http://dx.doi.org/10.35381/racji.v7i2.2014
El femicidio y su incidencia en los derechos humanos de las mujeres de Ecuador
Femicide and its impact on the human rights of Ecuadorian women
Natalia Alejandra Maldonado-Mejía
dr.nataliaamm99@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Riobamba, Chimborazo
Ecuador
https://orcid.org/0000-0002-1041-2696
Alejandra Micaela Masson-Narváez
dr.alejandrammn39@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Riobamba, Chimborazo
Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-7070-305X
Luís Renato Daqui-Orozco
dr.luisrdo22@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Riobamba, Chimborazo
Ecuador
https://orcid.org/0000-0003-2330-5475
Mónica-Del-Rocío Mosquera-Endara
ur.monicamosquera@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Riobamba, Chimborazo
Ecuador
https://orcid.org/0000-0002-8448-2355
Recibido: 15 de abril 2022
Revisado: 10 de junio 2022
Aprobado: ‘01 de agosto 2022
Publicado: 15 de agosto 2022
RESUMEN
El objetivo general de la investigación fue analizar jurídicamente el femicidio y su incidencia en los derechos humanos de las mujeres de Ecuador. Se desarrolló bajo el enfoque cuantitativo, mediante la indagación, recolección y análisis crítico a través de una tipología documental, bibliográfica y estadística. Un diseño bibliográfico de tipo documental, que busca la reflexión y análisis crítico, y se construyan métodos relacionados de discernimiento del fenómeno y así evaluar o considerar nuevos contextos. En tal sentido se consideraron varias leyes, normas, informes, convenio, con el objetivo de indagar y obtener la información relevante. Se concluye que, la violencia contra la mujer constituye un grave problema, primero en el ámbito legal, ya que este tipo de violencia es consuetudinaria, es decir que es una problemática que viene manifestándose desde años atrás y segundo de salud pública porque afecta negativamente a la salud física, mental, sexual y reproductiva de las mujeres.
Descriptores: Violencia; mujer; derechos humanos. (Tesauro UNESCO).
ABSTRACT
The general objective of the research was to legally analyze femicide and its impact on the human rights of women in Ecuador. It was developed under a quantitative approach, by means of research, collection and critical analysis through a documentary, bibliographic and statistical typology. A bibliographic design of documentary type, which seeks reflection and critical analysis, and to build related methods of discernment of the phenomenon and thus evaluate or consider new contexts. In this sense, several laws, norms, reports and agreements were considered in order to investigate and obtain relevant information. It is concluded that violence against women constitutes a serious problem, first in the legal sphere, since this type of violence is customary, that is to say that it is a problem that has been occurring for years, and second in public health because it negatively affects the physical, mental, sexual and reproductive health of women.
Descriptors: Violence; women; human rights. (UNESCO Thesaurus).
INTRODUCCIÓN
El femicidio es una consecuencia de la violencia extrema de género, constituyendo así una problemática compleja en diversos contextos latinoamericanos, éste se encuentra invisibilizado en la ley, la política y en la sociedad de la mayoría de los países de la región, debido a la existencia de patrones socio-culturales y estereotipos los cuales naturalizan el sexismo, la inequidad y violencia de género. Pese a la clara existencia de conductas femicidas en el país, todavía no existe una figura legal para este delito el cual permita prevenirlo y combatirlo desde las instituciones del Estado, provocando la impunidad respecto a la violencia, agresiones y crímenes cotidianos a que las mujeres son víctimas en el Ecuador.
Se debe reconocer también que, en el plano teórico, el femicidio es el asesinato de mujeres como resultado extremo de la violencia de género como ya se mencionó anteriormente, y comprende aquellas muertes de mujeres a manos de sus parejas, ex parejas o familiares, las asesinadas por sus acosadores, agresores sexuales y/o violadores, así como aquellas que trataron de evitar la muerte de otra mujer y quedaron atrapadas en la acción femicida. El Consejo Centroamericano de Procuradores de Derechos Humanos y el Instituto Interamericano de Derechos Humanos, define al femicidio como la muerte de mujeres (asesinato, homicidio o parricidio) simplemente por el hecho de ser mujeres. (Peramato Martin, 2012).
En este sentido, para Brito Rodríguez et al. (2021) los autores indican que el femicidio consiste:
Es así como los hechos
de abusos y violencia a ultranza perpetrados contra
las
mujeres no se limitan a ofensas, humillaciones verbales o vejámenes
psicológicos y económicos, sino que se marca en los cuerpos para vulnerarlo y
matarlo, dejando la huella femicida como un trofeo o un mensaje de su poder y
control. (p.44)
Por otro lado, esta violencia se ejercita desde lo masculino a través de la emisión de mensajes o signos que transmiten relaciones de poder no necesariamente explícitos, pero que van en desmedro de la autoestima de la mujer que trae como consecuencia el dejarse dominar por el hombre (Brito, Basualto y Posada, 2020).
Este grave problema social afecta a las mujeres del mundo, de acuerdo al informe de la Organización Mundial de la Salud (OMS, 2013) el 35% de las mujeres del mundo han sido víctimas de violencia física y/o sexual por parte de su pareja o de violencia sexual por parte de otros sujetos distintos de ésta. Por otro lado, la Organización de las Naciones Unidas, ONU Mujeres (2017) reporta en informe de resultados globales, que en el mundo mujeres y niñas desafían acoso sexual y violencia en espacios públicos, en el transporte público, en las calles, lugares de recreación (parques), mercados, tanto en países en desarrollo como desarrollados, en sus diferentes zonas.
Se plantea como objetivo general analizar jurídicamente el femicidio y su incidencia en los derechos humanos de las mujeres de Ecuador.
METODOLOGÍA
La investigación se desarrolla bajo el enfoque cuantitativo, mediante la indagación, recolección y análisis crítico a través de una tipología documental, bibliográfica y estadística. Muchos de los objetos con los que trabaja la ciencia jurídica pueden abordarse desde una dimensión teórica, empírica, cuantitativa o cualitativa, depende de cuál sea la arista que se estudia, y qué propósito tenga el investigador. (Villabela,2015, p.929). Un diseño bibliográfico de tipo documental, que busca la reflexión y análisis crítico, y se construyan métodos relacionados de discernimiento del fenómeno y así evaluar o considerar nuevos contextos. Al respecto, Palella y Martins. (2012) la investigación documental se encuentra exclusivamente en la recolección de información en diversas fuentes. En tal sentido se consideraron varias leyes, normas, informes, convenio, entre otros, con el objetivo de indagar y obtener la información relevante.
RESULTADOS
En Ecuador, el 10 de agosto del 2014 entró en vigencia el Código Orgánico Integral Penal, cuerpo normativo que tipifica por primera vez al femicidio como una conducta penalmente relevante y en su artículo:
Artículo 141, menciona que: La persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género, será sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años.
En Ecuador desde el 10 de agosto del 2014 hasta la actualidad se registraron 936 muertes violentas de niñas y mujeres sin importar su edad. Por otro lado, desde el 10 de agosto del 2014 hasta la actualidad se han registrado 358 femicidios. (ver gráfico 1).

Gráfico 1. Femicidios
Fuente: Fiscalía General de la Republica. (2021.).
En algunos casos de femicidio, el victimario ha tenido una relación afectiva con la víctima, y la mayor concentración de victimarios se encuentra en el rango de 20 a 42 años, a diferencia de las víctimas que se encuentras entre los 25 y 34 años, esto quiere decir que hombres de mediana edad matan a mujeres jóvenes. El número de victimarios es muy diferente al número de víctimas, ya que dentro del delito de femicidio hay más de una víctima. El 8% de los actores del hecho se suicidan luego de cometer el delito (ver gráfico 2).

Gráfico 2. Estado civil.
Fuente: Fiscalía General de la Republica. (2021).
Ordenanza expedida para el cuidado de las mujeres en Riobamba
Riobamba necesita respuestas urgentes, decididas e integrales para abordar la violencia de género desde un trabajo coordinado entre Estado, sociedad civil y organizaciones internacionales que permitan prevenir, dar atención adecuada y restituir los derechos violentados de niñas y mujeres del cantón, es por esto, que en vista de tantos casos de violencia de género, de femicidios, de discriminación de género, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Riobamba, expide la ordenanza “ORDENANZA PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN PROGRESIVA DE LA DISCRIMINACIÓN Y VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN EL CANTÓN RIOBAMBA”, la cual tiene como objetivo establecer mecanismos y políticas encaminadas a la prevención y erradicación progresiva de la discriminación y violencia contra las mujeres y es aplicada en el ámbito público y privado de Riobamba. Esta ordenanza está basada en los siguientes principios: Igualdas y no discriminación, Progresividad, Participación Ciudadana, Celeridad, Confidencialidad.
Con esta ordenanza, se fortalecerá organismos internos como es la Junta Cantonal de Protección de Derechos Humanos, con el apoyo de técnicos especialistas en materia de restitución de derechos, por medio de medidas administrativas que contribuyan a erradicar la violencia contra las mujeres en el cantón Riobamba. Además, corresponde al Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Riobamba, en el marco de su jurisdicción territorial y en ejercicio de sus competencias, generar:
a) Políticas públicas, planes, programas y proyectos enfocados a prevención de la violencia contra las mujeres en el marco de sus competencias.
b) Establecer e implementar protocolos tendientes a la detección de violencia contra las mujeres, siendo necesario que las instituciones públicas y privadas denuncien casos de vulneración de derechos al a Junta Cantonal de Protección de Derechos.
c) Fomentar la ejecución y seguimiento de las políticas en entidades públicas y privadas, a través de la Secretaría Ejecutiva del Consejo Cantonal para la Protección de Derechos.
d) Promover campañas de prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres dirigidas a la comunidad, según su nivel de competencia.
e) Establecer instrumentos para el control de espectáculos públicos organizados por personas naturales o jurídicas, que no contengan ningún tipo de mensajes de violencia, desigualdad o discriminación contra las mujeres, generando una cultura de paz.
f) Promover el ejercicio y aplicación de los derechos de las mujeres a través de la coordinación interinstitucional, mediante convenios de articulación con los diferentes niveles de gobierno, junto con las instituciones que tengan competencia en la prevención, atención de los derechos de las víctimas de violencia.
g) Coordinar interinstitucionalmente para la creación y funcionamiento de una casa de acogida para mujeres víctimas de violencia, que brinden servicios de salud mental y emocional, psicológicos, médicos, jurídicos, de trabajo social y los que se consideren necesarios para la reparación integral de los derechos de la víctima, así como la generación de proyectos de desarrollo económico local en el marco de la economía popular y solidaria, dirigido a mujeres víctimas de violencia, haciendo hincapié en la violencia patrimonial.
h) Promover la creación de una herramienta de planificación intersectorial y de trabajo coordinado entre instituciones públicas y privadas vinculadas con la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres, a través de la Agenda Cantonal de Prevención, Atención de Casos y Erradicación Progresiva de la Discriminación Violencia contra las Mujeres y Discriminación del Cantón Riobamba. (GADM RIOBAMBA, 2019).
DISCUSIÓN
Como ya se conoce, el femicidio cuya naturaleza es el asesinato de una mujer, por el hecho de ser mujer. Esta consecuencia, puede iniciar con violencia física, psicológica y sexual. Los fallecimientos se dan luego de un proceso, que incluye maltrato, abuso e incluso amenazas, dependiendo de los casos. Las características del femicidio son notorias, son señales de violencia, donde todo inicia con un conflicto, en el momento en que tu pareja intente manipularte, te prohíba cosas como la manera de vestirte, de maquillarte, trate de controlar tu círculo social y si no “obedeces”, se molesta, es el momento preciso de alejarte de esa persona. Porque las mujeres son independientes, se ha venido demostrando que la mujer es fuerte, luchadora. No se puede permitir que un hombre las mate.
Es importante recalcar que en la Constitución de la República del Ecuador se tipifica los siguiente:
Artículo. 11.- El ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios:
2. Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades.
Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará toda forma de discriminación.
El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de desigualdad.
3. Los derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos serán de directa e inmediata aplicación por y ante cualquier servidora o servidor público, administrativo o judicial, de oficio o a petición de parte.
Para el ejercicio de los derechos y las garantías constitucionales no se exigirán condiciones o requisitos que no estén establecidos en la Constitución o la ley.
9. El más alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitución.
Por todo lo mencionado anteriormente, es que Riobamba desea implementar una casa de acogida para el cuidado de las mujeres que hayan sufrido cualquier tipo de violencia, desde nuestro punto de vista, el principio más importante en el cual esta Ordenanza se basa es el de Progresividad, ya que con este se quiere lograr que los derechos humanos de las mujeres afectadas se vayan cumpliendo y a la vez restituyendo. Algo importante es que esta Ordenanza tiene varios enfoques, destacando al de integralidad, ya que este considera que la violencia contra las mujeres, niñas, adolescentes, jóvenes, adultas mayores es estructural y está presente en todos los ámbitos de la vida, por lo tanto, las intervenciones deben realizarse en todos los espacios en las que las mujeres se desarrollan.
CONCLUSIONES
El femicidio es un acto de violencia extrema hacia una mujer, por el simple hecho de ser mujer, sin importar la edad de la víctima. Este vulnera los derechos de las mujeres terminando con su vida, por tanto, este delito se considera como doloso, porque el actor tiene conocimiento de las acciones que realiza y, el bien jurídico vulnerado en esta problemática es la vida de la víctima. La violencia contra la mujer constituye un grave problema, primero en el ámbito legal, ya que este tipo de violencia es consuetudinaria, es decir que es una problemática que viene manifestándose desde años atrás gracias a la costumbre de la sociedad, y segundo de salud pública porque afecta negativamente a la salud física, mental, sexual y reproductiva de las mujeres, a la vez que el femicidio se considera como la expresión más dramática de violencia contra las mujeres.
FINANCIAMIENTO
No monetario.
AGRADECIMIENTO
A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, Riobamba, por motivar el desarrollo de la Investigación.
REFERENCIAS CONSULTADAS
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