http://dx.doi.org/10.35381/racji.v7i2.2349

 

 

Evolución histórica y social de los derechos de pueblos y nacionalidades indígenas en Ecuador

 

Historical and social evolution of the rights of indigenous peoples and nationalities in Ecuador

 

 

Luis Andrés Crespo-Berti

ui.luiscrespo@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ibarra, Imbabura

Ecuador

https://orcid.org/0000-0001-8609-4738

 

Juan Carlos Oñate-Cuadrado

di.juanoc11@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ibarra, Imbabura

Ecuador

https://orcid.org/0000-0001-7758-2529

 

Marcos Andrés Leyes-Preciado

di.marcosalp36@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ibarra, Imbabura

Ecuador

https://orcid.org/0000-0001-6750-9192

 

Jhoselin Liseth Lima-Serrano

di.jhoselinlls58@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ibarra, Imbabura

Ecuador

https://orcid.org/0000-0003-1522-8203

 

 

 

Recibido: 15 de abril 2022

Revisado: 10 de junio 2022

Aprobado: ‘01 de agosto 2022

Publicado: 15 de agosto 2022

 

 

 

 

 

RESUMEN

En la presente investigación se planteó como objetivo general analizar jurídicamente la evolución histórica y social de los derechos de pueblos y nacionalidades indígenas en Ecuador. Se apoya en la perspectiva cuantitativa, de tipo documental-bibliográfica. Esto en vista de que a partir de la revisión documental y el estudio de la realidad social observada se han logrado inferir conclusiones reflexivas por parte del investigador, de la problemática planteada. En este sentido se analizó la normativa vigente, tesis, acuerdos internacionales y trabajos arbitrados relacionados al tema en estudio. Se concluye que, se evidenció que en la actualidad existe cierta vulneración hacia los pueblos y nacionalidades indígenas a la hora de garantizar sus derechos innatos o constitucionalmente establecidos. Este aspecto marca una brecha significativa ya que el Estado, a través de la Constitución de la República del Ecuador, debe garantizar la libre ideología y promover el reconocimiento cultural de los pueblos indígenas.

 

Descriptores: Costumbre y tradiciones; derechos y privilegios; derechos humanos. (Palabras tomadas de Tesauro UNESCO).

 

 

ABSTRACT

The general objective of this research was to analyze legally the historical and social evolution of the rights of indigenous peoples and nationalities in Ecuador. It is based on a quantitative, documentary-bibliographic perspective. This in view of the fact that from the documentary review and the study of the social reality observed, reflective conclusions have been inferred by the researcher, of the problematic raised. In this sense, the current regulations, theses, international agreements and refereed works related to the subject under study were analyzed. It is concluded that, it was evidenced that there is currently a certain violation towards indigenous peoples and nationalities when it comes to guaranteeing their innate or constitutionally established rights. This aspect marks a significant gap since the State, through the Constitution of the Republic of Ecuador, must guarantee the free ideology and promote the cultural recognition of indigenous peoples.

 

Descriptors: Custom and traditions; rights and privileges; human rights. (words takenfrom UNESCO Thesaurus).

 

 

 

 

 

 

 

INTRODUCCIÓN

Los pueblos y nacionalidades indígenas en Ecuador preservan sus culturas tradicionales, emergiendo así su derecho consuetudinario, mediante el cual se sujetan a sus creencias y costumbres resistiendo a la aplicación de la justicia ordinaria referente al cometimiento de una conducta delictiva; por lo cual, el reconocimiento de los derechos de los pueblos y nacionalidades indígenas se ha convertido en un fenómeno de alto impacto para el Estado. Los pueblos y nacionalidades indígenas del Ecuador han sido víctimas de actos discriminatorios y de explotación a lo largo de muchos siglos desde la época de la colonia. A partir de la creación de la República en 1830, para el discurso político dominante, los indígenas no existían, eran invisibles ante la sociedad. Su cultura y valor se reducía al folklore y su lengua era catalogada como un dialecto regido a una minoría marginada, conformada por pueblos y comunidades que no eran considerados sujetos de derechos.

Es importante reconocer que estos pueblos se encuentran con alta probabilidad de ser vulnerables, ante esto las leyes y las políticas formuladas por mayorías que prestan escasa atención a sus preocupaciones, generando a menudo conflictos y disputas entorno a los recursos naturales, amenazando el modo de vida y la supervivencia misma de dichos pueblos. Por lo tanto, es necesario entender la problemática que incurre sobre estos derechos y así implementar las medidas necesarias de tal manera que no sean vulneradas.

El proceso de congregación de los pueblos y nacionalidades indígenas en Ecuador que arrancó, en los años noventa abrió el espacio al reconocimiento de la alteridad de algunos países, enfocándose en el debate inmerso de la pluriculturalidad y la plurinacionalidad. Además, los derechos de los pueblos y nacionalidades indígenas han ido evolucionando a partir del derecho internacional y nacional que al momento se encuentran vigentes junto con los tratados de los derechos humanos, en función a las circunstancias que se encontraban estos pueblos y de sus prioridades como derecho de tierras, recursos y la libre determinación.

Por tanto, en el convenio 169 de la OIT. (1989) se afirma que:

 

Los pueblos indígenas han sufrido injusticias históricas como resultado de la colonización y enajenación de sus tierras, territorios y recursos, lo que les ha impedido ejercer, en particular, su derecho al desarrollo de conformidad con sus propias necesidades e intereses. (p. 67).

 

Sin embargo, pese a la reivindicación de los derechos de los pueblos y nacionalidades indígenas en la actualidad aún existen casos de vulneración hacia ellos. La Constitución de la República del Ecuador (2008) explica que los pueblos indígenas, se autodefinen como nacionalidades de raíces ancestrales al igual que los pueblos afrodescendientes quienes también conforman una parte fundamental del Estado ecuatoriano único e indivisible. Además, esta transacción anula las posiciones de algunos sectores que han limitado el tema a supuestos inexistentes como la división del país o la conformación de diversos Estados en uno solo.

Se plantea como objetivo general analizar jurídicamente la evolución histórica y social de los derechos de pueblos y nacionalidades indígenas en Ecuador.

 

METODOLOGÍA

La presente investigación se apoya en la perspectiva cuantitativa, de tipo documental-bibliográfica. Esto en vista de que a partir de la revisión documental y el estudio de la realidad social observada se han logrado inferir conclusiones reflexivas por parte del investigador, de la problemática planteada. Según Baena (1985), la investigación documental es una técnica que consiste en la selección y compilación de información a través de la lectura y crítica de documentos y materiales bibliográficos, bibliotecas, bibliotecas de periódicos, centros de documentación e información. En este sentido se analizó la normativa vigente, tesis y trabajos arbitrados relacionados al tema en estudio.

 

RESULTADOS

Los derechos de los pueblos y nacionalidades indígenas están estrechamente relacionados con los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, los cuales tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar económico, el acceso al trabajo, la educación y a la cultura, de tal forma que asegure el desarrollo de los seres humanos y de los pueblos. El reconocimiento de los DESC no es una simple lista de buena voluntad por parte de los Estados. Estos derechos se derivan de los tratados internacionales de derechos humanos. Por consiguiente, en el convenio 169 de la OIT. (1989) se afirma que:

Los pueblos indígenas han sufrido injusticias históricas como resultado de la colonización y enajenación de sus tierras, territorios y recursos, lo que les ha impedido ejercer, en particular, su derecho al desarrollo de conformidad con sus propias necesidades e intereses.

 

Como resultado de la fuerte presencia indígena en las calles, los cambios han comenzado a darse, la constitución ha retomado aspectos fundamentales largamente postergados y algo decisivos. Lo cual, se presenta hoy en día debido a que a pesar de la reivindicación de sus derechos todavía existen casos de vulneración hacia ellos.

En este sentido, el desarrollo de pueblos indígenas para la Organización Internacional del Trabajo (2014), define que esta Declaración también reconoce derechos individuales y colectivos relativos a la educación, la salud y el empleo. Esta declaración es un referente básico que se puede invocar para proteger a los pueblos indígenas contra la discriminación y marginación a la que están aún expuestos y se refuerzan mutuamente con el Convenio núm.169 al compartir principios y objetivos. Es decir que dicho convenio, es la primera declaración a favor de los derechos de pueblos y nacionalidades indígenas, dando a conocer que el desarrollo de sus derechos está aplicado también en la educación, la salud y el empleo son parte de un conjunto que merecen ser desarrollados de la misma manera que los demás derechos a favor de los pueblos indígenas. También tener como parte una educación bilingüe respetar el idioma de cada pueblo, todo este conjunto de actos hace referencia a que los derechos colectivos están en constante desarrollo para los pueblos indígenas en el Ecuador.

Por otro lado, la Organización de las Naciones Unidas (2018) manifiesta que la declaración es el instrumento más amplio relativo a los derechos de los pueblos indígenas existente en el ámbito del derecho y las políticas internacionales, figuran normas mínimas en materia de reconocimiento, protección y promoción de estos derechos. Por lo tanto, se establecieron normas mínimas de reconocimiento para los derechos de os pueblos indígenas además la protección al igual y el desarrollo de valores y actitudes que respalden a los derechos de los indígenas. En efecto los pueblos indígenas son considerados sujetos de derecho ante la sociedad; por lo cual, están respaldados por Organismos Internacionales debido a su constante vulneración e indolencia por parte del Estado nacional.

Los derechos colectivos de los pueblos y nacionalidades indígenas del Ecuador por primera vez en la historia del país fueron reconocidos y aprobados en la coyuntura política de 1998, cuando el Congreso Nacional de ese entonces ratificó el 15 de mayo el Convenio 169 de la OIT y, al mismo tiempo, incorporó en la nueva Constitución Política los derechos colectivos de los pueblos y nacionalidades como derechos humanos fundamentales (Chuji, 2010, p. 16). Es decir, se logra reconocer los llamados derechos colectivos, los cuales pasan a formar parte de la Constitución ecuatoriana de 1998 quedando enmarcados en los Arts. 84 y 85. Además, el Congreso Nacional ratifica el Convenio 169 de la OIT donde el Ecuador se compromete en entregar una serie de informes de los estados de situación de las garantías de los derechos colectivos.

Sin embargo, para llegar a una aprobación satisfactoria de los derechos colectivos, las organizaciones de pueblos y nacionalidades indígenas realizaron innumerables luchas políticas; así como, movilizaciones sociales. Este proceso inició con fuerza en la época de los noventas, mediante el cual, se abrío al reconocimiento de la alteridad mediante la interculturalidad y plurinacionalidad. Además, según Soriano. (2016) indica:

 

Las reivindicaciones de la plurinacionalidad los llevan a afirmar que la soberanía no es negociable. Como resultado de la fuerte presencia indígena en las calles, los cambios comenzaron a darse, la Constitución retomo aspectos fundamentales largamente postergados y algo decisivos.(p. 225).

 

El Estado plurinacional e intercultural marca un paso más en este proceso, como el Estado social y el Estado Federal, descentralizado o integrado, el Estado plurinacional e intercultural no implica necesariamente la secesión sino su transformación estructural, ya que el constitucionalismo plurinacional no puede sino ser profundamente intercultural.(Grijalva, 2011, p. 94), porque corresponde a formarse en el campo de las relaciones de igualdad y respeto entre los diferentes pueblos y nacionalidades para eliminar o al menos reducir las desigualdades, y preservación de la unidad como garantía de la diversidad.

 

DISCUSIÓN

La Constitución Ecuatoriana reconoce y garantiza los derechos de los pueblos y nacionalidades indígenas existentes en el territorio nacional. Este reconocimiento implica una serie de retos y tareas, entre los cuales está la emisión de legislación secundaria que regule los mecanismos por los cuales la jurisdicción indígena se relacionará con la jurisdicción ordinaria. (Luque, 2019, p. 16). En cuanto a los pueblos y nacionalidades indígenas que se encuentran situadas en Ecuador, se puede decir que esta diversidad de etnias convierte a nuestro país en un Estado multicultural y plurinacional. En este sentido, se requiere acoger distintos enfoques que solucionen la referente problemática instaurando principios doctrinarios sobre los cuáles se debe respaldar la armonía entre la justicia ordinaria y la justicia indígena en base a una coexistencia pacífica. Ortuño Cevallos (2019) plantea que al pasar de los años organismos nacionales e internacionales se han interesado en los derechos de las comunidades a partir de amparar estatutos que protejan a las comunidades indígenas.

 

CONCLUSIONES

Se evidencia que en la actualidad existe cierta vulneración hacia los pueblos y nacionalidades indígenas a la hora de garantizar sus derechos innatos o constitucionalmente establecidos. Este aspecto marca una brecha significativa ya que el Estado, a través de la Constitución de la República del Ecuador, debe garantizar la libre ideología y promover el reconocimiento cultural de los pueblos indígenas a la hora de reclamar su derecho propio. En este contexto, los pueblos indígenas deben adoptar una actitud muy activa a favor de los derechos reconocidos en la Constitución de la República, presionando para que el Gobierno asuma sus compromisos de manera nacional como internacionalmente. Para esto es importante que no se trascienda al espacio político algo que pertenece exclusivamente al espacio jurídico, como es la materialización de los derechos reconocidos internacionalmente a través de los muchos instrumentos internacionales.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTO

 

A la Universidad Regional Autónoma de los Andes; por motivar el desarrollo de la Investigación.

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

 

Asamblea Nacional Constituyente de la República del Ecuador, (2008). Constitución de la República del Ecuador. [Constitution of the Republic of Ecuador]. Montecristi. Registro Oficial 449 de 20-oct-2008. Recuperado de https://n9.cl/sia

 

Baena, G., (1985) Instrumentos de Investigación. [Research Instruments]. Editores Mexicanos Unidos, S.A. México

 

Chuji, M. (2010). Derechos colectivos de los pueblos y nacionalidades. [Collective rights of peoples and nationalities]  Iwgia.org. https://n9.cl/sqpw6

 

Grijalva, A. (2011). Constitucionalismo en Ecuador. [Constitutionalism in Ecuador]. RisperGraf C.A. https://bit.ly/3ROP5Zh

 

Luque, A. (2019). La justicia indígena en el Ecuador. [Indigenous justice in Ecuador]. Revista prisma Social, 27(4);1-19. Recuperado de:  https://n9.cl/2eth4

 

Naciones Unidas. (2018). Los derechos de los pueblos indígenas del Ecuador. [The rights of the indigenous peoples of Ecuador]. Noticias ONU. Recuperado de: https://n9.cl/pyq68

 

Oficina Internacional del Trabajo. (2014). Convenio Núm. 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales. Perú. [ ILO Convention No. 169 on Indigenous and Tribal Peoples. Peru]. Oficina Regional para América Latina y el Caribe. Recuperado de: https://n9.cl/jluuf

 

Organización de las Naciones Unidas (2018). Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos y nacionalidades indígenas. [United Nations Declaration on the Rights of Indigenous Peoples and Nationalities].  ONU. Recuperado de: https://n9.cl/04fi

 

Organización Internacional del Trabajo (OIT). Convenio N. 169 (1989). Pueblos indígenas y tribales en países independientes. [Convention N. 169 (1989). Indigenous and tribal peoples in independent countries].

 

Ortuño Cevallos, D. (2019). Reconocimiento, aplicación y exigibilidad de los derechos humanos de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario: El Caso del Ecuador durante el periodo 2013–2016. [Recognition, application and enforceability of the human rights of indigenous peoples in voluntary isolation: The case of Ecuador during the period 2013–2016]. Tesis de Grado. Recuperado de: https://n9.cl/2bjwa

 

Soriano, Hernández, S. (2016). El sentido de la disidencia: indígenas y democracia en Ecuador.[ The meaning of dissidence: indigenous peoples and democracy in Ecuador]. Ediciones y Gráficos Eón. https://bit.ly/3PBXLjC

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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