http://dx.doi.org/10.35381/racji.v7i12.1571

 

Regulación de la migración en el marco de la Ley de movilidad humana en Ecuador

 

Regulation of migration within the framework of the Human Mobility Law in Ecuador

 

 

 

 

Adriana Doménica Macías-Díaz

dq.adrianadmd39@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Quevedo

Ecuador

https://orcid.org/0000-0003-0563-139X

 

Rously Eedyah Atencio-González

uq.rouslyatencio@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Quevedo

Ecuador

https://orcid.org/0000-0001-6845-1631

 

Gitta Antonella Andrade-Olvera

uq.gittaandrade@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Quevedo

Ecuador

https://orcid.org/0000-0003-3193-9064

 

 

 

 

 

Recibido: 15 de septiembre 2021

Revisado: 10 de noviembre 2021

Aprobado: 15 de diciembre 2021

Publicado: 01 de enero 2022

 

 

 

 

Estimado Editor (a):

La migración representa al mismo tiempo un desafío y una oportunidad para el desarrollo de los países, ya que la capacidad de gestionar la diversidad cultural y la garantía de buenas condiciones de vida se convierten en un factor fundamental para asegurar el éxito y la sostenibilidad nacional y comunitaria.

El primer registro de inmigrantes en Ecuador fue el resultado de las relaciones comerciales con los países árabes. Entre 1880 y 1890, algunas familias libanesas, sirias y palestinas fundaron empresas en el país. Los primeros inmigrantes árabes permanecieron sin influir política o socialmente en el país y se adaptaron culturalmente a las costumbres ecuatorianas. A raíz de esta primera inmigración, llegó la segunda generación de inmigrantes árabes, los cuales fueron admitidos en la burguesía de Quito y Guayaquil. Finalmente, la tercera generación preservó algunas de sus tradiciones arábicas, pero perdieron su lengua de origen para adaptarse al español, y gracias a esto formaron parte de la política del país ecuatoriano, como data en la historia el primer representante político de descendencia libanesa el candidato parlamentario y presidencial de la República, Assad Bucaram. (Valle Franco, 2017)

El 8 de agosto de 2018, el Gobierno declaró en emergencia, a las provincias de Pichincha y, las fronterizas, de Carchi y el Oro, para brindar atención a los inusuales flujos migratorios de los ciudadanos venezolanos, al demandarse como carácter apremiante, lo que trajo como consecuencia que desde el 18 del mismo mes, Ecuador exigiera a los extranjeros que deseen ingresar al país, la presentación del pasaporte como requisito. (Legarda y Folleco, 2019).

En este sentido, el fenómeno de la migración en el Ecuador se torna en un plano social que se ve reflejada como tal; en este sentido es demostrado que el país ecuatoriano es un punto certero de la llegada de miles de migrantes que buscan condiciones de vida distintas, la motivación de estas personas puede verse fundamentada por la pobreza, estatus de inseguridad, entre otras.

Por lo tanto, las migraciones, representan al mismo tiempo un desafío y una oportunidad para el desarrollo de los países, ya que la capacidad de gestionar la diversidad cultural y la garantía de buenas condiciones de vida se convierten en un factor fundamental para asegurar el éxito y la sostenibilidad nacional y comunitaria. (Panzeri, 2018)

En este sentido, encontrando coherencia entre las políticas migratorias que han existido a lo largo de la historia legal ecuatoriana y la que se encuentra vigente, es necesario preservar datos que sean comparables a nivel internacional. La Organización Internacional para las Migraciones (OIM) afirmó en los primeros días del mes de agosto del 2018, una cifra superior a 5.000 personas en condiciones precarias provenientes del estado venezolano; y en consideración a cifras globales desde inicios del 2018 han cruzado la frontera ecuatoriana entre 547.000 y 560.000 venezolanos, pero se estima que sólo el 20% de ellos permanece en el país, mientras el porcentaje faltante continúa su ruta hacia Perú y Chile. (Legarda & Folleco, 2019)

Es conveniente rebatir la postura,  por cuánto el avance progresivo que se visualiza formalmente dentro de la normativa ecuatoriana como lo es,  la Constitución de la República del Ecuador (Constitución de la República del Ecuador, 2008) que reconoce los derechos de los migrantes, sin embargo un enfoque generalizado de la Ley Orgánica de Movilidad Humana (Ley Orgánica de Movilidad Humana, 2017), (de ahora en adelante LOMHU) representa un compilado de artículos que han regido con anterioridad el proceso migratorio, renovándolo en ciertos aspectos, pero no refleja las garantías.

Autores críticos han identificado contradicciones en la política migratoria adoptada en el año 2017, como la adopción de una postura protectora de ecuatorianos en el exterior o retornados, y una más conservadora frente a inmigrantes en Ecuador; la Constitución de 2008, convivió durante años con la Ley de Migración de 1971, que entró en Codificación en 2004 (Ruiz, Cecilia, & Álvarez, 2020). 

Es importante resaltar esta brecha de tiempo debido a que Ecuador, como ha sido demostrado, no está exento de las migraciones. Las medidas de control necesarias no han sido suplidas hasta la vigencia de la Ley Orgánica de Movilidad Humana (Ley Orgánica de Movilidad Humana, 2018), puesto que dentro de la Constitución de la República del Ecuador (Constitución de la República del Ecuador, 2008) se presenta en un plano que relaciona al Estado, en una necesidad de velar por los derechos y garantías del ciudadano nacional y extranjero, por igual.

El Estado ecuatoriano en pro de gestionar la movilidad humana, que esto incluye sus procesos, ha incluido y se ha esforzado por enfrentar la realidad de la Movilidad humana, sin embargo no está relacionada o en armonía con lo que establece la Constitución de la República del Ecuador, puesto que existen contradicciones dentro de la misma como lo es la definición de personas extranjeras, vulnerando principalmente el principio de no discriminación y el principio de igualdad puesto que el investigador reconoce que todos los procesos migratorios son distintos según la condición en la que se encuentren, es por esto que se encuentra en vulnerabilidad el ser humano que no cuenta con los requisitos como es el seguro público o privado.

la legislación vigente en el Ecuador que abarca el fenómeno de la migración, que es La Ley Orgánica de Movilidad Humana genera desacuerdos doctrinarios e institucionales; el ser humano enfrenta una inseguridad jurídica al conocer que este ordenamiento es incompatible con la Constitución de la República del Ecuador; esta normativa que estaba vigente desde el 2004 y no fue reformada sino hasta el 2017 aún se encuentra dispersa en cuanto a los derechos de las personas en condición de movilidad humana; se debe centrar un desarrollo en igualdad de oportunidades universales para el ser humano, y el Estado tiene la potestad de reformar e implementar políticas que busquen estrategias para garantizar el cumplimiento de lo que promueve la Carta Magna.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTO

A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, Quevedo; por motivar el desarrollo de la Investigación.

 

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

 

Asamblea Nacional Constituyente de la República del Ecuador, (2008). Constitución de la República del Ecuador. [Constitution of the Republic of Ecuador]. Montecristi. Registro Oficial 449 de 20-oct-2008. Recuperado de https://n9.cl/sia

 

Asamblea Nacional. (6 de febrero de 2017). Ley Orgánica de Moviliad Humana. [Organic Law of Human Mobility]. Principios. Quito, Pichincha, Ecuador.Registro Oficial No. 134. Obtenido de https://n9.cl/ea7s0

 

Legarda Sevilla M. y Folleco Chalá, J. (2019)  La Migración Venezolana a Ecuador y su Prospectiva. [Venezuelan Migration to Ecuador and its Foresight] Quest Journals of Research in Business and Management. 7(1), 14-21. Recopilado de: https://n9.cl/v3md5

 

Panzeri, R. (2018). Migración y bienestar: La importancia de una perspectiva narrativa. [Migration and well-being: The importance of a narrative perspective] Revista internacional de estudios migratorios, 8(2),252-286.DOI: https://doi.org/10.25115/riem.v8i2.2321

 

Ruiz Muriel, M., y Álvarez Velasco, S. (2019). Excluir para proteger: la guerra contra la trata de personas y el tráfico de migrantes y las nuevas lógicas de control migratorio en Ecuador. [Exclude to protect: the war against human trafficking and migrant smuggling and the new logics of migration control in Ecuador] Estudios Sociológicos del Colegio de México, 37(111), 689–725. https://doi.org/10.24201/es.2019v37n111.1686

 

Valle Franco, A. I. (2017). Breve Análisis Histórico de la Inmigración al Ecuador. [A Brief Historical Analysis of Immigration to Ecuador]. Revista de la Facultad de Jurisprudencia 2, 1-30. Pontificia  Universidad Católica del Ecuador. DOI: https://doi.org/10.26807/rfj.v1i2.57

 

 

 

 

 

 

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