http://dx.doi.org/10.35381/racji.v7i2.2186
La hermenéutica jurídica: Herramienta de interpretación de los elementos fácticos en la teoría del caso
Legal hermeneutics: Tool for the interpretation of factual elements in the theory of the case
dt.estivenacn89@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Tulcán, Carchi
Ecuador
https://orcid.org/0000-0003-3307-8114
Jerson Alexis Ordóñez-Sarchi
dt.jersonaos58@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Tulcán, Carchi
Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-9854-5655
Carmen Marina Méndez-Cabrita
ut.carmenmmc56@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Tulcán, Carchi
Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-8672-3450
Jessica Johanna Santander
Moreno
ut.jessicasm33@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Tulcán, Carchi
Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-5793-171X
Recibido: 15 de
abril 2022
Revisado: 10 de junio
2022
Aprobado: ‘01 de
agosto 2022
Publicado: 15 de
agosto 2022
RESUMEN
En la
presente investigación se planteó como objetivo general analizar jurídicamente
la hermenéutica jurídica: Herramienta de interpretación de los elementos
fácticos en la teoría del caso. Se utilizó la metodología
cuantitativa la cual produce datos descriptivos, que se originan por la
recolección de datos. Además, se aplicó el método inductivo-deductivo, el cual
sugiere que para encontrar una verdad se deben buscar los hechos. Al análisis
documental- bibliográfica se le estima como una manera de investigación
técnica, un conjunto de sistematizaciones intelectuales, generándose un proceso
analítico–reflexivo, contribuyendo a la generación de la extensión del estado
del arte. Se concluye que, con el análisis jurídico desarrollado se determinó
que la hermenéutica jurídica se le ha implementado de manera deficiente, puesto
que, se centra en la interpretación textual de la norma dejando aislado la
interpretación de elementos fácticos de la “Teoría del Caso”, lo que ha
repercutido significativamente en la verdad procesal.
Descriptores: Justicia; derecho
comparado; mediación. (Tesauro UNESCO).
ABSTRACT
The
general objective of the present research was to legally analyze the legal
hermeneutics: Tool of interpretation of the factual elements in the theory of
the case. The quantitative methodology was used, which produces descriptive
data, originating from data collection. In addition, the inductive-deductive
method was applied, which suggests that in order to find a truth, facts must be
sought. The documentary-bibliographic analysis is considered as a way of
technical research, a set of intellectual systematizations, generating an
analytical-reflexive process, contributing to the generation of the extension
of the state of the art. It is concluded that, with the legal analysis
developed, it was determined that the legal hermeneutics has been poorly
implemented, since it focuses on the textual interpretation of the norm,
leaving isolated the interpretation of factual elements of the "Theory of
the Case", which has had a significant impact on the procedural truth.
Descriptors:
Justice; comparative law; mediation. (UNESCO Thesaurus).
INTRODUCCIÓN
La “Teoría del Caso” constituye la estrategia de
defensa o acusación por parte del abogado, dentro de un procedimiento judicial,
la cual dota al litigante de una hipótesis, sustentada en los hechos, pruebas y
preceptos jurídicos aplicables a la causa.
Así pues, la Hermenéutica Jurídica (En adelante “HJ”) se vincula con
estos conceptos, pues, brinda mayor entendimiento al abogado, de las
circunstancias fácticas, probatorias y normativas. El caso de la Hermenéutica y
su aplicación en el campo jurídico, no se basa en una disciplina que aporta a
dar sentido a la norma, sino que va más allá, y se convierte en un método de
asimilación científica y formulación teórica.
Así pues, se indica que la amplitud del campo de acción
de la hermenéutica, contempla también la interpretación de acciones, que
generen una situación contenciosa y no únicamente ligado al contenido de la
norma.
En este sentido,
consideramos que las normas jurídicas no hablan del mundo, ni lo describen, y
por ello carecen de referencia; están en cambio, los verbos de la voluntad
tienen relaciones jurídicas, que son verbos que forman planes internos para
explicar acciones por parte Titulares de normas vigentes. De este. modo, se
puede indicar que el accionar de las personas, dentro de un territorio regido
por normas, se puede tornar de diversas maneras, de las cuales, por su
complejidad y ligereza para abordar implica un entendimiento parcial, respecto
de ellos, generando así, un resultado negativo a la hora de fundamentar la
“Teoría del Caso”. Hablar
de la teoría del caso es aludir a una construcción académica tejida sobre el
suceso de la vida real que, para estos efectos, se confunde con una hipótesis
delictiva. (Velásquez Velásquez, 2013, p.5).
La HJ, se presenta
como el método ineludible para la fundamentación de la teoría del abogado, ya
que, la comprensión a la que somete al sujeto es mucho mayor, y por tal razón,
es que su campo de acción no puede quedarse únicamente en la comprensión de la
norma, sino inmiscuirse en los comportamientos sociales que son parte de un
proceso judicial, para que sean presentados de manera correcta ante la
autoridad competente y se contribuya a la resolución de la manera más apegada a
la justicia. Con ello no es solamente en las conductas, sino que el derecho se
relaciona con demás ramas del conocimiento, pues es un fenómeno
pluridimensional, el cual, puede ser visto desde distintas concepciones
internas del derecho y externas. Al respecto, Grande Yáñez. (2012) indica:
La Hermenéutica jurídica tiene un
encuentro con la justicia diferente al del iusnaturalismo que la había
absorbido en la idealidad de la ley natural, y distinto también del
iuspositivismo, que al deslindar la Ética y el Derecho había arrinconado la
justicia a la órbita de una moral que transitaba por un medio diferente del
cientifismo jurídico. (p.280)
Se plantea como objetivo general analizar jurídicamente la hermenéutica
jurídica: Herramienta de interpretación de los elementos fácticos en la teoría
del caso.
METODOLOGÍA
La
presente investigación utilizó la metodología cuantitativa la cual produce
datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Además, se aplica el método inductivo-deductivo, el
cual sugiere que para encontrar una verdad se deben buscar los hechos y no
basarse en meras especulaciones, además de partir de afirmaciones generales
para llegar a específicas (Dávila, 2006). Al análisis documental-bibliográfico se lo estima como una manera de
investigación técnica, un conjunto de sistematizaciones intelectuales,
generándose un proceso analítico–reflexivo, contribuyendo a la generación de la
extensión del estado del arte en correlación al marco jurídico científico
vigente (Behar-Rivero, 2018).
RESULTADOS
A continuación, se presentan los resultados
obtenidos, luego del análisis y revisión documental-bibliográfico.
Cuadro 1.
Doctrina
referente a la interpretación de elementos fácticos.
Autor(es) |
Titulo |
Criterio |
Interpretación |
Gómez García. (2017) |
Derecho y analogía. Estudios de hermenéutica jurídica. |
La
Hermenéutica analógico –icónica de la ley positiva permite comprender lo
jurídico como todo aquello que se predica atributivamente de esta, su forma
primera –de ahí su sentido unívoco- y, a su vez, permite reconstruir la
sistematicidad de la totalidad del derecho positivo-… En este sentido, desde
una concepción analógica de la ley (la ley analógica), el filósofo francés
Michel Bastit ha ofrecido una hermenéutica jurídica, de inspiración también
tomista, comprensiva de toda la temática relativa a la forma de lo jurídico
(la ley) en relación con su fin (los casos prácticos). |
En este
caso, Juan Antonio Gómez García nos manifiesta que la interpretación admite
entender el derecho en su forma primaria, generando una sistematización del
derecho positivo. |
Hesbert
Benavente. (2011) |
La aplicación de la teoría del caso y la teoría del delito en el
proceso penal acusatorio. |
Se debe
prestar especial atención a la investigación, búsqueda, identificación,
análisis e interpretación de los hechos que llegan a nuestro conocimiento.
Con ello, se puede definir lo que posee relevancia penal, es decir, si pueden
satisfacer o no los elementos que estructuran el delito por el cual es
procesada la persona del imputado. |
En este
caso, Hesbert Benavente Chorres, es bastante claro al indicar que es vital
prestar atención a la interpretación de las acciones que llegan a
conocimiento del profesional del derecho, para así generar una estructuración
del delito, por el cual, se acusa a una persona. |
Elaboración: Los autores.
Cuadro 2.
Doctrina
referente a la interpretación de elementos normativos y textuales.
Autor(es) |
Titulo |
Criterio |
Interpretación |
Minelo Cobo. (2019). |
Filosofía
del derecho lecciones de Hermenéutica Jurídica. |
Les
interesaba su ámbito teórico, pues, según ellos, era el único susceptible de
dar cabida a la verificación de los hechos; lo consideraban el único ámbito
puro del discurso, no contaminado por los prejuicios que enturbian la
objetividad de este. |
Teórico,
en donde se niega el aspecto de la praxis, ya que, a través de este se
realiza una confirmación de los hechos, en donde, se considera al positivismo
como objetivo. |
Peña
Gonzáles, y Almanza Altamirano. (2010). |
Teoría
del Delito. |
Lo
primero en la construcción de la “Teoría del Caso” es dedicar atención a la investigación,
búsqueda, identificación, definición, análisis e interpretación de los hechos
que llegan a nuestro conocimiento. ¿Pero qué son los hechos? Un hecho es un
suceso, un estado de la existencia o una relación (entre entidades, entre
acontecimientos o entre entidades y acontecimientos), para el cual pueden
hallarse pruebas dignas de confianza y en el cual la interpretación
interviene poco o nada. En sí posee un alto grado de objetividad, puede ser
medido, descrito o definido con precisión y verificado en forma relativamente
fácil. |
Los
autores nos manifiestan la poca o ninguna necesidad de la interpretación de
hechos a la hora de construir la “Teoría del Caso”, con lo cual, se pueda
presentar elementos probatorios de confianza y como tal, estos, ya tienen un
nivel elevado de objetividad, pues son descritos con precisión. |
Posada Garcés. (2010). |
Elementos fundamentales de la hermenéutica jurídica. |
La
interpretación siempre será una traducción, una forma de transformar algo en
otra cosa. Esta transformación, esta diferencia, consiste en un espacio
liminal, un espacio que demarca el límite entre el tema a interpretar y el
registro que funge como plano o punto de partida de la interpretación. En el
espacio liminal del derecho, el tema será la norma jurídica o, bien, el caso
concreto, y el registro será el derecho mismo, de tal manera que las rutas de
interpretación serán las mismas que en cualquier otra disciplina que haga un
tratamiento de la interpretación. |
Lo que
determina Posada a través de su enunciado es que la interpretación consta de
dos enseres fundamentales, el tema y el registro, el primero se encuentra
encaminado al caso que es materia de análisis y el registro que se encuentra
establecido con relación al derecho positivo. |
Elaboración: Los autores.
DISCUSIÓN
Se pude plantear la existencia de dos vertientes que
se desprenden del uso de la Hermenéutica en el campo de la interpretación del
derecho, una de ellas la relacionada directamente con la interpretación del
texto jurídico y la otra, encaminada a la interpretación de los hechos que
conllevan a un resultado judicial.
En este sentido, García-Castellón (2014) plantea lo
siguiente:
Las
leyes, para ser aplicadas de forma correcta, requieren de una interpretación
adecuada y de una transposición al asunto en cuestión. Esto es así, y es casi
tan importante como la propia existencia de las leyes, porque cada
circunstancia dentro de cada persona y cada escenario dentro de un hecho
determinado, es distinto. (p.5)
CONCLUSIONES
Con el análisis jurídico
desarrollado se determinó que la HJ se le ha implementado de manera deficiente,
puesto que, se centra en la interpretación textual de la norma dejando aislado
la interpretación de elementos fácticos de la “Teoría del Caso”, lo que ha
repercutido significativamente en la verdad procesal siendo esta que no se
presente de manera objetiva, dicha problemática se sigue desarrollando hasta la
actualidad en el ejercicio jurídico.
FINANCIAMIENTO
No monetario.
AGRADECIMIENTO
A la Universidad Regional Autónoma de los
Andes, Tulcán, por motivar el desarrollo de la Investigación.
REFERENCIAS CONSULTADAS
Behar Rivero, D. (2018). Metodología de la
Investigación. [Investigation methodology]. Recuperado de https://n9.cl/k9q2
Dávila Newman, G. (2006). El razonamiento inductivo y deductivo dentro
del proceso investigativo en ciencias experimentales y sociales. [Inductive and deductive
reasoning within the research process in experimental and social sciences]. Laurus, 12(Ext),180-205. Recuperado de: https://n9.cl/nx847
García-Castellón, P. (2014). Hermenéutica
Jurídica y Justicia. [Legal Hermeneutics and Justice]. Tesis de Grado.
Universidad Pontificia Comillas. Madrid. Recuperado de: https://n9.cl/4ttje
Gómez García, J. (2017). Derecho y analogía. Estudios
de hermenéutica jurídica. [Law and analogy.
Studies in legal hermeneutics]. Madrid: Editorial UNED. Recuperado de: https://n9.cl/h4f5o
Grande Yáñez, M. (2012). Hermenéutica jurídica y
justicia. [Legal hermeneutics and justice]. Icade. Revista De La Facultad De
Derecho, (82), 277-299. Recuperado de: https://n9.cl/iq811
Hesbert Benavente, C. (2011). La aplicación de la
teoría del caso y la teoría del delito en el proceso penal acusatorio. [The application of the theory of the case and the theory of the crime
in the accusatory criminal process]. BOSCH EDITOR. Barcelona.
Minelo Cobo, J. (2019). Filosofía del derecho
lecciones de Hermenéutica Jurídica. [Philosophy of Law Lessons in Legal
Hermeneutics] España.
Peña Gonzáles, O. y Almanza Altamirano, F. (2010).
Teoría del Delito. [Theory of Crime]. Asociación Peruana de Ciencias Jurídicas
y Conciliación – APECC. Recuperado de: https://n9.cl/ii6s3
Posada Garcés, J. (2010). Elementos fundamentales de
la hermenéutica jurídica. [Fundamental elements of legal hermeneutics]. Editorial: Institución Universitaria de
Envigado. Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Jurídicas, Envigado
(Antioquia). Recuperado de: https://n9.cl/aoz24
Velásquez Velásquez, F. (2013). La aplicación de la
teoría del delito en la teoría del caso. [The
application of the theory of the crime in the theory of the case]. Revista Digital De Ciencias Penales De
Costa Rica, (4), 3. Recuperado de: https://n9.cl/wlaz0
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