http://dx.doi.org/10.35381/racji.v7i1.1934

 

Control de los procesos de construcción de obras públicas para la preservación del ecosistema

 

Control of public works construction processes for the preservation of the ecosystem

 

 

 

 

Víctor Hugo Tapia-Giler

dq.victorhtg27@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Quevedo, Quevedo

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-0482-7561

 

José Fabián Molina-Mora

docentetp43@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Quevedo, Quevedo

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-2653-2721

 

 

 

 

 

 

 

Recibido: 15 de abril 2022

Revisado: 10 de junio 2022

Aprobado: ‘01 de agosto 2022

Publicado: 15 de agosto 2022

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

RESUMEN

El objetivo general de la presente investigación fue analizar el control de los procesos de construcción de obras públicas para la preservación del ecosistema. La misma se desarrolló desde el paradigma cuantitativo de tipo documental-bibliográfico. En la investigación se examinaron documentos legales, normas y convenios extrayendo información relevante, se realizaron análisis contribuyendo a la obtención de información distinguida. Se concluye que, en los procesos de contratación de obras públicas que este inmerso el medio ambiente, debe existir un control desde la fase preparatoria y precontractual, en donde se permita la autorización de las entidades sujetas a esta actividad, como lo son: el Ministerio de Ambiente y Defensoría del Pueblo, para que  pase a las siguientes fases contractual, y de ejecución y determinar si los recursos públicos proporcionados por el Estado, a los niveles de Gobiernos Autónomos Descentralizados cumple con su objetivo institucional, y además sujeta a las disposiciones legales ambientales.

 

Descriptores: Deterioro ambiental; ecosistema; obras públicas. (Tesauro UNESCO).

 

 

 

 

ABSTRACT

The general objective of this research was to analyze the control of public works construction processes for the preservation of the ecosystem. It was developed from the quantitative paradigm of documentary-bibliographic type. In the research, legal documents, norms and agreements were examined, extracting relevant information, and analyses were carried out contributing to obtain distinguished information. It is concluded that, in the contracting processes of public works involving the environment, there should be a control from the preparatory and pre-contractual phase, where the authorization of the entities subject to this activity, such as: the Ministry of Environment and the Ombudsman's Office, is allowed, in order to pass to the following contractual and execution phases and determine if the public resources provided by the State, at the levels of Decentralized Autonomous Governments, comply with their institutional objective, and also subject to the environmental legal dispositions.

 

Descriptors: Environmental degradation; ecosystem; public works; public works. (UNESCO Thesaurus).

 

 

 

 

 

 

 

INTRODUCCIÓN

Los derechos de la naturaleza se encuentran consagrados en el artículo 71 de la Constitución de la República del Ecuador(2008), lo cual es la base fundamental del desarrollo del presente trabajo, por lo tanto, la necesidad de profundizar en la investigación que a continuación se desarrolla, se basa en la afectación que involucra las obras públicas, puesto que una vez que se muestran alteraciones ambientales, éste se ve perjudicado, así como las múltiples especies que lo habitan, por lo cual se necesita defender el medio ambiente. Entre lo estructural vemos el crecimiento demográfico y el consumo, sin la respectiva planificación esto es perjudicial creando ciertos desajustes con la naturaleza. (Zambrano Noles et al. ,2018, p.236)

Se puede evidenciar la necesidad de defender el medio ambiente, en razón de que las autoridades responsables de la realización de obras públicas a lo largo de los años realizaron obras las cuales de ser un beneficio a largo plazo para la comunidad ha sido un perjuicio, ya que las obras realizadas no se han llevado a cabo con un ordenamiento de construcción adecuado violentando los derechos establecidos en la carta magna de la República del Ecuador, para la protección del medio ambiente y no respetando las normativas jurídicas dentro de las obras realizadas,  es por aquello que las obras realizadas hace muchos años ya en la actualidad presentan problemas en su estructuración, las cuales han sido un perjuicio económico para la sociedad y para el cabildo municipal. 

Por esto, la nueva perspectiva sobre el ambiente plasmada en la  Constitución vigente, abordará la definición jurídica ambiental y dará por sentado en primera instancia el estudio de todos los derechos del medio ambiente y de esos derechos que, no siendo exclusivamente derechos del medio ambiente, se hallan profundamente vinculados a lo ambiental, se abordará  lo relacionado a los sustentable como escenario legal desde donde se proyectan los derechos del medio ambiente; y, posteriormente, debiendo contener el acuerdo contractual y los contratos administrativos como herramienta de desarrollo sustentable.

 

 

En este sentido, según Mendoza Cantos y Vanga Arvelo. (2020):

 

Es importante mencionar la importancia que tienen los profesionales de la construcción e involucrados en el ámbito de la sostenibilidad del medioambiente; sus aportes son fundamentales ya que implican la gestión de nuevos conocimientos científicos y técnicos sólidos, el aplicar principios y políticas regulatorias enmarcadas en el control y uso de recursos renovables. (p.207)

 

Por ello, la atención de la sociedad científica universal va a buscar la conciencia sobre la necesidad apremiante de usar responsablemente el razonamiento de todos los campos de la ciencia para ofrecer contestación a la creciente degradación ambiental, que no solo socava las condiciones de vida del mundo, sino parte de los Estados, siendo dichos de forma directa causantes de regular las políticas jurídicas, como la conservación ambiental.

Al respecto, se considera la necesidad de un estudio de la legislación jurídica en el control de los procesos de creación de las obras públicas gubernamental independiente descentralizado de Quevedo, de allí la responsabilidad jurídica de este órgano de régimen relacionadas al mal ambiente, de conformidad con la legislación ecuatoriana vigente en la materia, como él Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización. (2010), en adelante (COOTAD.)

Por tanto, a los fines de reflexionar en relación a la problemática planteada, se traza como objetivo general analizar el control de los procesos de construcción de obras públicas para la preservación del ecosistema.

 

METODOLOGÍA

La investigación se desarrolló desde el paradigma cuantitativo de tipo documental-bibliográfico, al respecto, Palella y Martins (2012) indican la investigación documental se encuentra exclusivamente en la recolección de información en diversas fuentes. En tal sentido se consideraron varias leyes y normas. En tal sentido Arias (2006) afirma:

 

 

 

La investigación documental es un proceso basado en la búsqueda, recuperación, análisis, critica e interpretación de datos secundarios, es decir, los obtenidos y registrados por otros investigadores en fuentes documentales: impresas, audiovisuales o electrónicas. Como en toda investigación, el propósito de este diseño es el aporte de nuevos conocimientos. (p.27)

 

En la investigación se examinaron documentos legales, normas y convenios extrayendo información relevante, se realizaron análisis contribuyendo a la obtención de información distinguida.

 

RESULTADOS

Los resultados de la presente investigación se basan en un análisis crítico y jurídico respecto a que los Gobiernos Autónomos Descentralizados gozan de competencias exclusivas en materia ambiental, ya que en los procedimientos direccionados a la ejecución y control de obras públicas se justifica un supuesto beneficio de interés social. Por consiguiente, se denota una deficiencia de aplicación de la legislación ambiental vigente, como determina la Constitución de la República del Ecuador. (2008) en su artículo 72, ya que se vulneran derechos establecidos en esta norma a la naturaleza, la cual debió existir un proceso de evaluación de impacto ambiental la cual no existió por ende se vulnera el artículo 21 de la Ley de Gestión Ambiental que establece un manejo y seguimiento de la obra realizada.

En la ciudad de Quevedo se han realizado obras que de cierta manera buscaron un beneficio para la ciudadanía Quevedeña, pero a lo largo de los años se convirtieron en un perjuicio para la comunidad, ya que al momento de la realización de estas obras, no se rigieron a las normativas legales y ambientales según el artículo 5 inciso 6 y 7 del Código Orgánico del Ambiente que establece la reparación integral de los daños ambientales y la obligación de sujetarse al procedimiento de control, las cuales en su debido momento no permitían realizar estas obras, sin embargo, se las realizó vulnerando así lo que establece el artículo 57 del Código Orgánico del Ambiente, que en las zonas especiales para la conservación y uso sostenible de la biodiversidad no se afectará el derecho de las propiedades de dominio público, privado o comunitario. 

En orden de ideas, una de las obras que se realizó en Quevedo fue la conocida Ruta del Río, una obra que con la colaboración de la Prefectura de Los Ríos permitió que se llevará a cabo en el año 2012, la cual se realizaron lo debidos estudios y determinaron que no podía realizarse dicha obra porque se destruiría la flora y fauna que existía en aquel tiempo en las orillas del río y con mínimas lluvias traería un desbordamiento del río Quevedo en un futuro. Las autoridades en aquel momento hicieron caso omiso a estos informes y realizaron la obra, una obra enfocada en el descongestionamiento vehicular para las personas de sectores aledaños y se mantiene en la actualidad con el mismo fin.

En la actualidad se puede apreciar, esta obra que se realizó con la vulneración ambiental y parámetros legales, con mínimas lluvias se desborda ocasionando inundaciones que perjudican a las comunidades de dichos sectores, vulnerando así lo que instituye el artículo 87 del Código Orgánico del Ambiente que se debe establecer mecanismos de evaluación y seguimiento de las obras realizadas por parte de los particulares y encargados de la realización de la obra; cabe mencionar que dentro de la realización de esta obra se efectuó un mal manejo de los recursos minerales haciendo uso de la extracción de lastre dentro del río y dejando socavones la cual ya ha cobrado vidas humanas dentro de los últimos 5 años después de la realización de la misma. Las autoridades no hicieron una reparación de los daños a la flora y fauna que habían ocasionado en el río, como lo establece en el artículo 5 inciso 6 del Código Orgánico del Ambiente que establece la reparación integral de los daños ambientales.

En la actualidad se realizó un proyecto turístico en la cual se puede observar variedad de locales la cual se crearon con un fin turístico. Esto a su vez arriesga no solo el patrimonio de los inversionistas, sino la vida de aquellos emprendedores. En tan solo dos días de intensa lluvia se inundaron dichos locales y motivaron a sus dueños a evacuar por el desbordamiento del río Quevedo.

Otra obra que se realizó con el fin de reducir tiempo de movilización de varios cantones fue la obra del anillo vial tramo dos Quevedo, aquí existe un perjuicio al medio ambiente y a la ciudadanía. Esta obra en su momento de realización se destruyeron varias hectáreas de árboles y expropiaciones de terrenos privados, con el fin de expandir la vía y la realización de la obra a su vez. La prefectura de Los Ríos en convenio con el municipio de Quevedo realizó esta deforestación de árboles de tecas y árboles naturales vulnerando el medio ambiente y tomando posesión de tierras. Las autoridades correspondientes debían y tenían la oportunidad y la obligación de hacer una reparación al daño ambiental ocasionado en medio de la vía como lo establece en el artículo 5 inciso 6 del Código Orgánico del Ambiente que establece la reparación integral de los daños ambientales, entonces, en este caso ejemplificado se debió sembrar árboles que de una manera ayudaría al medio ambiente en aquella área, pero en la actualidad el espacio sirve para secar cacao poniendo en riesgo la vida de las personas que por su falta de conocimiento acuden a realizar aquellas actividades aun llevando a sus hijos menores de edad.

Una de las obras que si benefició a la comunidad y de una manera las autoridades hicieron una reparación al daño ambiental fue la obra de la ampliación de las cuatro vías avenida San Carlos Quevedo una obra entregada e inaugurada el 19 de diciembre del 2021, fue una obra que en su momento se  apropió de varios metros de tierras de los moradores que viven cerca de la vía principal, estos a su vez con el fin de ampliación de la vía, también benefició a la comunidad ya que dentro de la obra se realizó un soterramiento de cableado eléctrico la cual permitiría no tener más cable en el alumbrado público en esta vía, dando estéticamente un mejor realce a la obra, también las autoridades al ver la necesidad de realizar una reparación integral al medio ambiente sembraron árboles en medio de la vía dejando un espacio, la cual beneficiará a largo plazo a las personas de aquella comunidad, respetando los derecho ambientales y legales, la cual respaldo jurídicamente, la remuneración a las personas por el espacio ocupado de sus solares en la vía principal de dicha obra.

 

 

 

 

DISCUSIÓN

De los resultados obtenidos en la presente investigación, se analiza la falta de control en los procesos de construcción de obras públicas y el impacto ambiental que genera, siendo necesario, que la Contraloría General del Estado, según sus atribuciones establecidas en el artículo 212 de la Constitución vigente, realice supervisión de los recursos públicos disponibles, y a su vez, la ejecución de auditorías cuando existan indicios de que la obra pública no ha cumplido con su objetivo institucional, pese a que en el artículo 9 numeral 10 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, señala que en las contrataciones públicas, debe existir un control de gestión y transparencia del gasto público. Sin embargo, se puede evidenciar la existencia del flagelo de la corrupción cuando las autoridades competentes licitan una contratación de obra pública, sin una previa evaluación de viabilidad o factibilidad, o inclusive un estudio socio ambiental, lo cual permitiría prevenir vulneraciones a los derechos de la naturaleza como sujeta de derechos, y por ende a la ciudadanía.

Por lo tanto, la falta de aplicación de las normativas jurídicas vigentes dentro del ordenamiento jurídico del Estado ecuatoriano, respecto al control en la gestión de las obras públicas y de la utilización adecuada de los recursos públicos que el Gobierno Central les designa a los gobiernos seccionales. En la ciudad de Quevedo, se ha evidenciado que también ha existido una vulneración de las disposiciones legales ambientales vigente en el Código Orgánico Ambiental, pese a que existe un Sistema Descentralizado de Gestión Ambiental, sin embargo, no existió un debido control por parte de las autoridades pertinentes, pese a contar con los medios para poder evitar estas afectaciones en las obras públicas como la de la Ruta del Río, o de la Empresa Municipal de Alcantarillado, que al no contar con un estudio socio ambiental, han perjudicado tanto al medio ambiente y localidad.

A pesar de que el artículo 38 del Código Orgánico General de Proceso. (2015) faculta y establece que el defensor del pueblo puede actuar con iniciativa propia dentro de estos actos perjudiciales de construcción dentro de la jurisdicción de Quevedo, como lo es público, los socavones en la ruta del Rio, el daño ambiental generado no se ha hecho presente hasta el momento dejando insubsistente el ordenamiento jurídico. Al respecto:

 

Artículo. 38.- Representación de la naturaleza. La naturaleza podría ser representada por cualquiera natural o jurídica, sociedad o por el Garante, quien además puede actuar por cuenta propia. La naturaleza no podría ser demandada ni impugnada. El Protector del Poblado responderá de conformidad con la ley y este Código. Las ocupaciones por perjuicios al medio ambiente y los males provocados a los individuos o a sus bienes como resultado de los mismos tienen que ejercerse de manera separada y sin dependencia. (Código orgánico general de procesos, 2015)

 

Por otro lado, una de las propiedades sobresalientes de la Constitución de la República, que nos rige a partir de octubre de 2008, es la de constituir uno de los aspectos cardinales de la custodia ambiental durante su escrito, para lo que la constituyente ha insertado varias posiciones constitucionales que directa o de forma indirecta se refieren al asunto ambiental, que a partir del principio del escrito constitucional consigue particular relevancia. En el preámbulo de la Constitución de la República, el constituyente apunta las propiedades de la sociedad que desea edificar y define como primera: “Una nueva forma de convivencia ciudadana, en variedad y armonía con la naturaleza, para poder hacer el buen vivir, Sumak kawsay ".

En este sentido, los inconvenientes del medio ambiente son fenómenos naturales (o provocados por el hombre) que están afectando de manera negativa la conservación de los ecosistemas, o que representan una amenaza para la vida de los organismos vivos. Ejemplificando: fusión polar, deforestación, calentamiento global. El problema del medio ambiente se deriva de la acción no planificada de las personas, cuyo aumento urbano universal pide la realidad de diversos recursos naturales de toda clase: agua, energía, tierra, orgánicos y minerales.

 

CONCLUSIONES

Se concluye que, en los procesos de contratación de obras públicas que este inmerso el medio ambiente, debe existir un control desde la fase preparatoria y precontractual, en donde se permita la autorización de las entidades sujetas a esta actividad, como lo son: el Ministerio de Ambiente y Defensoría del Pueblo, para que recién allí pase a las siguientes fases contractual, y de ejecución que estos permiten  determinar si los recursos públicos proporcionados por el Estado, a los niveles Gobiernos Autónomos Descentralizados cumple con su objetivo institucional, y que además se sujete a las disposiciones legales ambientales, respecto a realizar un estudio o evaluación socio ambiental ya que de esta manera se cumple con el modelo sustentable que enmarca la Constitución vigente, y en el caso de omitir se proceda mediante una fiscalización y auditoría directamente a una responsabilidad penal.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTO

A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, Quevedo, por motivar el desarrollo de la Investigación.

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

 

Arias, F. (2006). El Proyecto de Investigación. Introducción a la metodología científica. [The Research Project. Introduction to scientific methodology]. (5ª edición). Editorial Episteme. Caracas. Venezuela 

 

Asamblea Constituyente. (2017). Código Orgánico del Ambiente. [Organic Environment Code]. Quito, Pichincha, Ecuador: Registro Oficial 983.

 

Asamblea Nacional Constituyente. (2010). Código orgánico de organización territorial Autonomía y descentralización. [Organic code of territorial organization Autonomy and decentralization]. Registro Oficial Suplemento 303 de 19-oct2010 Recuperado de: https://n9.cl/d9vg

 

Asamblea Nacional de la República del Ecuador. (2015) Código orgánico general de procesos. [General Organic Code of Processes]. 2 - Suplemento - Registro Oficial Nº 506 - viernes 22 de mayo de 2015. Recuperado de: https://n9.cl/z8haz

 

 

 

 

Congreso Nacional (2004) Ley de Gestión Ambiental, Codificación. [Environmental Management Law, Codification]. Registro Oficial Suplemento 418 de 10-sep2004. Recuperado de: https://n9.cl/g6yda

 

Congreso Nacional. (12 de junio de 2002). Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado. [Organic Law of the Office of the Comptroller General of the State]. Registro Oficial 595. Quito, Ecuador

 

Gobierno de la República del Ecuador (2008). Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. [National Government Procurement System Organic Law] (registro Oficial Suplemento 395 del 04 de agosto de 2008). Recuperado de: https://n9.cl/aum2

 

Mendoza Cantos, J. y Vanga Arvelo, M. (2020). Realidad y expectativa sobre la construcción sostenible en Ecuador. [ Reality and expectations regarding sustainable construction in Ecuador]. Revista San Gregorio, (43), 197-209. https://doi.org/10.36097/rsan.v1i43.1116

 

Palella, S. y Martins, F. (2012). Metodología de la Investigación Cuantitativa. [Quantitative Research Methodology].  Fondo Editorial de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador. Caracas. Venezuela

 

Zambrano Noles, S., Goyas Céspedes, L. y Serrano Cayamcela, J. (2018). Políticas públicas en defensa de la naturaleza, casuística y penalidad en Ecuador. [ Public policies in defense of nature, casuistry and penalties in Ecuador]. Revista Universidad y Sociedad, 10(2), 234-250.Recuperado de: https://n9.cl/i83rl

 

 

 

 

 

 

 

©2022 por los autores. Este artículo es de acceso abierto y distribuido según los términos y condiciones de la licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0) (https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/).