http://dx.doi.org/10.35381/racji.v7i2.2175
Procedimiento abreviado y la igualdad de sujetos
procesales en el código orgánico integral penal ecuatoriano
Abbreviated procedure and the equality of
procedural subjects in the Ecuadorian Organic Criminal Code
Myriam Nicole Rodríguez-Almeida
ut.myriamnra61@uniandes.edu.ec
Universidad
Regional Autónoma de los Andes, Tulcán, Carchi
Ecuador
https://orcid.org/0000-0002-6706-9243
Carlos Gilberto
Rosero-Martínez
ut.carlosrosero@uniandes.edu.ec
Universidad
Regional Autónoma de los Andes, Tulcán, Carchi
Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-5064-8516
Carmen Marina Méndez-Cabrita
ut.carmenmmc56@uniandes.edu.ec
Universidad
Regional Autónoma de los Andes, Tulcán, Carchi
Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-8672-3450
Stiven Paul Ramírez-Chávez
stivenprc44@uniandes.edu.ec
Universidad
Regional Autónoma de los Andes, Tulcán, Carchi
Ecuador
https://orcid.org/0000-0003-4919-9674
Recibido: 15 de
abril 2022
Revisado: 10 de
junio 2022
Aprobado: ‘01 de
agosto 2022
Publicado: 15 de
agosto 2022
RESUMEN
El
objetivo general de la investigación fue analizar jurídicamente el
procedimiento abreviado y la igualdad de sujetos procesales en el código
orgánico integral penal ecuatoriano. El planteamiento realizado
por los investigadores para el desarrollo de la metodología de la
investigación, fue a partir del enfoque cuantitativo, mediante la indagación,
recolección y análisis crítico documental y referencial bibliográfico,
basándose en la exploración metódica, rigurosa y profunda de diversas fuentes
documentales conformadas por artículos, normas y leyes entre otros,
describiendo los hallazgos encontrados. En la investigación, se ha empleado
como técnica la revisión documental, se aplicó un cuestionario, cuya población
se integró por 15 sujetos, entre ellos fiscales y abogados en el libre
ejercicio con especialización en la rama del derecho penal, residentes en la
ciudad de Tulcán. Se concluye que, el procedimiento abreviado es uno de las
operaciones importantes que se encuentra tipificado en el COIP, a partir del
artículo 635.
Descriptores: Legislación;
régimen jurídico; reforma jurídica. (Tesauro UNESCO).
ABSTRACT
The
general objective of the research was to legally analyze the abbreviated
procedure and the equality of procedural subjects in the Ecuadorian
Comprehensive Organic Criminal Code. The approach taken by the researchers for
the development of the research methodology was based on the quantitative
approach, through the inquiry, collection and critical analysis of documents
and bibliographic references, based on the methodical, rigorous and deep
exploration of various documentary sources consisting of articles, rules and
laws among others, describing the findings. In the research, documentary review
was used as a technique, a questionnaire was applied, whose population
consisted of 15 subjects, among them prosecutors and lawyers in free exercise
with specialization in the branch of criminal law, residents of the city of
Tulcán. It is concluded that the abbreviated procedure is one of the important
operations that is typified in the COIP, from article 635.
Descriptors: Legislation;
legal regime; legal reform. (UNESCO Thesaurus).
INTRODUCCIÓN
Las soluciones provenientes de diversos
conflictos penales que se producían en los Estados Unidos
de América, lograron ejecutarse mediante el procedimiento conocido como “plea bargining”, el cual
consistía en una negociación entre el fiscal y el procesado, con el objetivo
de que la persona aceptare
toda la responsabilidad del hecho imputado, logrando así que la pena a
determinarse sea menor a la
establecida en el catálogo penal. (Touma, 2017). Es así que la adopción de un procedimiento abreviado en
los Estados Unidos de América, podría
adoptarse en cualquier tipo penal establecido en el catálogo de delitos, sin existir la limitación de penas, produciendo así una garantía
del debido proceso, lo cual en Ecuador no es
adoptado de esa manera ya que este tipo de procedimiento
especial únicamente procede en delitos donde la pena privativa de libertad
sea por un lapso máximo de 10 años.
Es importante el
determinar la naturaleza del procedimiento abreviado, como una forma de juicio,
con ello al ser totalmente comprendido, es importante el analizar sus
requisitos de procedencia, cuestionando la insuficiencia de prueba o lo
conocido como duda razonable permitiendo la aceptación del imputado, adoptando
la absolución por la calificación jurídica consistente. (Falcone, 2017).
En este sentido, la
importancia del procedimiento abreviado, dentro de la legislación ecuatoriana,
permite diversas aplicaciones de principios como el de celeridad, económica
procesal, mínima intervención penal, concentración, principios que brindaran
resoluciones con mayor eficiencia y rapidez, y que a su vez los beneficiarios
de este tipo de procedimientos, obtengan una pena menos rigurosa a diferencia
de la cual se podría obtener con un juicio ordinario, beneficiándose así el
procesado, el Estado y la sociedad de manera colectiva. (Mera Naranjo, 2020).
Ante la necesidad de lograr una valoración entre las partes procesales, el Estado promueve
el satisfacer las necesidades con un avance social, con ello el principio
de igualdad
logra establecerse dentro de las sociedades, en contra de los abusos
ocasionados, por cuanto a las habilidades como a las aptitudes
naturales, por ello con las reformas
incluidas al Código Penal, se plasma características constitucionales como se mencionaba el principio de igualdad,
brindando así la capacidad de
subsistir en un país con derechos del Buen vivir, recuperando el garantismo penal. (Muñoz y Zuñiga, 2020).
En nuestra actualidad el procedimiento abreviado, no es únicamente una elección penal común, ya que las posibilidades que brinda son muy beneficiosas para el procesado, pero existe en varios casos que el
desconocimiento de profesionales del
derecho obtén por el procedimiento penal habitual, evitándose así una negociación de la pena, logrando
así que esta sea la mínima impuesta. (Contardo, 2015).
Además, como se lo emana en el Código Orgánico
Integral Penal. (2014), haciendo un planteamiento de las reglas generales, como es el consentir expresamente la aplicación del procedimiento por parte de la persona
procesada, y lo más importante que la aplicación de la pena no es mayor ni más grave que la sugerida por el fiscal (COIP, 2014). Con ello, es importante el mencionar que la norma
establece que es una sugerencia por parte del fiscal, lo cual hace posible que
la metodología de su aplicación no sea utilizada de manera correcta en asuntos
penales, evitando así que el beneficio sea completamente seguro y efectivo para
el procesado, generando el principal objetivo de estudio, analizar
jurídicamente el procedimiento abreviado y la igualdad de sujetos procesales en
el código orgánico integral penal ecuatoriano.
METODOLOGÍA
El planteamiento realizado por los
investigadores para el desarrollo de la metodología de la investigación, es a
partir del enfoque cuantitativo, mediante la indagación, recolección y análisis
crítico documental y referencial bibliográfico, basándose en la exploración
metódica, rigurosa y profunda de diversas fuentes documentales conformadas por
artículos, normas y leyes entre otros, describiendo los hallazgos encontrados.
En la investigación, se ha empleado como técnica la revisión documental,
Además, se aplicó un cuestionario, cuya población se integró por 15 sujetos,
entre ellos fiscales y abogados en el libre ejercicio con especialización en
rama del derecho penal, residentes en la ciudad de Tulcán, mediante un muestreo
aleatorio estratificado.
RESULTADOS
A continuación, se presentan los resultados
obtenidos producto de la encuesta aplicada a los abogados y fiscales de libre
ejercicio.
Cuadro 1.
Resultados de encuesta.
Interrogantes |
Respuesta |
Análisis |
1. ¿Conoce usted si el procedimiento abreviado regulado en el Código
Orgánico Integral Penal brinda algún tipo de beneficio procesal para el
investigado? |
Si:15 No:0 |
Según los resultados, el 100% de los encuestados afirman que, si
conocen que el procedimiento abreviado brinda algún tipo de beneficio procesal,
este porcentaje es representativo ya que indica que existe un procedimiento
que favorece al principio de celeridad, pues involucra un ahorro en el tiempo
procesal, además de ello generar que los beneficios generados logren ser de
relevancia para los procesados en las causas penales. |
2. ¿Conoce Usted si el principio de igualdad es cumplido por las
autoridades en las diversas causas penales no mayores a 10 años de privación
de libertad? |
Si:6 No:9 |
El 40% de los encuestados, si conoce que el principio de igualdad es
acatado y cumplido dentro de los procesos judiciales sometidos al
procedimiento abreviado, lo cual coloca en relieve que las autoridades
jurisdiccionales cumplen de manera efectiva en lo manifestado en la norma. Por otro lado, el 60% de los encuestados manifestó que no, existiendo
la mayoría de la población encuestada, debido a que probablemente en la
profesión de libre ejercicio han palpado la existencia del incumplimiento del
principio de igualdad en donde si bien se basa en diversas atribuciones
determinadas al Fiscal, no se logra generar una administración correcta de
justicia. |
3. ¿Cree usted que existen acciones netamente facultativas otorgadas
al Fiscal, al proponer el acceso al procedimiento abreviado? |
Si:11 No:4 |
En un porcentaje considerable, es decir, el 73% de los encuestados
están de acuerdo en que existen acciones netamente facultativas otorgadas al
Fiscal, al proponer el acceso al procedimiento abreviado, de lo cual se
deduce que la muestra en estudio reconoce a las funciones del fiscal, como
acciones que dependen únicamente de él, para brindar la solicitud de
procedimiento abreviado, y con ello no se aplique un procedimiento abreviado,
con el cumplimiento de sus requisitos. Por otro lado, el
27% restante manifestó que no, debido muy probablemente a que consideran que
las acciones no son una función directa para el Fiscal, donde existen más
servidores judiciales que incurren en la solicitud del procedimiento
abreviado. |
4. ¿Conoce usted causas penales donde se haya vulnerado el principio
de igualdad entre los sujetos procesales (Fiscal y Procesado)? |
Si:7 No:8 |
Los encuestados, compuestos por un 47%, sostuvieron que sí conocen
causas penales donde se haya vulnerado el principio de igualdad entre los
sujetos procesales, ya que podrían existir casos donde la igualdad de armas
no sea totalmente acatada, donde las acciones o conductas del procesado se
ven en desventaja a las funciones contribuidas por parte de la Fiscalía. En cuanto al 53% restante, señala que no conocen causas penales donde
se haya vulnerado el principio de igualdad, quizá lo consideran así porque
los derechos y principios generados para los sujetos procesales son
totalmente igualitarios para los dos sujetos. |
5. ¿Los abogados en libre ejercicio de la profesión
miran conveniente el acceder al procedimiento abreviado como una ventaja para
el procesado? |
Si:12 No:3 |
La mayoría de encuestados, es decir un 80%, consideran que se mira
conveniente que al acceder al procedimiento abreviado se otorga una ventaja
al procesado, como es la reducción de la pena en los diversos tipos penales
que no exceden de los 10 años de privación de libertad; guiados
indudablemente de los principios rectores del derecho penal. Por su parte el 20% de los encuestados no miran conveniente, que el
procedimiento abreviado como una ventaja para el procesado, debido a que muy
probablemente los abogados en el libre ejercicio, consideren que no existen
ventajas reales que sean cumplidas por parte de los órganos judiciales dentro
del procedimiento especial. |
Fuente: Resultado de las encuestas.
DISCUSIÓN
La normativa en general puede ser descifrada
bajo diversos pensamientos, contingentes a la idea del caso presentado. En este sentido,
y pensando en que este estudio da una construcción
hipotética sobre el método truncado y su materialidad a los ilícitos
en Ecuador, hay algunos lugares
restrictivos que permiten
dar veracidad al funcionamiento interno
del ordenamiento jurídico, y cómo se tratan
algunas condenas penales,
haciendo referencia a los procedimientos especiales, de
manera específica el procedimiento
abreviado.
En este sentido,
el procedimiento abreviado para Zalamea (2012) por
ejemplo, lo enfoca
como si el sistema penal fuera cien por ciento
efectivo y sus
procedimiento fluyen de manera rápida y justa; a
lo que Cabanellas (2006) difiere
exponiendo más bien que en algunas oportunidades la demora y la
inefectividad se hace presente según el juez de la causa o enjuiciado involucrado.
En este
mismo orden de ideas, Maza (2017), expone que el procedimiento abreviado
es una herramienta alternativa que sirve
para mejorar el procesal
judicial, sin embargo, existen
ciertas imposiciones que condicionan el proceso. Al revisar la postura de Ferrajoli (2009)
y, a pesar de coincidir
con lo anterior, deja ver que
pareciera la posibilidad de que se mezclan posiciones de juicios modernos con los tradicionales, cayendo en discordancia con la otra posición y, destacando al mismo tiempo,
que no hay pena sin juicio previo, quedando a la suerte en algunos casos, que las garantías procesales del enjuiciado no sea
manejado de la forma correcta.
Por lo
tanto, el procedimiento abrevado ha llegado a ser un método que busca el generar
un descongestionamiento procesal
en aquellos delitos
menores a 10 años privativos
de libertad, invocando a diversos principios y derechos facultados a cada uno de los procesados, pero es importante
entender que este tipo de conductas
y procedimientos tienen que encontrarse regulados por la Constitución buscando de esta manera la aplicación de cada uno de sus derechos, evitando
directamente algún tipo de vulneración, es así que los sujetos
procesales al encontrarse en un procedimiento abreviado tienen que tener
la misma capacidad y mismas
herramientas, como se mencionó por parte de diversos ilustrados, comprendiendo que al ejercerse adecuadamente este procedimiento
especial sin ningún tipo de libertad se podría establecer una correcta
administración de justicia.
CONCLUSIONES
El fundamento teórico permitió concluir que el procedimiento abreviado es uno de los procedimientos importantes que se encuentra
tipificado en el COIP, a partir del artículo 635, donde es considerado uno de los procesos más eficaces y eficientes donde se somete cualquier implicado
que ha cometido un delito y, como resultado, su pena no sea menor al tercio de la pena
mínima. Entendiéndose que, en el procedimiento abreviado, debe existir un acuerdo entre el imputado
y el Fiscal y, tratar de evitar juicios complicados sin la necesidad de entrar en etapas engorrosas como por ejemplo
juicios orales y públicos. Logrando
conciliar las culpabilidades y
responsables a cambio de beneficiar
otras partes, quedando satisfechos por el convenio alcanzado y evitar malos
entendidos.
FINANCIAMIENTO
No monetario.
AGRADECIMIENTO
A la Universidad Regional Autónoma de los
Andes, Tulcán, por motivar el desarrollo de la Investigación.
REFERENCIAS CONSULTADAS
Asamblea
Nacional (2014). Código Orgánico Integral Penal. [Comprehensive Criminal Code].
Registro Oficial Nº 180. Recuperado de https://url2.cl/53c6h
Cabanellas,
G. (2006). Diccionario jurídico elemental. [Basic legal dictionary]. N° 1.
Editorial Heliaste Buenos Aires-Argentina.
Contardo,
J. (2015). Indemnización y resolución por incumplimiento. [Indemnification and
termination for non-compliance]. Santiago. N° 1. Editorial Thomson Reuters Santiago-Chile.
Falcone
Salas, D. (2010). La absolución en el procedimiento abreviado. [Acquittal in
abbreviated proceedings]. Revista de
Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, 26(1).
Recuperado de: https://n9.cl/p14it
Ferrajoli,
L. (2009). Derecho y razón. Teoría del garantismo penal. [Law and reason.
Theory of criminal guarantorism]. N° 1. Editorial Trotta Madrid-España.
Maza
López, A. (2018). Que es el procedimiento abreviado. [What is the abbreviated procedure]. Derecho Ecuador. Recuperado de: https://n9.cl/0k1i9
Mera
Naranjo, A. B. (2020). El procedimiento abreviado en el Ecuador y su aplicación en todos los delitos de acción pública. [The abbreviated procedure in Ecuador and
its application to all public action crimes]. Tesis de Maestría. Universidad Técnica de Ambato. Recuperado de: https://n9.cl/dhkxt
Muñoz
Guevara, C. R., y Zúñiga Romero, C. A. (2020). Reformas al procedimiento
abreviado en el Ecuador. [Reforms to the abbreviated procedure in Ecuador].Tesis de Grado. Recuperado de: https://n9.cl/2paf3
Touma
Endara, J. J. (2017). El procedimiento abreviado: entre la eficacia judicial y
el derecho a la no autoinculpación. [The abbreviated procedure: between judicial
efficiency and the right against self-incrimination]. Casa Editorial:
Universidad Andina Simón Bolívar. Recuperado
de: https://n9.cl/hgqn5
Zalamea, D. (2012). Manual de litigación
penal: Audiencias previas al juicio. [Criminal Litigation Manual:
Pre-trial Hearings]. Defensoría Pública
del Ecuador Quito-Ecuador. Recuperado
de: https://n9.cl/e40o1
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