https://dx.doi.org/10.35381/racji.v7i2.2181

 

La mediación en el metaverso

 

Mediation in the metaverse

 

 

 

Karen Abigail Álvarez-Yanza

da.karenaay19@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0001-5233-0755

 

Carmen Ivette Arévalo-Valencia

da.carmeniav48@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0003-1552-8775

 

Santiago Fernando Fiallos-Bonilla

ua.santiagofiallos@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-4436-0898

 

 

 

 

 

Recibido: 15 de abril 2022

Revisado: 10 de junio 2022

Aprobado: ‘01 de agosto 2022

Publicado: 15 de agosto 2022

 

 

 

 

 

 

 

 

RESUMEN

En la presente investigación se planteó como objetivo general analizar jurídicamente la mediación en el metaverso. Se desarrolló mediante la metodología cuantitativa la cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Además, se aplicó el método inductivo-deductivo, el cual sugiere que para encontrar una verdad se deben buscar los hechos y no basarse en meras especulaciones. Se planteó además el método analítico-sintético extrayendo cualidades, componentes, relaciones y más para posteriormente unir las partes analizadas. La utilización de estos métodos hizo posible que se analizaran, tesis, trabajos arbitrados, bibliografías, entre otros. Se concluye que, la mediación es un método alternativo de solución de conflictos de probada eficacia en tanto en el mundo real como a través de los medios electrónicos, por tanto, la migración de este método y su aplicación en el metaverso dotara a los usuarios de estos entornos de una herramienta para resolver posibles controversias.

 

Descriptores: Mediación; tecnología avanzada; sistemas jurídicos. (Tesauro UNESCO).

 

 

 

ABSTRACT

The general objective of this research was to legally analyze mediation in the metaverse. It was developed through the quantitative methodology which produces descriptive data, originating from data collection. In addition, the inductive-deductive method was applied, which suggests that in order to find the truth, facts should be sought and not be based on mere speculation. The analytical-synthetic method was also proposed, extracting qualities, components, relationships and more to later join the analyzed parts. The use of these methods made it possible to analyze theses, refereed works, bibliographies, among others. It is concluded that mediation is an alternative method of conflict resolution of proven effectiveness both in the real world and through electronic media, therefore, the migration of this method and its application in the metaverse will provide the users of these environments with a tool to solve possible controversies.

 

Descriptors: Mediation; advanced technology; legal systems. (UNESCO Thesaurus).

 

 

 

 

 

INTRODUCCIÓN

Esta investigación es importante al contener como trasfondo al paradigma de la cultura de paz, vigente y más necesario que nunca, debido al aumento del comercio mundial, la agilización de las transacciones, la migración de los negocios físicos a las plataformas digitales y de estas últimas a plataformas de realidad virtual donde los usuarios -indudablemente demandaran de herramientas como la mediación para resolver conflictos en este nuevo escenario.

En la actualidad el metaverso, o dicho con propiedad los metaversos -existen varios-  es el nirvana de personas sedientas de vivir en un mundo ideal y por otro de compañías como IBM, Dell, Pontiac, Sun Microsystems, Reuters y otras ya tienen presencia virtual 3D. Esto se suma al hecho de que se pueden comprar islas de unos 65,536 m2 por unos 1000 dólares, este entorno -personas, dinero, “tierra”- son el lugar propicio para que la mediación resuelva problemas. (Millán Fernández et al., 2008)

En este orden de ideas, Guerra Moreno (2022) plantea lo siguiente:

 

La inteligencia artificial se puede emplear o se ha venido empleando en los siguientes aspectos en el sector de la justicia: para optimizar tiempos en la administración de justicia, para aumentar la eficiencia, en derecho penal permite automatizar denuncias por ejemplo por casos precisos, en materia procesal permite detectar la existencia de un poder para actuar, esto es, permite automatizar reglas procesales, automatizar la resolución judicial a dictarse, puede advertir posibles errores, sistema para segmentar trámites y clasificarlos, entre otros.(p.44)

 

En este contexto, los Métodos Alternativos de Solución de conflictos son un concepto y herramientas mucho más comunes en la actualidad, estas son aplicadas con el objetivo de abreviar y alivianar de manera extrajudicial la carga del Sistema Judicial de cada uno de los países donde son aplicados; el arbitraje y la mediación se diferencian principalmente porque en la primera la toma de decisiones se da por parte del árbitro y en la segunda la decisión se toma por las partes y no por el mediador.

Ahora bien, si se centra la atención en la mediación, es correcto afirmar que se trata de un método en el que se busca eliminar el modelo tradicional de rivalidad en las partes procesales, es decir la existencia de un ganador y perdedor, basándose en un modelo de ganar – ganar, es un proceso de resolución de conflictos en el que las dos partes enfrentadas recurren voluntariamente a una tercera persona imparcial, el mediador, para llegar a un acuerdo satisfactorio. (De Armas Hernández, 2003). Continuando con el autor, menciona que las ramas del derecho en la que esta puede ser aplicable son varias, entre ellas familiar, el escolar, el judicial, pero también se puede llevar a cabo para resolver problemas comunitarios, vecinales, laborales, en o entre organizaciones tanto públicas como privadas e internacionales.

En este sentido, la tecnología es una herramienta esencial en la cotidianidad de todas las personas del mundo, a tal punto que es totalmente acertado afirmar que para conocer sobre el desarrollo de la sociedad es necesario estar en la red. El entorno electrónico y las telecomunicaciones se han convertido en herramientas esenciales dentro de cualquier rama, de tal modo que el amplio acceso a la información ha generado grandes cambios culturales y sociales. Las tecnologías digitales ofrecen un sin fin de beneficios en los distintos ámbitos del quehacer cotidiano, sin embargo, su uso también puede significar un riesgo para la vida privada de las personas. (Alarcón García, 2020, p.34)

Por ello, el entorno Electrónico mantiene relaciones basadas en intereses comunes manteniendo así la paz y creando sistemas de rápida solución de conflictos, además, permite que quienes participan dentro de estos procesos se mantengan en un entorno aún más seguro, lo que facilita la comunicación y el desarrollo del proceso. En la mediación en los conflictos civiles y mercantiles resulta absolutamente necesaria y es urgente su regulación. (González Martín, 2012, p.7).

Se plantea como objetivo general analizar jurídicamente la mediación en el metaverso.

 

METODOLOGÍA

La presente investigación se desarrolla mediante la metodología cuantitativa la cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Además, se aplica el método inductivo-deductivo, el cual sugiere que para encontrar una verdad se deben buscar los hechos y no basarse en meras especulaciones, además de partir de afirmaciones generales para llegar a específicas (Dávila, 2006). Se plantea además el método analítico-sintético por medio del cual, se descompone un todo en partes extrayendo cualidades, componentes, relaciones y más para posteriormente unir las partes analizadas y con ello descubrir características y relaciones entre los elementos (Rodríguez y Pérez, 2017). La utilización de estos métodos hizo posible que se analice artículos, tesis, trabajos arbitrados, bibliografías, entre otros, la cual luego del análisis pertinente, permite que se generen criterios y aportes para un mejor desarrollo del tema.

 

RESULTADOS

El metaverso ofrece una realidad paralela totalmente virtual, es decir un universo alterno para poder desarrollarse manera cotidiana, la aplicación u aparición de este genera grandes cambios en todos los aspectos de la vida de los seres humanos, incluso en el universo legal. El uso del metaverso para experimentar cómo podrían funcionar ideas en la mejora de los servicios públicos como la justicia es un objetivo a tener en cuenta a la hora de positivizar el uso del metaverso. (Magro Servet, 2022). De esta manera resulta imposible mantenerse ajenos al nuevo mundo que se ha abierto para la sociedad, al ser una realidad virtual que emplea interacciones no solo con otros personajes sino también con los objetos que los rodean, a tal punto que dentro de este universo virtual las leyes de la física son respetadas y aplicadas.

En este sentido, la puesta en marcha de la mediación dentro del metaverso es significativamente importante y trascendental, dado que en este caso cambiaría la vida que se desarrolla dentro del metaverso para la aplicación de esta herramienta de resolución de conflictos, haciendo que se convierta en algo totalmente realista y por ello generando el ambiente adecuado para que todos los principios del metaverso se mantengan intactos. Se puede definir al metaverso como un área virtual, la cual es creada con una finalidad de dirigirse a la realidad física y mejorar la realidad virtual.

Una vez comprendida que es el Metaverso podemos analizar que este ya en la actualidad y en un futuro cambiara la forma en como el ser humano convive en su entorno. Con estos nuevos cambios a futuro, vinculara con nuevos escenarios del día a día, y una de estas es la medicación. En cuanto a la mediación es una manera alternativa, la cual mediante esta se puede resolver conflictos y que su objetivo es llegar a una solución entre las partes que se encuentran en conflicto, y esta se puede practicar en diversos ámbitos.

Al respecto, la UNESCO. (2021) señala lo siguiente:

 

Los sistemas de inteligencia artificial son tecnologías de procesamiento de la información que integran modelos y algoritmos que producen una capacidad para aprender y realizar tareas cognitivas, dando lugar a resultados como la predicción y la adopción de decisiones en entornos materiales y virtuales.

 

Por otro lado, uno de los elementos clave del metaverso es expandir las diferentes posibilidades y oportunidades en un mundo donde las interacciones sociales sucederán a través de avatares, a través de un soporte lógico, donde funcionará como una metáfora del mundo real. Otra parte importante de metaverso es que los diferentes dispositivos se encargarán de ello y esto nos hará pensar que en realidad estamos dentro de este mundo virtual donde podemos interactuar con los elementos que se van creando. La estructura del Metaverso como principal punto se basa en la Infraestructura, donde aquí entran lo que son las diferentes conexiones de WiFi, otra parte de la estructura es la Interfaz Humana, donde aquí deben sostenerse por los elementos que en este caso utilizaran los seres humanos para manejarlos como los dispositivos móviles.

La descentralización también es parte del marco, aquí se refiere a todo lo que se apoya en la inteligencia artificial, las tecnologías que se involucran en el surgimiento del metaverso, su desarrollo requiere de tecnologías avanzadas de última generación, como la realidad virtual.

En la actualidad el metaverso toma una gran importancia en el ámbito jurídico y en su provenir, descubriendo inmensidades de posibilidades y retos para la profesión jurídica, el metaverso en el ámbito jurídico se basa en un área de forma virtual donde su fin es conllevar diferentes interacciones sociales mediante algunos tipos de sistemas de redes, donde su objetivo es generar diferentes lazos contractuales y lo más importante sociales. Una de las implicaciones jurídicas en el metaverso podría ser el derecho de marcas porque en esta área se da través de una serie de normas, que ocupa de la protección de los signos distintivos que identifican las actividades comerciales y la protección de datos. El metaverso en el ámbito jurídico da posibilidades de extender los servicios legales hasta lugares no antes imaginables.

Por tanto, la mediación en los entornos virtuales en los procesos jurisdiccionales, los cuales Luz Clara (2018) menciona a continuación:

 

 

Al respecto, es importante desarrollar términos de uso y condiciones de servicio que involucren a la mediación como el medio por excelencia para resolver conflictos, de manera que en el momento en que surjan, las partes se verán condicionadas por la aceptación de las condiciones del contrato, necesariamente tendrían que acudir a este escenario. Otra posibilidad es que aunque se hallen en el metaverso el conflicto pueda surgir entre dos partes -usuarios- y aquí habría entonces un “centro” que acogería la necesidad de ambos y encaminaría un acuerdo, sin bien es cierto, que la voluntariedad es un principio inherente a la mediación y en este contexto -aparentemente- las partes no tendrían otra opción -de momento- es la opción más eficiente, la justicia particular es rápida y ofrece una salida eficiente y rápida a la cuestión de la anomia estatal, que por lo menos en esta esfera, se deja ver – por ahora-.

 

DISCUSIÓN

En algunas legislaciones de otros países se conlleva la resolución de disputa en línea como lo es en Estados Unidos donde se utilizó en procesos de carácter comerciales, en la cual existió conflictos entre compradores vendedores de un sitio web, en los últimos años en este país ha sido utilizado por los tribunales donde su fin es ayudar con el proceso de los casos.

La mediación dentro del metaverso se tornará necesaria para la solución de conflictos generados por la interacción de usuarios, ya que el metaverso es en un futuro donde podremos interactuar con personas, mediante representaciones de nosotros mismos.

Estos serán de lenguaje verbal como no verbal esto ayudaría mucho, donde sería un medio para solucionar conflictos. Es factible, ya que actualmente la tecnología ha tenido un gran avance y es parte de nuestro día a día, de igual forma a medida que el metaverso vaya creciendo se implementaran espacios en línea, donde entre las personas que creen sus usuarios se darán interacciones, y esto sería un espacio más factible para la mediación.

En este contexto, los autores Erazo y Sulbarán (2022) plantean lo siguiente:

Por tanto, otro complejo desafío es el de establecer estándares y protocolos para el mundo virtual que definan reglas claras, precisas, éticas, morales, sociales y políticas referentes a la recopilación de información personal, protección de la privacidad, seguridad de los datos, transparencia en el intercambio de activos digitales, trabajo virtual. (p.135)

 

CONCLUSIONES

La mediación es un método alternativo de solución de conflictos de probada eficacia en tanto en el mundo real como a través de los medios electrónicos, por tanto, la migración de este método y su aplicación en el metaverso dotara a los usuarios de estos entornos de una herramienta para resolver posibles controversias. El planteamiento de cláusulas precontractuales dentro de los términos de uso y condiciones de servicio pueden ser mecanismos poderosos para que la mediación sea por defecto la herramienta para resolver controversias surgidas por usuarios en el metaverso. La creación de herramientas tecnológicas que acorde a determinadas características normativas que protejan a los usuarios pueden ser formas en que las empresas que operen en el metaverso protejan sus servicios, cuiden sus marcas, y mantengan satisfechos a sus potenciales clientes en situaciones de conflicto.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTO

A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, por motivar el desarrollo de la Investigación.

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

 

Alarcón García, S. (2020). Análisis de tecnologías digitales para beneficiar el ejercicio profesional de los mediadores familiares de Chile. [Analysis of digital technologies to benefit the professional practice of family mediators in Chile]. Revista de Derecho Privado, (39), 33-60.https://doi.org/10.18601/01234366.n39.03

 

Dávila Newman, G. (2006). El razonamiento inductivo y deductivo dentro del proceso investigativo en ciencias experimentales y sociales. [Inductive and deductive reasoning within the research process in experimental and social sciences]. Laurus, 12(Ext),180-205. Recuperado de: https://n9.cl/nx847

 

De Armas Hernández, M.  (2003). La mediación en la resolución de conflictos. [Mediation in conflict resolution]. Educar, 32, 125-136. https://doi.org/10.5565/rev/educar.294

 

Erazo, J. y Sulbarán, P. (2022). Metaverso: más allá de la realidad inmersiva. [Metaverse: beyond immersive reality]. Revista Electrónica Conocimiento Libre y Licenciamiento, 25(13); 129-140. Recuperado de: https://n9.cl/hqlj5

 

González Martín, L. (2012). La mediación civil y mercantil: una necesidad y una obligación legal en el espacio de la unión europea. La importancia de la figura del profesional de la mediación. [Civil and commercial mediation: a necessity and a legal obligation in the European Union. The importance of the figure of the mediation professional]. Revista de Mediación,5(9). Recuperado de: https://n9.cl/7jy7x

 

Guerra Moreno, D. (2022). Constitución e inteligencia artificial en el proceso. [Constitution and artificial intelligence in the process]. Grupo de Investigación en Derecho Procesal de la Universidad Libre – Cúcuta. Grupo Editorial Ibáñez. Recuperado de: https://n9.cl/asz98

 

 

 

 

Luz Clara, B. (2018). La mediación en entornos electrónicos. [Mediation in the Electronic Environment]. Revista IUS, 12(41), 343-358. Recuperado de: https://n9.cl/u0d3l

 

Magro Servet, V. (09 de mayo de 2022). Proyección en el metaverso de la Administración de Justicia en la solución de conflictos. [Projection in the metaverse of the Administration of Justice in conflict resolution]. Diariolalaey. https://n9.cl/o3w1l

 

Millán Fernández, E., Medrano García, M., y Blanco Jiménez, F. (2008). Social media marketing, redes sociales y metaversos. [Social media marketing, social networks and metaverses]. Universidad, Sociedad y Mercados Globales. Recuperado de: https://n9.cl/kpet

 

Rodríguez, A. y Pérez, A. O. (2017). Métodos científicos de indagación y de construcción del conocimiento. [Scientific methods of inquiry and knowledge construction]. Revista EAN, 82,179-200. https://doi.org/10.21158/01208160.n82.2017.1647

 

UNESCO. (2021). Recomendación sobre la Ética de la Inteligencia Artificial. [Recommendation on the Ethics of Artificial Intelligence]. Recuperado de: https://n9.cl/x1nj9

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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