http://dx.doi.org/10.35381/racji.v7i12.1575
Vulneración de los derechos humanos a migrantes venezolanos en tiempos de pandemia en Ecuador
Human rights violations against Venezuelan migrants in times of pandemic in Ecuador
Mónica Mabel Morán-Mejía
monicamoranmejia@gmail.com
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Quevedo
Ecuador
https://orcid.org/0000-0002-8347-9242
Rously Eedyah Atencio-González
uq.rouslyatencio@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Quevedo
Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-6845-1631
Pamilys Milagros Moreno-Arvelo
uq.pamilysmoreno@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Quevedo
Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-8913-4352
Recibido: 15 de septiembre 2021
Revisado: 10 de noviembre 2021
Aprobado: 15 de diciembre 2021
Publicado: 01 de enero 2022
RESUMEN
El objetivo general del presente estudio fue analizar jurídicamente la vulneración de los derechos humanos a migrantes venezolanos en tiempos de pandemia en Ecuador. Se basó en una metodología cuantitativa, la cual origina datos descriptivos originados de la recolección de datos. Apoyada en la investigación documental-bibliográfica, lo que permitió la obtención de información detallada sobre el tema investigado. Se utilizaron cuerpos normativos, documentos jurídicos, bibliografía, realizando el análisis pertinente lo que generó los aportes para el desarrollo del tema generando nuevos conocimientos. Como resultado, se evidenció que las normas existentes no logran ser materializadas, es necesaria la implementación de un plan de acción efectivo. Se concluye, que Ecuador ha sido uno de los países que más migrantes venezolanos ha recibido en los últimos años, por los recursos y capacidades previstas para el manejo de los procesos migratorios han llegado a un colapso, que evidencia la necesidad de elaborar nuevas estrategias.
Descriptores: Derechos humanos; migrante; pandemia; crisis política; crisis económica. (Tesauro UNESCO).
ABSTRACT
The general objective of this study was to legally analyze the violation of human rights of Venezuelan migrants in times of pandemic in Ecuador. It was based on a quantitative methodology, which originates descriptive data from data collection. It was supported by documentary-bibliographic research, which allowed obtaining detailed information on the investigated topic. Normative bodies, legal documents, bibliography were used, carrying out the pertinent analysis, which generated contributions for the development of the topic, generating new knowledge. As a result, it was evidenced that the existing norms do not materialize, it is necessary to implement an effective action plan. It is concluded that Ecuador has been one of the countries that has received the most Venezuelan migrants in recent years, and that the resources and capacities foreseen for the management of migratory processes have reached a collapse, which evidences the need to develop new strategies.
Descriptors: Human rights; migrant; pandemic; political crisis; economic crisis. (UNESCO Thesaurus).
INTRODUCCIÓN
Los estudios sobre la migración han evidenciado que, en todos los casos cuando se genera de forma masiva, nacen conflictos poblacionales y comerciales. Por tal, los Estados se debaten entre la apertura y las restricciones. Temáticas como las remesas, las rutas y sus destinos; las sociedades receptoras; las agrupaciones sociales y culturales de migrantes; sus necesidades; el retorno; la fuga de capital intelectual; la discriminación y marginación social o, en caso contrario, la integración social; y la participación política son algunos de los complejos e interdependientes aspectos de interés en esta rama de estudio (Perales, 2013).
En la actualidad, Venezuela registra la peor hiperinflación experimentada en el mundo entero desde el final de la segunda guerra mundial. Esta es incluso peor que la vivida actualmente por países en conflictos armados, lo que generó el fenómeno social de la llamada diáspora venezolana, regada a lo largo de todos los continentes mundiales.
En el Ecuador, actualmente se observa la creciente migración venezolana principalmente en las ciudades de Guayaquil, Quito, Cuenca, Ambato, Loja y Quevedo. Cabe mencionar, que estos ciudadanos han migrado de su país, ya sea, por situación económica, social, política o por la pandemia suscitada en estos tiempos, sin duda alguna la migración venezolana conlleva el establecimiento de una nueva residencia ya sea temporal o permanente.
Como parte de este flujo migratorio se observan determinados aspectos como, la mendicidad, los robos, saqueos, y discriminación. En el marco del ordenamiento jurídico ecuatoriano este es un país garantista de derecho y justicia, apegado a los derechos humanos en donde el art. 13 (Declaración Universal de los Derechos Humanos, 1948) afirma el derecho a la libertad de circulación y residencia, protegiendo a los migrantes.
En los últimos dos años, ha tenido lugar la migración venezolana, que se volcó en avalancha rumbo al sur del continente, generando una crisis humanitaria en Ecuador y países vecinos, pues superó las capacidades de infraestructura para los pasos en frontera y además se encontraron con un panorama de crisis, en vista de que el país no está atravesando su mejor momento en el campo económico, escasean las oportunidades laborales tanto para los nacionales, como para ciudadanos de otros países que han arribado con expectativas de acceso a derechos fundamentales como seguridad, vivienda, empleo y otros.
Por lo que es pertinente el estudio, de las condiciones en las que se encuentra un sector, que en las actuales circunstancias se ha tornado tan vulnerable, esto es, los migrantes en esta región suramericana. La importancia de este tema radica en garantizar los derechos humanos a los migrantes que han escapado de la situación actual de Venezuela, migrando al Ecuador, cabe enfatizar que el Estado ecuatoriano tiene responsabilidad por ser garantista , ya que en su artículo 9 (Constitución de la República del Ecuador, 2008), manifiesta que las personas extranjeras que se encuentren dentro del territorio ecuatoriano tendrán los mismos derechos y deberes que los ecuatorianos, generando responsabilidad al estado ecuatoriano.
En este sentido el objetivo general del presente estudio es analizar jurídicamente la vulneración de los derechos humanos a migrantes venezolanos en tiempos de pandemia en Ecuador.
METODOLOGÍA
La investigación se basó en una metodología cuantitativa, la cual origina datos descriptivos originados de la recolección de datos. Apoyada en la investigación documental-bibliográfica, lo que permitió la obtención de información detallada sobre el tema investigado. La utilización de estos métodos hizo posible que se analice doctrina, cuerpos normativos, documentos jurídicos, bibliografía, la cual luego del análisis pertinente, permitió que se generen criterios y aportes para un mejor desarrollo del análisis jurídico. (Naula, Narváez, Vázquez y Erazo, 2020). Se basó primordialmente en documentos escritos como normas, leyes, estadísticas, para indagar los escritos con el objeto de estudiarlos y construir conclusiones que favorecen la generación de nuevos conocimientos.
RESULTADOS
Ecuador ha sido uno de los mayores receptores de personas venezolanas sea como país destino final o como tránsito hacia otros países de Sur América, considerando que el resto de países que más venezolanos ha recibido son Colombia, Perú, Brasil, Chile y Argentina. (Suárez, Castillo, y Mera, 2020, p.11)
Cuadro 1.
Flujo migratorio ecuador. 2010-2020.
|
|||
AÑO |
ARRIBO |
SALIDA |
SALDOS |
2010 |
31128 |
31105 |
23 |
2011 |
38315 |
36805 |
1510 |
2012 |
30218 |
31456 |
-1238 |
2013 |
99984 |
99106 |
878 |
2014 |
120154 |
116530 |
3624 |
2015 |
95909 |
88378 |
7531 |
2016 |
102910 |
79026 |
23884 |
2017 |
285651 |
224899 |
60752 |
2018 |
955637 |
801851 |
153786 |
2019 |
509285 |
393439 |
115846 |
2020 |
5361 |
5827 |
-466 |
TOTAL |
2274552 |
1908422 |
366130 |
Fuente: CARE. Suárez, Castillo, y Mera (2020).
Estos datos permiten evidenciar el elevado número de migrantes venezolanos que han llegado a tierras ecuatorianas, y aunque la mayor parte ha utilizado este territorio como un lugar de paso hacia otros países del Continente, muchos de ellos se han quedado de forma indefinida, incluso sin un estatus migratorio legal, a vivir en las precarias situaciones que le permite el país.
Para muchas personas salir de su país de origen, en donde las condiciones sociales, económicas y humanitarias, se encuentran en crisis, pueden llegar a ser algo positivo e incluso enriquecedor, sin embargo, en la situación actual en donde Ecuador no atraviesa por su mejor momento económico, además de continuar sufriendo los estragos del COVID-19, los hermanos migrantes venezolanos que llegan a Ecuador, no se enfrentan a las mejores situaciones.
Esto es porque, la actual crisis de salud pública causada por la COVID-9 afecta desproporcionadamente a las personas y comunidades que ya están en situaciones vulnerables y marginadas. Alrededor del mundo, las personas migrantes pueden ser particularmente vulnerables al estigma y la discriminación y pueden resultar excluidas en las leyes, políticas y práctica del acceso a derechos, incluso en el contexto de salud pública y respuesta al COVID-19. (Naciones Unidas, COVID-19 y los derechos humanos de los migrantes, 2020, p.1)
En el mes de abril del 2020, se realizó una encuesta a nivel nacional sobre la opinión de la población migrante venezolana en Ecuador respecto al COVID-19 de la cual se desprendió que de las 842 personas las cuales representan el 100% de la población, el 83% de ellas no contaba con un empleo formal por lo que al cuestionarles el nivel de abastecimiento en los hogares se reflejó, desde la negativa, índices bastante altos. (CENDE, 2020).
Para nadie es un secreto, porque incluso en diarios de circulación nacional se comparten escenas y vivencias, o mejor expresado, carencias que han tenido que vivir los migrantes venezolanos durante los meses más duros de la pandemia: Lágrimas que caen, rostros cansados, zapatos desgastados, bebés en brazos, niños con hambre. Son familias venezolanas que recorren las calles y avenidas de Guayaquil y otras ciudades del Ecuador, se establecen en sus aceras para, con manos extendidas, pedir dinero y poder subsistir.
Esa es la realidad que viven los migrantes venezolanos en el país, en medio de una crisis sanitaria, sin esperanza de cesar, en este sentido, desde un punto crítico, analítico y jurídico de la vulneración de los derechos humanos de migrantes venezolanos en tiempos de pandemia en el Ecuador, se busca concienciar, el respeto hacia estos grupos vulnerables, mediante campañas de socialización de los Derechos Humanos.
De igual manera se plantea, sensibilizar a los gobiernos seccionales y nacionales para que se promuevan planes de acogida, dirigidos a esta población especialmente, porque si bien es cierto existen casas de acogida, incluso apoyadas por la Agencia de la ONU Para los Refugiados (ACNUR), se requieren planes que permitan que estas casas, realmente garanticen los Derechos Humanos a este grupo de migrantes.
Además, impulsar campañas que propongan a las autoridades del Estado ecuatoriano, ofertar fuentes de trabajo digno, para que los migrantes venezolanos puedan llevar el debido sustento a sus familiares, pudiendo así solventar un poco sus necesidades y promover la garantía de los Derechos Humanos a esta población.
DISCUSIÓN
La migración se constituye como un derecho en el ordenamiento jurídico ecuatoriano, desde la entrada en vigencia de la Constitución de la República del 2008, donde en su artículo 40 reconoce el derecho a migrar, así como también, establece como principal responsable de velar por el cumplimiento de todos los aspectos que atañen a este derecho, al Estado, entre estos aspectos se encuentran:
Artículo 40. 1. Ofrecerá asistencia a ellas y a sus familias, ya sea que éstas residan en el exterior o en el país. 2. Ofrecerá atención, servicios de asesoría y protección integral para que puedan ejercer libremente sus derechos. 3. Precautelará sus derechos cuando, por cualquier razón, hayan sido privadas de su libertad en el exterior.4. Promoverá sus vínculos con el Ecuador, facilitará la reunificación familiar y estimulará el retorno voluntario. 5. Mantendrá la confidencialidad de los datos de carácter personal que se encuentren en los archivos de las instituciones del Ecuador en el exterior. 6. Protegerá las familias transnacionales y los derechos de sus miembros. (Constitución de la República del Ecuador, 2008)
Es imperativo mencionar, que el contenido de la Constitución de la República del 2008 se encuentra desarrollado en estricto cumplimiento de las normativas de Derechos Humanos, tanto que es considerada, como una de las más garantistas del mundo, sin embargo, ante la crisis económica y humanitaria que atraviesa Venezuela y que ha generado uno de los más grandes fenómenos migratorios, todas las normas que garantizan la igualdad, la no discriminación y el acceso a todos los derechos y garantías básicas de las que debe gozar un ser humano, especialmente si se encuentra atravesando situaciones de vulnerabilidad por su condición migratoria no han sido suficientes, pues sin un plan de acogida que de por sentado el acopio del flujo migratorio, esta situación desborda las capacidades y los recursos estatales.
En el ordenamiento jurídico ecuatoriano, no solo es la Constitución Nacional, la única norma que protege el derecho a la migración, sino también (Ley de Movilidad Humana, 2017) la cual tiene como objeto principal:
Regular el ejercicio de derechos, obligaciones, institucionalidad y mecanismos vinculados a las personas en movilidad humana, que comprende emigrantes, inmigrantes, personas en tránsito, personas ecuatorianas retornadas, quienes requieran de protección internacional, víctimas de los delitos de trata de personas y de tráfico ilícito de migrantes; y, sus familiares.
La mencionada ley, recientemente fue sujeto de modificación, trayendo cambios importantes para los migrantes que pretenden conseguir la residencia temporal o permanente en el país, entre los principales cambios encuentran, la eliminación del requisito de entrega de antecedentes penales, pero a su vez se agrega el requisito de no haber existido una sentencia ejecutoriada por asesinato, homicidio, violación, secuestro, o cualquier otro delito de más de 5 años de pena privativa de libertad.
Una vez más los migrantes venezolanos, se encuentran frente a disposiciones legales, que vulneran sus Derechos Humanos, pues si bien es cierto la mencionada modificación tiene como propósito impedir la infiltración de masas delictivas, engloba a todo un grupo social que, ante la Convención Americana de Derechos Humanos, y todos los países miembros, entre ellos Ecuador, son considerados iguales, al respecto el Artículo. 24.- Todas las personas son iguales ante la ley. En consecuencia, tienen derecho, sin discriminación, a igual protección de la ley” (Convención Americana de Derechos Humanos, 1969).
Entrando ya a la perspectiva y postura internacional, es importante señalar que, el ya mencionado Convenio Internacional, consagra en su artículo 22 el Derechos de Circulación y Residencia, estableciendo nueve numerales que van desde, el derecho a circular en un territorio, a salir libremente de él, al ejercicio de sus derechos, la prohibición de expulsión, el derecho al asilo, hasta la prohibición de la expulsión colectiva. Al respecto, Viña (2019) manifiesta:
Los estándares internacionales en materia de derechos humanos están basados en la libre movilidad de las personas dentro del planeta, sin que existan restricciones. Ello está recogido en instrumentos internacionales de la materia y su objetivo es salvaguardar los derechos migrantes, solicitantes de asilo, refugiados, víctimas de trata de personas y desplazados internos. (2019, p. 30)
Pese a la existencia de normas Nacionales e Internacionales que pretenden regular los procesos migratorios y lograr dignificar las duras travesías que viven los hermanos venezolanos en su intento por conseguir un futuro más próspero, estas aspiraciones, se quedan en tan sólo eso, cuando las normas existentes no logran ser materializadas, para lograr la consumación de estas normas, es necesario la implementación de un plan de acción desde el Gobierno.
En ese sentido resulta oportuno señalar, que en una reciente entrevista realizada al Presidente de la República del Ecuador, Guillermo Lasso, este ha hecho un llamado a la comunidad internacional a fomentar la solidarización con los hermanos venezolanos, así como también anunció nuevas estrategias en torno a la situación de los hermanos venezolanos.
CONCLUSIONES
Desde la fundamentación teórica de la vulneración de los derechos humanos a migrantes venezolanos en tiempos de pandemia en Ecuador se concluye que Ecuador ha sido uno de los países que más migrantes venezolanos ha recibido en los últimos años, por lo los recursos y capacidades previstas para el manejo de los procesos migratorios han llegado a un colapso, que evidencia la necesidad de elaborar nuevas estrategias como concienciar el respeto hacia los hermanos migrantes venezolanos, mediante campañas de socialización de los Derechos Humanos, así como también sensibilizar a los gobiernos seccionales y nacionales para que se planteen más planes de acogidas para los migrantes, para de esta manera lograr llegar a un mejor acceso a los derechos básicos de seres humanos, y de migrantes como tal, que les corresponde.
FINANCIAMIENTO
No monetario.
AGRADECIMIENTO
A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, Quevedo; por motivar el desarrollo de la Investigación.
REFERENCIAS CONSULTADAS
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Viña Castillo, K. (2019) Política migratoria en Ecuador: personas de nacionalidad africana privadas de libertad en el Centro de Acogida para Extranjeros en Situación Irregular “Hotel Carrión”, 2011-2017. [Migration policy in Ecuador: people of African nationality deprived of liberty in the Reception Center for Foreigners in An Irregular Situation "Hotel Carrión", 2011-2017]. Tesis Maestría. Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador. Recuperado de: https://n9.cl/9rhpy
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