview, which was applied to the following key informants: Judge of the Judicial Unit of Violence against Women of Santo Domingo, Psychologist of the Judicial Unit of Violence against Women of Santo Domingo and Social Worker of the Judicial Unit of Violence against Women of Santo Domingo. It is concluded that, in the family environment and the intimacy of the home, these events and conflicts occur, where repetitive acts lead to their normalization, which produces a type of indirect victim with a low level of denunciation or legal action.

 

Descriptors: Domestic violence; law; social problem. (words takenfrom UNESCO Thesaurus).

 

 

 

 

 

 

 

INTRODUCCIÓN

La Carta Magna de forma acertada garantiza todos los derechos y libertades de las personas (García Falconí, 2019). En este sentido, protege en su parte dogmática los derechos de sus integrantes en su artículo 69. La Corte Constitucional del Ecuador, ha reiterado la importancia de este concepto a nivel social (Sentencia No. 11-18- CN/19, 2019). Al tener la familia una protección constitucional, las leyes infra constitucionales deben adecuar sus disposiciones normativas, tal es el caso de las acciones de tenencia, visitas, alimentos o la tipificación de tipos penales en contra de sus bienes jurídicos protegidos (Lascano, 2020). De acuerdo con un estudio de Hernández-Hidalgo (2016), se determinó cómo la victimización dentro de la familia es un fenómeno muy común, que es complejo de analizar. Esta problemática, en los últimos años, ha recibido mucha atención por parte de los poderes públicos, políticos, profesionales y los investigadores a nivel jurídico, social y psicológico.

Efectivamente, a nivel médico, la violencia en la familia, es considerada como un problema esencial de salud pública (Organización Mundial de la Salud, 2002). Este tipo de violencia, puede presentar diferentes dinámicas características, según los actores y el contexto en que se configura (Corzo, 2018). El Código de la Niñez y Adolescencia, especifica lo primordial que es adoptar medidas apropiadas para que la familia no se desvanezca (Código de la Niñez y Adolescencia, 2019).

La separación de una pareja en muchos casos, se produce por hechos de violencia intrafamiliar, pues algunas mujeres suponen que estando lejos del agresor desaparecerá la violencia. Sin embargo, en el contexto del distanciamiento y separación propiamente dicha, es un círculo susceptible de violencia. Ejemplo de lo anteriormente dicho, es la violencia vicaria, misma que suele aparecer con frecuencia cuando el agresor ya no puede acceder directamente a la mujer para atacarla, por lo que sustituye el foco de violencia por alguna persona significativa para ella, que esté a su alcance; por lo general, los hijos en común, en escenarios como el régimen de visitas o la tenencia. En este orden de ideas, la violencia vicaria forma parte del fenómeno de la violencia psicológica y al atentar contra la integridad emocional de la víctima, la Organización Mundial de la Salud y algunos colegios de psicólogos han señalado que estos procesos de violencia provocan terribles consecuencias psicológicas difícilmente reversibles (Organización Mundial de la Salud, 2002).

Se plantea como objetivo general analizar jurídicamente la Violencia vicaria en el contexto de las relaciones de familia.

 

METODOLOGÍA

La metodología empleada en la investigación, se basó en el enfoque cualitativo, manejando la recolección y análisis desde una tipología documental-bibliográfica, lo cual permitió organizar un análisis del objeto de estudio, con la intención de descubrir el objetivo presentado por los investigadores. Además, la técnica aplicada fue la entrevista; la herramienta o instrumento que apoyó fue la guía de entrevista; la cual se aplicó a los siguientes informantes clave: Juez de la Unidad Judicial de Violencia contra la mujer de Santo Domingo, Psicólogo de la Unidad Judicial de Violencia contra la mujer de Santo Domingo y Trabajador social de la Unidad Judicial de Violencia contra la mujer de Santo Domingo.

 

RESULTADOS

Se presentan a continuación los resultados de las entrevistas realizadas.

 

Cuadro 1.

Juez de la Unidad Judicial.

 

Entrevista No. 1: Juez de la Unidad Judicial de Violencia contra la mujer de Santo Domingo

Preguntas

Respuestas

¿Cuándo se configura la violencia vicaria?

Es un tipo de violencia nuevo, cuyos elementos objetivos son complejos de demostrar, por cuanto es subjetivo, ya que se configura cuando la o el agresor utiliza a su hijo para atacar a su pareja.

¿En el ejercicio de sus funciones, ha podido evidenciar casos judiciales donde se ha producido violencia vicaria?

Como tal, no se ha podido determinar porque jurídicamente no se encuentra en la ley ecuatoriana, sin embargo, hay actitudes que demuestran en la victima que han sufrido este tipo de violencia, en causas por contravenciones de violencia psicológica.

¿Qué efectos considera usted que produce la violencia vicaria en la víctima?

Se puede vislumbrar afectaciones a nivel psicológico y social de la víctima que es tanto uno de los progenitores, como los hijos que son utilizados.

¿Es lo mismo violencia vicaria, que violencia psicológica?

No es lo mismo, la violencia vicaria ataca indirectamente a la víctima y su forma de cometerse es diferente.

¿Considera que la violencia vicaria, debe ser tipificada en el ordenamiento jurídico ecuatoriano?

Sí, debe ser incluida, con elementos objetivos y subjetivos del delito específicos.

  Elaboración: Los autores

 

Cuadro 2.

Entrevista Psicólogo de la Unicidad Judicial.

 

Entrevista No. 2: Psicólogo de la Unidad Judicial de Violencia contra la mujer de Santo Domingo

Preguntas

Respuestas

¿Cuándo se configura la violencia vicaria?

se debe hacer énfasis a que la violencia vicaría únicamente se ha planteado que es ejercida por el hombre o que tiene connotación machista, cuestión que no es así. Este tipo de violencia no depende del sexo o genero ya que puede ser ejercida tanto por el hombre o por la mujer, pues todo depende del sector donde se la analice. Lo que si se debe tener en cuenta es que, actualmente la sociedad a aceptado de cierta forma son los padres los principales victimarios de sus hijos lo que conlleva a la violencia intrafamiliar, en consultas privadas se a podido asociar este tipo de violencia en casos donde a existido maltrato infantil debido a los efectos físicos y psicológicos que se encuentran en perjuicio para el menor

¿En el ejercicio de sus funciones, ha podido evidenciar casos judiciales donde se ha producido violencia vicaria?

Desde mi experiencia en los casos donde existe maltrato infantil, pero podría señalar que esto deviene de los divorcios, pues es en este punto donde los problemas de la familia o parejas involucran a los hijos para hacerlos parte como el premio a conseguir, lo que está relacionado con la tenencia porque se queda a cargo de uno solo de los padres en donde fácilmente pueden ser manipulados por sus victimarios.

¿Qué efectos considera usted que produce la violencia vicaria en la víctima?

Como lo comenté anteriormente los más afectados son los menores, este grupo son realidad los que más se a presentado violencia, aunque existen ciertos casos donde las víctimas son mujeres. En pacientes de ambos grupos a nivel psicológico los síntomas que manifiestan es la sensación de inferioridad, frustración, falta de auto valía e inseguridad. En menores los cambios son más notorios de las consecuencias que presenta este tipo de violencia es a nivel psicológico y físico, ya sea porque se presenta bajo rendimiento escolar, falta de socialización, desmotivaciones e incluso aislamiento y con ello se manifiesta la depresión, ansiedad e intentos de suicidio. Cuando los casos son extremadamente graves las consecuencias físicas pueden concluir en la muerte por el grado de lesión es que presentan o a su vez se han visto casos donde las víctimas quedaron discapacitadas.

¿Es lo mismo violencia vicaria, que violencia psicológica?

La violencia Vicaria o también se acuña el término violencia secundaria causa un daño irreparable psicológico y físico tanto a los niños, hombres y mujeres que son víctimas, el objetivo es causar daño a su pareja o expareja, en casos extremos se evidencia con el deceso de la persona violentada. A mientras que la violencia psicológica se enfoca en toda aquella violencia o agresión que se genera sin intervención del contacto físico, es decir que se manifiesta más como un tipo de conducta pasiva.

¿Considera que la violencia vicaria, debe ser tipificada en el ordenamiento jurídico ecuatoriano?

No debería ser tipificada, debería considerarse como una agravante de la violencia psicológica al progenitor o al hijo, ya que en ese contexto se produce.

 

Elaboración: Los autores

 

Cuadro 3.

Entrevista Trabajador Social.

 

Entrevista No. 3: Trabajador social de la Unidad Judicial de Violencia contra la mujer de Santo Domingo

Preguntas

Respuestas

¿Cuándo se configura la violencia vicaria?

La violencia vicaria se configura cuando uno de los progenitores utiliza como instrumento a su hijo para atacar al otro progenitor. Esta violencia no distingue género.

¿En el ejercicio de sus funciones, ha podido evidenciar casos judiciales donde se ha producido violencia vicaria?

Se ha podido determinar en casos de régimen de visitas, tenencia, divorcios, violencia psicológica, patria potestad.

¿Qué efectos considera usted que produce la violencia vicaria en la víctima?

Desde la sociología y el trabajo social, se han realizado realmente pocos estudios, sin embargo, por su naturaleza, este tipo de violencia puede producir sentimientos de tristeza, nerviosismo, limites, miedo, timidez, etc.

¿Es lo mismo violencia vicaria, que violencia psicológica?

No es lo mismo, sin embargo, podría afirmarse que, por sus efectos, acarrea efectos psicológicos.

¿Considera que la violencia vicaria, debe ser tipificada en el ordenamiento jurídico ecuatoriano?

No, porque es un tipo de violencia accesoria a otro tipo de violencia, por ejemplo, podría cometerse en la violencia física o psicológica. En este contexto, debería agravar la pena de otros delitos que se cometen en dicho contexto.

 

Elaboración: Los autores.

 

DISCUSIÓN

Conforme los resultados obtenidos, se ha podido determinar diversas premisas referentes a la violencia vicaria. Así pues, este tipo de violencia indudablemente carece de investigaciones en Ecuador y en el cantón Santo Domingo, a propósito de no encontrarse legislada, y en este orden de ideas no se han levantado datos estadísticos de hechos respecto de la violencia vicaria, ya que si bien es cierto no se encuentra tipificada, amerita de que el gobierno central, como seccional, realicen estudios empíricos sobre posibles víctimas de esta modalidad de violencia.

Al respecto, Aquino (2022) considera que la violencia vicaria tiende a configurarse en escenarios como el divorcio y post divorcio, siendo un conflicto parental con un daño continuo para exesposas e hijos. En estos casos surgen pluralidad de maltratos lo que ratifica la “vulnerabilidad de estas víctimas, quienes padecen una forma de maltrato infantil que puede incluir maltrato físico, abandono físico, maltrato psíquico o emocional, abandono emocional, abuso sexual, explotación laboral, corrupción y mal trato parental en general. (Alfaro,2019, p. 166)

Las entrevistas realizadas, abordaron diferentes tópicos respecto de la violencia vicaria, por ello, los sujetos entrevistados fueron funcionarios judiciales, quienes día a día en sus labores, son competentes para conocer casos de violencia. Mediante esta técnica se pudo determinar su criterio unívoco respecto de que la violencia vicaria, al ser nueva en nuestra legislación, muy difícil sería tipificarla como tal, incluso en este punto defirieron a nivel jurídico, por cuanto algunos consideran que debe ser una agravante de otros delitos y no una infracción autónoma.

 

CONCLUSIONES

En el entorno familiar y la intimidad del hogar, se producen estos hechos y conflictos, donde los actos repetitivos, conllevan a su normalización, lo que produce que sea un tipo de víctimas indirectas con un bajo nivel de denuncia o acción legal, y que requiera de un especial abordaje únicamente desde el ámbito de la psicología judicial, teniendo en cuenta que a nivel jurídico la normativa ecuatoriana protege y garantiza la integridad psicológica. De acuerdo con la naturaleza de la violencia vicaria, podemos afirmar que esta, vulnera el derecho a la integridad personal (física, psicológica y sexual). La Constitución ecuatoriana reconoce y garantiza una vida libre de violencia, en su artículo 66.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTO

A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, Santo Domingo, por motivar el desarrollo de la Investigación.

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

 

Alfaro, I. (2019). Reseña del libro de María del Carmen Peral "Madres maltratadas: violencia vicaria sobre hijas e hijos". [Review of María del Carmen Peral's book "Madres maltratadas: violencia vicaria sobre hijas e hijos" (Abused mothers: vicarious violence on daughters and sons).]. Revista Recerca, 24(1), 165-168. Recuperado de: https://n9.cl/bm95z

 

Álvarez, A. (2021). Filicidios en la lógica de la violencia vicaria. Descripción de los casos en España (2013-2021).[ Filicides in the logic of vicarious violence. Description of cases in Spain (2013-2021)]. Universitat de Barcelona. Barcelona, España.Recuperado de: https://n9.cl/g7kun

 

Aquino, E. (15 de abril de 2022). Violencia vicaria: cuando un conflicto parental se convierte en un daño continuo para exesposas e hijos. [Vicarious violence: when parental conflict becomes an ongoing harm to ex-spouses and children]. ANIMAL POLITICO. https://n9.cl/xs6vg

 

Balbuena, J. (2007). La familia, núcleo básico de la sociedad y reflejo de las condiciones de vida de la población. [The family, the basic nucleus of society and a reflection of the living conditions of the population]. Revista Población y Desarrollo,(34), 112-119. Recuperado de: https://n9.cl/ip4kb

 

Congreso Nacional. (2003). Código de la niñez y adolescencia. [Childhood and Adolescence Code].  Quito.

 

Corte Constitucional del Ecuador.(2019). Sentencia No. 11-18- CN/19. 9 (matrimonio igualitario).[ Ruling No. 11-18- CN/19. 9 (equal marriage)]. CASO No. 11-l8R-CN (matrimonio igualitario)Recuperaddo de: https://n9.cl/kc5ns

 

Corzo, R. (2018). Casos de violencia física intrafamiliar. [Cases of physical violence within the family].Revista Temas Sociales(42), 97-115. Recuperado de: https://n9.cl/n025

 

García Falconí, J. (2019). Análisis de la violencia intrafamiliar. [Analysis of domestic violence]. Derecho Ecuador. Recuperado de: https://n9.cl/4kruk

 

Hernández-Hidalgo, P. (2016). Victimización en la familia: análisis integral y perspectivas de actuación. [Victimization in the family: comprehensive analysis and perspectives for action]. Revista Derecho y Política(22), 123-124.Recuperado de: https://n9.cl/8x05b

 

Lascano, M. (2020). Determinación del bien jurídico en el delito de violencia contra la mujer y miembros del núcleo familiar y la protección del derecho penal en el Ecuador. [Determination of the legal right in the crime of violence against women and family members and the protection of criminal law in Ecuador]. Tesis de Maestria.  Universidad Regional Autónoma de los Andes. Ambato, Ecuador.Recuperado de: https://n9.cl/w67pb

 

Organización Mundial de la Salud. (2002). Informe mundial sobre la violencia y la salud. [World report on violence and health]. Genova.Recuperado de: https://n9.cl/1776vx

 

 

 

 

 

 

 

 

 

©2022 por los autores. Este artículo es de acceso abierto y distribuido según los términos y condiciones de la licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0) (https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/).