http://dx.doi.org/10.35381/racji.v7i1.1843

 

El COVID-19 y el incremento de femicidios durante el año 2020 en Ecuador

 

COVID-19 and the increase of femicides during the year 2020 in Ecuador

 

 

David Fernando Llamuca-Llamuca

dr.davidfll57@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Riobamba, Chimborazo

Ecuador

https://orcid.org/0000-0003-0743-3004

 

Pricila Liseth Ayala-Gavilanes

dr.pricilalag91@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Riobamba, Chimborazo

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-3666-9684

 

Jairo David Luna-Vaca

dr.jairodlv48@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Riobamba, Chimborazo

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-5453-5006

 

Jannet Ximena Iglesias-Quintana

ur.jannetiglesias@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Riobamba, Chimborazo

Ecuador

https://orcid.org/0000-0001-7861-4676

 

 

 

 

 

Recibido: 10 de febrero 2022

Revisado: 10 de abril 2022

Aprobado: 15 de mayo 2022

Publicado: 01 de junio 2022

 

 

 

RESUMEN

Se tiene por objetivo analizar el COVID-19 y el incremento de femicidios durante el año 2020 en Ecuador. Para dicho fin, se dispuso de dos ejes argumentativos donde el primero se basó en buscar la información más relevante sobre el Femicidio, y el segundo, los casos de Femicidio acontecidos en el año 2020; por lo cual se indicará los porcentajes respectivos emitidos por la fiscalía general del Estado. A su vez se aplicó el uso diversos métodos como el exploratorio, gramatical, y descriptivo.  Los hallazgos obtenidos arrojaron notablemente como el Femicidio es una gran problemática dentro de la sociedad y que además durante la pandemia Covid-19 han incrementado de manera alarmante. En la actualidad el Femicidio lleva a la destrucción no solo de la sociedad sino de un componente muy importante de la misma, que es la familia.  

 

Descriptores: Violencia doméstica; medio familiar; desintegración de la familia.  (Tesauro UNESCO).

 

 

 

ABSTRACT

The objective is to analyze the COVID-19 and the increase of femicides during the year 2020 in Ecuador. For this purpose, two argumentative axes were used where the first was based on searching for the most relevant information on Femicide, and the second, the cases of Femicide occurred in the year 2020; for which the respective percentages issued by the Attorney General's Office will be indicated. At the same time, several methods were applied, such as exploratory, grammatical and descriptive.  The findings obtained showed that femicide is a major problem in society and that during the Covid-19 pandemic it has increased alarmingly. At present, femicide leads to the destruction not only of society but also of a very important component of it, which is the family.

 

Descriptors: Domestic violence; family environment; family disorganization. (UNESCO Thesaurus).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

INTRODUCCIÓN

El Covid-19 y el Incremento de Femicidios en el Ecuador durante el año 2020 es el tema de una investigación que tiene por objetivo principal el conocer sobre esta problemática tan grande dentro de la sociedad, así como también el señalar datos reales que afirman que durante la pandemia Covid-19 el delito de femicidio ha aumentado de una manera alarmante. Para alcanzar dicho objetivo se realizó una indagación netamente bibliográfica y a su vez se utilizó diversos métodos que permiten plasmar la información más acertada y verídica.

La enfermedad coronavírica del 2019, conocida comúnmente como COVID-19, causada por el coronavirus del síndrome respiratorio agudo grave de tipo 2 (SARS-CoV-2), la cual se asocia principalmente a la dificultad respiratoria del ser humano, causando de esa manera incluso la muerte (Fillat & Gonzales, 2020). Tras la gravedad de dicha enfermedad y la facilidad de su propagación llevo a todo el mundo al confinamiento, a fin de evitar la propagación de esta, lo cual ha traído consigo grandes problemas económicos, políticos y sociales.

La problemática social más alarmante son los casos de Femicidio que han ocurrido dentro de nuestro país durante la pandemia, pues para muchas mujeres y niñas la obligación de confinamiento lleva consigo un gran peligro. La organización de las Naciones Unidas (ONU) señala que “En América Latina, en promedio una de cada tres mujeres ha padecido violencia física o sexual en una relación íntima a lo largo de su vida y una de las principales estrategias de control de los perpetradores de violencia doméstica es la de aislar a la víctima” (ONU, 2020).

El Femicidio según Bastidas (2018) es “el homicidio cometido contra una mujer por su condición de mujer. Es el asesinato de mujeres por hombres motivado por el odio, desprecio, placer o sentido de posesión”. (P.29). Pues hablar de femicidio no es más que hacer referencia a aquella desigualdad o violencia de género, pues es ese el promotor para que exista este delito, debido a que se ha creado diversas ideologías que buscan la existencia de un supuesto “sexo débil”, incitando de esa manera la superioridad del hombre sobre la mujer.

Por otro lado, Arroyo (2019) afirma que: “La violencia contra la mujer no es un fenómeno aislado sino producto de una violencia estructural que impregna todo el tejido social estemos en tiempo de paz o de guerra” (p. 1), pues no puede ser de otra manera, ya que al hacer referencia a la violencia que no solo es física, sino también psicológica y sexual, nos encontramos frente a un acto que denigra mucho a la mujer por el simple hecho de serlo, condicionado de esa manera a toda la población femenina y perjudicando gravemente a la sociedad en la que vivimos.

El termino Femicidio fue utilizado por Diana Russell en 1976 ante el Primer Tribunal Internacional de Crímenes contra las Mujeres de una manera directa para asociarlo a la violencia de género (Lagarde, 2012). En el año 2012 la política Marcela Lagarde realiza la traducción de Femicide a Femicidio, donde hace referencia al asesinato de mujeres.

El Femicidio, en criterio de (Inchaustegui, 2014), abre un gran campo de análisis en torno a la violencia extrema que priva de manera injustificada diariamente la vida de muchas mujeres, sin importar su edad, lugar de origen o nacionalidad, y no solo dentro del Ecuador, sino en todo el mundo. Según (Laurenzo, 2012) este es un delito que constituye una de las problemáticas más graves e inherentes a lo que es la violencia de género, donde no se respeta la dignidad y mucho menos los derechos humanos que también las mujeres poseen, e incluso existiendo diversos mecanismos que buscan protegerlos estos son vulnerados.

Es así como las feministas ecuatorianas Emma Ortega y Lola Valladares en el año 2006 inician una de las investigaciones más importantes denominada “Femicidio en el Distrito Metropolitano de Quito: Estudio exploratorio”, en el cual obtienen datos que indican que entre el año 2000 y 2006 se registraron un total de 204 homicidios, de los cuales 82 es decir el 41% fueron femicidios, seguidamente en el 2010 Tatiana Cordero y Gloria Maira elaboran el estudio “Femicidio en la prensa escrita: una aproximación desde lo local”, y ese mismo año la entonces Comisión de transición hacia el Consejo de las Mujeres y la Igualdad de Género invitan a las consultoras Ana Carcedo y Camila Ordóñez Laclé para realizar el informe “Femicidio en el Ecuador” (Ortega, 2016).

En el estudio denominado “Femicidio en el Ecuador”, se obtuvieron datos que reflejaban que entre el año 2005 y 2007, partiendo del estudio con 170 muertes de mujeres en las ciudades de Guayaquil, Cuenca, Esmeraldas y Portoviejo, el 77.5% fueron femicidios, mientras que el 16.3% tampoco era descartado ya que existía sospecha que también lo fueran, y el porcentaje restante en este caso minoritario fueron descartados como femicidios. Resultados que demostraron que dentro del país el Femicidio ya era un problema.

En este sentido, Bastidas (2018), da a conocer que “el termino femicidio se ha expandido a nivel mundial y muchos de los países lo recogen ya en su legislación, diferenciándolo a los delitos que tienen como consecuencia la muerte de una mujer” (P.29), esto debido a la gran cantidad de asesinatos en contra de las mujeres, y lo que se buscaba con el establecimiento de dicho termino dentro de las legislaciones es la de tratar de proteger el derecho humano a la vida de las mujeres de su población.  Tras dichos estudios realizados dentro del Ecuador y en vista de la gran cantidad de asesinato hacia las mujeres, en el año 2014 a partir de la promulgación del Código Orgánico Integral Penal, se introduce dentro de mencionado cuerpo legal la definición de Femicidio en el Art. 141, a fin de sancionar como delito los asesinatos por razones de género, mismos que dentro del Ecuador se han vuelto imparables pese a su tipificación.

Desde la tipificación del Femicidio como un delito en el año 2014, el asesinato hacia mujeres no ha parado, pues como lo manifiesta Carrión (2012) “El Femicidio no es sinónimo de violencia de mujeres o contra las mujeres, sino una consecuencia extrema de esta” (P.01). Es por aquello que el Femicidio no se ha podido controlar, ya que el daño en si se encuentra en las ideologías marchistas de la sociedad.

La violencia hacia la mujer en todas sus formas ha sido muy notable durante cualquier época, y está cada vez ha tomado mayor fuerza debido a que de una u otra manera ha sido aceptada por la sociedad, ya que se ha podido palpar como en la mayoría de casos el agresor está más cerca de lo que uno cree, y a pesar de la existencia incluso de normas internacionales como: Derechos Humanos, la Convención de Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; la declaración de Viena; la Convención de Belem, este es un problema que no para, al contrario evoluciona (Bastidas, 2018).

En el año de 1992, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, de conformidad con la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la cual dicto la Recomendación No 19, mediante lo señalado anteriormente, tenía el objetivo claro de que los gobiernos adquieran las medidas preventivas y protección sobre el tema de violencia en contra de la mujer. Por lo que, en mencionada Recomendación No 19 (1992), señalaba que “1. La violencia contra la mujer es una forma de discriminación que impide gravemente que goce de derechos y libertades en pie de igualdad con el hombre”. (P.1).  

En el año de 1993, en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena, se consideró la violencia contra la mujer que es una violación en contra de los derechos humanos, para la cual según la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena (1993), señala que “18. Los derechos humanos de la mujer y de la niña son parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales. (…) los derechos humanos de la mujer deben formar parte integrante de las actividades de derechos humanos (…)”. (P. 23).

Por el año de 1995, en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing), en dicha conferencia fue en la cual se reconoció la necesidad que, para generar una igualdad, desarrollo y una paz, era evidente la necesidad de la eliminación de la violencia en contra de la mujer. La Plataforma de Beijing nos hablaba acerca de la violencia en contra de la mujer, la cual señalaba que “112. La violencia contra la mujer impide el logro de los objetivos de igualdad, desarrollo y paz. La violencia contra la mujer viola y menoscaba o impide su disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales. (…)”. (P.86).

Por el año de 1996, en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar contra la Mujer, Convención de Belém do Pará, nos hablaba acerca de la violencia en contra de la mujer, en la cual nos señala que “Artículo 1. (…) entenderse por violencia contra la mujer cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado.” (OEA, 1996, p. 22). Por lo que genero obligaciones a los Estados en materia de derechos humanos.

Por todos estos acontecimientos, la Constitución de la República del Ecuador del 2008, dentro de sus deberes primordiales del Estado que está estipulado en su Artículo 3 numeral 1 señala que “Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución (…)”.  Por lo que, si se considera la violencia en contra de las mujeres, esto se constituye una violación grave a los derechos humanos de las mujeres.

En nuestra Constitución del Ecuador, que fue puesta en vigencia en el año 2008, tenía su instintivo por contener en manera amplia las garantías de derechos. Por lo que, teniendo en cuenta que todo el ordenamiento jurídico debe regirse por la Constitución, dando como resultado la derogación, reforma o promulgación de nuevas leyes. Dando como resultado que la Asamblea Nacional discutiera y posteriormente la aprobación del Código Orgánico Integral Penal, de esta manera derogando al Código Penal, Código de Procedimiento Penal.

El Código Orgánico Integral Penal entró en vigor a partir de agosto de 2014. En el mismo se incluyó las demandas por parte del movimiento de las mujeres, ya que el facto de la muerte de las mujeres se debía a su condición de género, por lo consiguiente se creó el tipo penal de femicidio, que este estaba incluido entre los delitos que lesionan el bien jurídico. De esta manera generó un resultado favorable a las mujeres, al reconocer esta realidad y que formara parte del mencionado código que fue puesto en vigencia.

En este sentido, se tiene por objetivo analizar el COVID-19 y el incremento de femicidios durante el año 2020 en Ecuador.

 

MÉTODO

Se empleó un tipo de investigación descriptiva con diseño no experimental de campo, siendo usado para iniciar con la investigación, ya que a pesar de que el Femicidio sea un tema muy popular en la sociedad, es muy importante indagar sobre el mismo a profundidad a fin de plasmar información muy poco conocida, pero de gran relevancia, con el objetivo de explorar esta problemática tan grave que acontece dentro de nuestro país y el mundo entero y así tratar de entenderla.

En el ámbito de estudio se empleó la técnica de observación de los registros de Femicidio por parte de la Defensoría del Pueblo, la fiscalía general del Estado y la Alianza para el Monitoreo y Mapeo de Femicidios de Ecuador en el año 2020. Para lo cual se ha tomado los aspectos más relevantes de las víctimas, tales como su edad, región y ciudad en la que habitan.

 

ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

De acuerdo con las estadísticas presentadas por la Fundación Aldea desde el 1 de enero al 31 de diciembre del 2020 se han cometido 118 muertes violentas de mujeres por razones de género incluido 5 transfemicidios (Asociación Latinoamericana para el Desarrollo Alternativo “Aldea”, 2020).  Tras el respectivo monitoreo realizado por la Asociación Alianza se detalla que los meses más violentos en el 2020 fueron noviembre con 17 casos de femicidio, mayo con 15, agosto con 13 casos, julio con 12 y diciembre con 10 casos. El 16 de marzo del 2019 se declaró en el país la emergencia sanitaria por COVID-19 e iniciaron medidas estrictas de confinamiento que se extendieron hasta el mes de junio. Aun así, mayo (en pleno periodo de confinamiento) fue el segundo mes más violento del 2020, lo cual afirma que el confinamiento ha sido también uno de los promotores de la violencia a la mujer, llevando así a cometer este delito tan repugnante.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Gráfico 1. Femicidios en Ecuador año 2020 por mes.

Fuente: Alianza para el Monitoreo y Mapeo de Femicidios (2020).

 

 

Además, se logró conocer los casos de Femicidio por provincias y los resultados arrojaron que el mayor número de casos existentes fueron en las provincias de Guayas, Pichincha, Manabí y Los Ríos, teniendo el siguiente número de femicidios 30, 20 11 y 9 respectivamente, lo cual permite determinar que dentro de la Costa ecuatoriana hay un gran índice de femicidio.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Gráfico 2. Femicidios en Ecuador año 2020 por provincia.

Fuente: Alianza para el Monitoreo y Mapeo de Femicidios (2020).

 

La Asociación Latinoamericana para el Desarrollo Alternativo Aldea manifiesta el tipo de armas que son usadas para cometer dicho delito, en el cual se determina que el 35% de femicidios se los comete con un arma blanca, el 9% con un arma de fuego, el 17% manos y cuerpo, el 3% con veneno, el 20% con otros objetos y el 16 % restante se desconocer.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Gráfico 3. Tipo de arma para cometer el Femicidio en Ecuador año 2020

Fuente: Alianza para el Monitoreo y Mapeo de Femicidios (2020).

 

 

Desde enero del 2020 hasta noviembre del mismo año se registraron un total de 101 casos en los cuales se obtuvieron datos que permiten conocer que la mayoría de las víctimas fueron mayores de edad, según La Asociación Latinoamericana para el Desarrollo Alternativo Aldea la edad más frecuente de las victimas es de 25 a 34 años. La victima más joven tenía un año y la más adulta 83 años.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Gráfico 4. Femicidios en Ecuador año 2020 por edad.

Fuente: Alianza para el Monitoreo y Mapeo de Femicidios, (2020).

 

 

 

Los delitos de Femicidio ocurridos durante el año 2020 y de los cuales se posee la información completa La Asociación Latinoamericana para el Desarrollo Alternativo Aldea afirma que 10 de las víctimas fueron abusadas sexualmente, 15 mujeres fueron reportadas como desaparecidas y 37 de ellas habían reportado antecedentes de violencia. En lo cual se puede palpar como existen ya mujeres que buscan ayuda reportando la violencia en la que se encuentran viviendo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Gráfico 5. Femicidios en Ecuador año 2020 según los casos de información.

Fuente: Alianza para el Monitoreo y Mapeo de Femicidios (2020).

 

 

Tras un Análisis realizado por la fiscalía general del Estado (FGE) en el año 2020 sobre la Violencia de genero determina y permite conocer la relación que tiene el agresor con la victima en lo cual se determina los casos de femicidio cometidos por el conviviente son de un 34%, cónyuge un 18%, exconviviente un 17% y pareja 13%.  Lo cual permite destacar en la mayoría de los casos el agresor se encuentra cerca de la víctima.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Gráfico 6. Relación del Agresor con la víctima.

Fuente: Alianza para el Monitoreo y Mapeo de Femicidios (2020).

 

Durante el confinamiento por la COVID-19, se trazó un contexto violento, crítico y dramático que fragilizó y puso en indefensión a mujeres y niñas y que afecta a más del 50 % población. De acuerdo con las estadísticas presentadas un femicidio ocurre cada 72 horas. Además, se logró conocer los casos de Femicidio por provincias y los resultados arrojaron que el mayor número de casos fueron en Guayas, Pichincha, Manabí y Los Ríos, lo cual permite determinar que dentro de la Costa ecuatoriana hay un gran índice de femicidio. 

La Asociación Latinoamericana para el Desarrollo Alternativo Aldea manifiesta el tipo de armas que son usadas para cometer dicho delito, en el cual manifiesta que el 35% de femicidios se los comete con un arma blanca, el 9% con un arma de fuego, el 17% manos y cuerpo, el 3% con veneno, el 20% con otros objetos y el 16 % restante se desconocer. Los delitos de Femicidio ocurridos durante el año 2020 y de los cuales se posee la información completa La Asociación Latinoamericana para el Desarrollo Alternativo Aldea afirma que 10 de las víctimas fueron abusadas sexualmente, 15 mujeres fueron reportadas como desaparecidas y 37 de ellas habían reportado antecedentes de violencia.

 

CONCLUSIONES

En conclusión, el femicidio tiene varios puntos de vista según los estudiosos del tema, por lo que se acudió a varios de estos autores para posterior entender con mayor claridad del tema en cuestión. El femicidio es el resultado de la violencia extrema que sufre la mujer, esta violencia que lastimosamente sufre la mujer se genera por su condición de género, llegando a la muerte de una mujer, dando como resultado o reflejando en la sociedad la vibrante inequidad, desigualdad, que se genera en la sociedad.

El femicidio es un fenómeno que ha tenido su evolución para que finalmente después de varios antecedentes, el Código Orgánico Integral Penal, que entró en vigor el 10 de agosto de 2014, se tífico en el artículo 141 el delito de femicidio.

La tipificación del femicidio en el Ecuador tiene varios antecedentes, ya que, en 1992 en el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, en la Recomendación No 19, ya marco el precedente sobre el reconocimiento de la violencia contra la mujer. Para el año de 1993, en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena, se habló de la violencia contra la mujer y los derechos humanos y su violación. Posterior a este acontecimiento, en el año 1995, en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijín), se buscó forma de eliminación de la violencia en contra de la mujer.

 En 1996, Convención de Belém do Pará, hablaba acerca de la violencia contra la mujer, y las obligaciones para los Estados. En el año de 2010, por parte de la Comisión de Transición Hacia el Consejo de las Mujeres y la Igualdad de Género, publico “Femicidio en Ecuador”, por lo que en cuyos resultados era alarmante de los casos de muerte de las mujeres por condición de género. Finalmente, tras su puesta en vigencia del nuevo Código Orgánico Integral Penal, se tífico el femicidio en Ecuador.

Tras la pandemia global por el Covid-19, y la declaración de Estado de excepción, Ecuador entro en confinamiento por lo cual las familias pasaban encerradas en sus domicilios, lo cual, tras el análisis de los datos, es evidente el incremento alarmante de casos de femicidio tras el confinamiento, por lo que a partir del mes de marzo del año 2020 se eleva los casos. Los casos de femicidio se incrementan en varias provincias, pero resaltando por más casos son las provincias de Guayas, Pichincha, Manabí, Los Ríos, etc. Pero estos casos tienen un gran porcentaje con arma blanca, dicho porcentaje es de 35%, seguido de manos y cuerpo, el cual corresponde al 17%. Para finalizar, se evidencia que los casos de femicidios en el ámbito de edades, se ve una gran cantidad de estos casos a mujeres de mayor edad.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTO

A la Universidad Regional Autónoma de los Andes; por apoyar el desarrollo de la investigación.

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

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Bastidas, T. (2018). Análisis del tratamiento informativo a los casos de femicidio en medios impresos de Riobamba en los años 2016-2017 [Analysis of the informative treatment of femicide cases in Riobamba's print media in 2016-2017]. http://dspace.unach.edu.ec/handle/51000/4572

 

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